Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 30/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 16 de julio de 2008, de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa, por la que se hace público el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Universidad de Sevilla para colaborar en la realización de actuaciones de investigación y desarrollo a través de la construcción y el equipamiento del Centro de Experimentación Animal (CEA) del Campus de Biomedicina de la Universidad de Sevilla.

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De conformidad con lo dispuesto en artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General ha resuelto publicar el Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Universidad de Sevilla, cuya finalidad es la construcción y el equipamiento del Centro de Experimentación Animal (CEA) del Campus de Biomedicina de la Universidad de Sevilla.

Sevilla, 16 de julio de 2008.- La Directora General, Susana Guitar Jiménez.

Convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Universidad de Sevilla para colaborar en la realización de actuaciones de investigación y desarrollo a través de la construcción y el equipamiento del centro de experimentación animal (CEA) del Campus de Biomedicina de la Universidad de Sevilla

En Madrid, a 21 de diciembre 2007.

REUNIDOS

De una parte la Sra. doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, nombrada por Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Sr. don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, nombrado para dicho cargo por Decreto del Presidente 12/2004, de 24 de abril (BOJA núm. 996, de 25 de abril), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en la Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre de Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Y de otra parte el Sr. don Miguel Florencio Lora, Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, en nombre y representación de la misma en virtud del Decreto 176/2004, de 24 de abril (BOJA núm. 89 de 7 de mayo de 2004), y facultado para la firma del presente convenio en virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, de 21 de diciembre, y el artículo 20 y concordantes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por Decreto 324/2003 de 25 de noviembre de la Junta de Andalucía, (BOJA núm. 235, de 5 de diciembre de 2003) y modificados por Decreto 348/2004 de 25 de mayo, (BOJA 1 de junio de 2004).

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto,

EXPONEN

1. Que los criterios de selección de las operaciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, se establecen en los Programas Operativos aprobados por la Comisión Europea, de acuerdo al Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y al Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo.

2. Que el Programa Operativo FEDER 2007-2013, de Economía basada en el Conocimiento, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 28 de noviembre de 2007, establece en su apartado 3.1.1 que la selección de proyectos de infraestructuras científicas se realizará a través de convenios de colaboración entra la Administración General del Estado y las Administraciones Públicas Autonómicas correspondientes, identificados como prioritarios por parte de las Comunidades Autónomas y que permitan evitar duplicidades y carencias a escala estatal.

3. Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso.

4. Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución. De forma específica, corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, a través de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, como órgano superior del Departamento, el impulso, la programación y la supervisión de las actividades del Departamento en materia de investigación científica y tecnológica. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008- 2011 junto con las ideas de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

5. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía promover la investigación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 13.29 del Estatuto de Autonomía. En concreto a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y en virtud del Decreto 11/2004 de reestructuración de Consejerías, le corresponden las competencias en Investigación, Desarrollo e Innovación. En particular esta Consejería tiene como una de sus prioridades la difusión y transferencia de tecnología y la mejora de la cultura de la I+D+I y viene realizando actuaciones en este ámbito.

6. Que la Universidad de Sevilla, tal y como determina su Estatuto, es una institución de derecho público, ditada de personalidad jurídica, que desarrolla sus funciones de acuerdo con la legislación vigente, en régimen de autonomía, y a la que le corresponde la prestación del servicio público de la educación superior, mediante el estudio, la docencia y la investigación.

Es por lo tanto una institución al servicio de la sociedad, en la que, según el artículo 60 de sus Estatuto, el fomento de la investigación, entendida como labor de creación, desarrollo y actualización crítica de la Ciencia, de la Técnica y de la Cultura que se oriente al desarrollo cultural, social y económico y territorial de la Comunidad, se constituye como una de sus principales funciones.

7. Que el Ministerio de Educación y Ciencia, a través de la Dirección General de Investigación, gestiona fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinados a financiar actuaciones dirigidas a favorecer el desarrollo regional a través de la investigación.

8. Que el Ministerio de Educación y Ciencia y la Junta de Andalucía han analizado los proyectos de infraestructuras científicas que responden a las necesidades de desarrollo económico de la región y consideran que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER aquellos con mayor capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

9. Que para instrumentar esta colaboración, tanto el Ministerio de Educación y Ciencia, como la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba, están de acuerdo en suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es seleccionar el proyecto «Construcción del Centro de Experimentación Animal (CEA) del Campus de Biomedicina de la Universidad de Sevilla» para su cofinanciación por el FEDER por responder a las necesidades de desarrollo económico de la región y tener capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

Segunda. Presupuesto, financiación y compromisos de las partes.

