Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 20/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de mayo de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 681/2005. (PD. 2616/2008).

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Número de Identificación General: 1808742C20050012097.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 681/2005. Negociado: 3.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Granada.

Juicio: Procedimiento Ordinario 681/2005.

Parte demandante: Miguel Damas Fernández Figares.

Parte demandada: José Jiménez Lozano.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚm. 37/08

En Granada, a once de marzo de dos mil ocho.

Vistos los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 681/2005, por la Sra. Juez de Primera Instancia núm. Nueve de esta ciudad y su partido, doña Susana Álvarez Civantos, seguidos a instancia del Procurador doña María Luisa Torrecillas Cabrera, en representación de don Miguel Damas Fernández Figares, quien interviene en su propio nombre y derecho y a beneficio de su madre, doña Lourdes Fernández-Figares, todos ellos integrantes de la comunidad hereditaria tras el fallecimiento de don Miguel Damas Hernández bajo la dirección del Letrado don Rafael Cuellar Marcos contra don José Jiménez Lozano, en rebeldía.

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por don Miguel Damas Fernández Figares, actuando en su propio nombre y derecho y a beneficio de su madre, doña Lourdes Fernández- Figares Marchesi, y de su hermana doña Lourdes Damas Fernández Figares, integrantes de la comunidad hereditaria del finado don Miguel Damas Hernández, debo absolver y absuelvo al mencionado demandado de la pretensión esgrimida en su contra. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandante.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Recursos. Contra la anterior sentencia cabe preparar recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, que se substanciará en la forma dispuesta en el artículo 457 de la LEC.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha 6.5.08 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Granada, seis de mayo de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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