Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 22/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 8 de julio de 2008, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se deja parcialmente sin efecto la de 9 de abril de 2008, del citado organismo, por la que se hacen públicos los proyectos aprobados correspondientes al programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2008.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 22 de noviembre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 7 de noviembre de 2007, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la aprobación de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2008, que tiene por objeto hacer pública la convocatoria para la selección de proyectos, las modalidades de los mismos y los requisitos que deben reunir los proyectos de Campos de Trabajo a realizar durante el año 2008.

Segundo. Mediante Resolución de 9 de abril de 2008, del Instituto Andaluz de la Juventud (BOJA núm. 83, de 25 de abril), se hicieron públicos los proyectos aprobados correspondientes al programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2008, relacionando en su Anexo los Campos de Trabajo seleccionados al amparo de la Resolución de 22 de noviembre citada anteriormente, y especificando la denominación del Campo de Trabajo seleccionado y tipo del mismo, la Entidad Organizadora, el lugar de realización del proyecto, el lugar de alojamiento previsto, las fechas de inicio y finalización de los mismos, las edades de participación y el número de plazas disponibles para cada proyecto aprobado.

En concreto, dentro de los proyectos seleccionados para la realización de Campos de Trabajo durante el año 2008 por la Resolución de 9 de abril de 2008, figuran, entre otros, los siguientes proyectos seleccionados:

- Provincia de Huelva:

Denominación/Tipo: Cuídalo, Cuídate. Por un medio de calidad/Nacional.

Entidad: Ayuntamiento de Santa Ana la Real.

Lugar: Santa Ana la Real.

Alojamiento: Colegio Público.

- Provincia de Sevilla:

Denominación/Tipo: Intervención medioambiental en el recinto amurallado de Estepa/Nacional.

Entidad: Ayuntamiento de Estepa.

Lugar: Estepa.

Alojamiento: Albergue Juvenil de Estepa.

Tercero. Por su parte, la Resolución de 10 de abril de 2008, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2008 (BOJA núm.: 83, de 25 de abril), establece que a través de las Condiciones Generales de Participación se darán a conocer, entre otros detalles, los plazos de presentación de solicitudes para participar en los Campos de Trabajo aprobados, así como el plazo posterior para cubrir posibles plazas vacantes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo establecido en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, corresponde al Director General del citado Organismo, entre otras funciones, la de adoptar las resoluciones precisas.

Segundo. Concluidos los plazos establecidos en las Condiciones Generales de Participación para la presentación de solicitudes de participación en los Campos de Trabajo aprobados, así como el plazo adicional para cubrir posibles vacantes, razones de eficacia y eficiencia aconsejan la suspensión de los Campos de Trabajo previstos en las localidades de Santa Ana la Real y Estepa, debido a la escasa participación en los mismos.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Único. Dejar parcialmente sin efecto la Resolución de 9 de abril de 2008, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se hacen públicos los proyectos aprobados correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 2008, en el sentido de suspender los Campos de Trabajo localizados en los municipios de Santa Ana la Real (Huelva) y Estepa (Sevilla).

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 112 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o directamente recurso contencioso-administrativo, en un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a esta publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de julio de 2008.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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