Para contribuir al desarrollo de los proyectos señalados en la cláusula primera.

1. El Ministerio de Educación y Ciencia se compromete a cofinanciar la actuación citada con fondos FEDER asignados a la Dirección General de Investigación en concreto con cargo a la categoría de gasto 02, del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento, hasta un máximo del 70% del importe del gasto total elegible de las actuaciones presupuestadas en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones que ascienden a 10.019.600,00 euros, por tanto la aportación máxima del FEDER será 7.013.720,00 euros, siempre y cuando el gasto que se justifique en los distintos períodos de certificación que la Dirección General de Investigación tiene establecidos, sea elegible, de acuerdo con la normativa comunitaria que regula los fondos estructurales y en particular el FEDER.

2. Con el fin de garantizar la ejecución de los proyectos y evitar la posible pérdida de recursos del Estado Español en aplicación del artículo 93 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo de 11 de julio de 2006, el Ministerio de Educación y Ciencia anticipará a los beneficiarios de las ayudas del FEDER, el 100% del coste total elegible de los proyectos, con cargo a la partida presupuestaria 18.08.463B.822.

3. La Universidad de Sevilla garantiza el reintegro del anticipo en las condiciones y plazos establecidos en el presente Convenio a través de sus medios propios.

La Comunidad Autónoma se compromete a facilitar los mecanismo de colaboración necesarios para que los beneficiarios puedan cumplir con sus obligaciones que corresponden a la devolución del 30% del importe del anticipo relativo a la cofinanciación nacional, y siempre dentro de la formativa sustantiva y presupuestaria que sea de aplicación.

4. La Universidad de Sevilla se compromete a realizar las actuaciones identificadas en el Anexo I y a efectuar los gastos elegibles comprometidos para la finalidad con que aparecen en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones y en el Anexo I del Convenio hasta un importe de 10.000.000,00 de euros, y a justificar los mismos ante la Dirección General de Investigación en los distintos períodos de certificación que tiene establecidos, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria sobre fondos FEDER. Asimismo se compromete a devolver el anticipo recibido en los términos que figuran en la cláusula cuarta.

Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER
ACTUACIÓN PRESUPUESTO ( APORTACION
MEC-DGI (FEDER)
APORTACION UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Construcción Centro de Experimentación Animal 7.500.000 5.250.000 2.250.000
Equipamiento científico Centro de Experimentación Animal 2.519.600 1.763.720 755.880
TOTAL 10.019.600 7.013.720 3.005.880

Tercera. Sujeción a la normativa FEDER.

Los gastos e inversiones a los que se aplicará la aportación del Ministerio de Educación y Ciencia a la Universidad de Sevilla, estarán incluidos entre los considerados elegibles por la normativa europea para los fondos FEDER. Asimismo, tendrán que responder por la totalidad del gasto elegible y atenerse a todo lo dispuesto en dicha normativa.

El apoyo a esta actuación será compatible con los de otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la actuación subvencionada, ni la cofinanciación FEDER supere el 70% del total y se respete la normativa comunitaria en esta materia. Se deberá comunicar a la Dirección General de Investigación, en su caso, tanto el importe de las mencionadas ayudas como el origen de las mismas.

Cuarta. Amortización del anticipo reembolsable.

La Universidad de Sevilla devolverá la parte correspondiente a la cofinanciación nacional (3.000.000,00 de euros) y el FEDER compensará la parte de anticipo correspondiente a cofinanciación comunitaria (7.000.000,00 de euros).

1. Para la devolución de la cofinanciación nacional anticipada por el MEC, el plazo de amortización será de diez años, mediante reembolsos anuales, sin periodo de carencia, según el cuadro de amortización que figura como Anexo II. El tipo de interés será del 0%.

2. El libramiento de la ayuda proveniente del FEDER se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo reembolsable. Si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del 31 de diciembre de 2015.

La Universidad de Sevilla, al encontrarse sujeta al régimen presupuestario público, deberá registrar un ingreso por el importe del anticipo recibido, aplicado al capítulo 9 «Pasivos financieros» de su presupuesto.

