Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 04/06/2008

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

Anuncio de 20 de mayo de 2008, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la Resolución adoptada en el recurso de alzada interpuesto por Gaby-2000 Hostelería, S.L., contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Jaén, recaída en el Expte. 23-000077-06-P.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a Gaby-2000 Hostelería, S.L., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso administrativo interpuesto contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro,

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a 4 de abril de 2008.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes antecedentes

Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén dictó la Resolución de referencia, por la que se le impone una sanción de 1.200 €, tras la tramitación del correspondiente expediente, por incumplimiento en la indicación de precios, incumplimiento información en la venta de bienes, obstrucción a la inspección.

En cuanto a los fundamentos de derecho, nos remitimos a la resolución impugnada en aras del principio de economía procesal.

Segundo. Notificada la misma, se interpuso recurso de alzada al que faltaba:

1. Acreditación de la representación legal de la entidad.

En dicho recurso en síntesis se alegó:

- Se reitera en las alegaciones que el día de la inspección se celebraba la “Fiesta en honor de las Fuerzas Armadas”, con lo cual no se encontraba abierto al público en general, sino sólo a las personas que participaron en la fiesta.

- Que cuando se abre con normalidad se cumple la legislación vigente.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le requirió para que en el plazo de 10 días a partir de la notificación subsanase dicha falta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero mediante la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y artículo 26.2.j) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Segundo. El recurso presentado no cumple con lo establecido en el art. 110.1.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, donde se indica que “para entablar recursos se deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna”.

El presente expediente no se abrió a un particular, sino a una persona jurídica, por lo que es necesario que quien interpone el recurso, acredite que actúa en nombre de esa entidad.

Para ello se le efectuó notificación del correspondiente requerimiento, y de conformidad con lo establecido en los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se acordó insertar el acto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su último domicilio conocido y en el BOP (núm. 117, de 23.5.07).

Por tanto, atendiendo a lo expuesto, comprobado que no se ha cumplimentado por el recurrente la subsanación debidamente requerida, ex art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le tiene por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Vistos los preceptos citados, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación,

RESUELVO

Archivar por desistimiento el recurso de alzada interpuesto por Gaby-2000 Hostelería, S.L., contra la resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, de fecha referenciada, en consecuencia mantener la misma en sus propios términos.

Notifíquese al interesado con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico (Por Decreto 199/2004). El Dtor. Gral. de Espectáculos Públicos y Juego.Fdo.: José Antonio Soriano Cabrera.»

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de mayo de 2008.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Nuñez Gómez.

Descargar PDF