Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 18/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 20 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, dimanante del procedimiento de Menor Cuantía 58/2001. (PD. 2872/2008).

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NIG.: 2905142C20010000092.

Procedimiento: Menor Cuantía 58/2001. Negociado: LL.

De: Cdad. P. Bel Air Park, Fases I y II.

Procuradora: Sra. Salazar Alonso, Patricia.

Contra: Belkis, S.L., Inversiones Trípode, S.L., y Proinmarbesa, S.L.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Menor Cuantía 58/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, Málaga, a instancia de Cdad. P. Bel Air Park, Fases I y II, contra Belkis, S.L., e Inversiones Trípode, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚm. 41/08

En Estepona a diecisiete de marzo de dos mil ocho.

Vistos por doña M.ª del Carmen Gutiérrez Henares, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Estepona, los presentes autos de juicio de menor cuantía núm. 58/2001 seguidos a instancia de la Comunidad de Propietarios Bel Air Park, Fases I y II, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Patricia Salazar Alonso y asistida de la Letrada doña María Dolores Masa contra la entidad Belkis, S.L., y la entidad Inversiones Trípode, S.L., en situación de rebeldía procesal ambas, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Patricia Salazar Alonso, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Bel Air Park, Fases I y II, condenando a las entidades Belkis, S.L., e Inversiones Trípode, S.L., solidariamente, al pago a favor de la demandante de la cantidad de 14.591.354 pesetas, hoy 87.695,80 euros, más los intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda y las costas del procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días desde la fecha de notificación de la presente sentencia.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a las demandadas, Belkis, S.L., e Inversiones Trípode, S.L., extiendo y firmo la presente en Estepona a veinte de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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