Cuando se reciban los fondos del FEDER, la DGI informará a la Universidad de Sevilla de esta circunstancia, de modo que podrán reconocer la subvención recibida de la Unión Europea, mediante un ingreso en el concepto que corresponda en el artículo 79 «Transferencias de capital del exterior», lo que a su vez, permitirá la formalización de la cancelación de la deuda que quedó registrada en el momento del anticipo de fondos por parte del Estado, mediante el correspondiente pago en el capítulo 9 de su presupuesto de gastos, en principio, en la política 46 (esta cancelación debe corresponderse en el tiempo con la del crédito en la entidad que concedió el anticipo).

La Universidad de Sevilla autoriza al Estado para que aplique los fondos ingresados por la Unión Europea a la cancelación del anticipo.

Quinta. Seguimiento y evaluación.

Los objetivos cuantificables de este Convenio se establecen en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones. Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo establecido en este Convenio se constituirá, una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de la Dirección General de Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, dos de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y dos de la Universidad de Sevilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, un representante que pertenezca a la Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los miembros representantes del Ministerio de Educación y Ciencia serán nombrados por la Dirección General de Investigación. La Comisión será presidida por el MEC a través de la Dirección General de Investigación, sin voto de calidad.

Esta Comisión fijará los criterios adecuados para la regulación de los aspectos no desarrollados en el mismo y realizará el seguimiento de las actuaciones del Convenio y la resolución de las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las Cláusulas del mismo. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo solicite alguno de sus miembros.

Sexta. Entrada en vigor, duración y resolución del Convenio.

El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia finalizará cuando se haya cumplido totalmente las obligaciones de las partes.

Serán causas de su resolución, las siguientes:

a) El acuerdo expreso y escrito de las partes.

b) El incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las prescripciones contenidas en este Convenio, lo que se comunicará a las restantes de manera fehaciente, previa audiencia de las mismas y con un mes de antelación.

c) La denuncia escrita formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.

En caso de resolución anticipada corresponde a la Comisión de Seguimiento determinar la forma en que habrán de concluirse las actuaciones en curso y la forma y plazo de devolver lo no invertido.

Séptima. Modificación del Convenio.

El presente Convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las Partes.

Octava. Plazo de ejecución de los proyectos.

Los proyectos identificados en el Anexo I, deberán finalizar su ejecución antes del 31 de diciembre de 2010. Este plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de la Comisión de Seguimiento.

Novena. Publicidad de las actuaciones.

Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del Ministerio Educación y Ciencia y de la Junta de Andalucía en todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que cofinancian las actuaciones.

Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.

Este Convenio es de carácter administrativo, de los contemplados en el artículo 3.1.c) del Texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios en él contenidos para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio de colaboración serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en la Comisión prevista en la cláusula quinta de este Convenio. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas en la forma prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA, LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA Y LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EL EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE EXPERIMENTACIÓN ANIMAL DEL CAMPUS DE BIOMEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Introducción.

La investigación biomédica y los desarrollos empresariales que se derivan de ella se han posicionado como uno de los factores de impulso económico más importantes de las sociedades actuales. En esta línea, Andalucía ha realizado en los últimos años una apuesta decidida por la investigación biomédica convirtiéndola en un eje estratégico del Plan de Segunda Modernización de la comunidad autónoma, impulsando investigaciones de vanguardia dentro del campo de la biomedicina en general y de la terapia celular en particular. Fruto de esta pujanza andaluza de esta investigación y de los convenios entre el Ministerio de Sanidad y la comunidad autónoma, se ha creado el Instituto de Biomedicina de Sevilla (IBIS) enmarcado en el complejo Universitario Virgen del Rocío del que se están realizando en la actualidad las obras.

La Universidad de Sevilla, decidida a apoyar y fomentar este impulso de la investigación biomédica de calidad, va a construir un nuevo Campus Universitario de Biomedicina al lado del Hospital Virgen del Rocío y del IBIS. La Facultad de Farmacia y algunas dependencias de la Facultad de Medicina se instalarán en este nuevo Campus que por tanto va a convertirse en uno de los bionúcleos estratégicos de investigación biomédica tanto básica como aplicada a nuestro país.

Una necesidad crítica de la investigación biomédica en nuestro tiempo y por tanto de este campus, será la construcción de un centro donde se pueda realizar la investigación con animales de laboratorio tanto en fase experimental básica como en los estudios previos a los ensayos clínicos, en las condiciones que se demandan actualmente. Además, casi todas las investigaciones en este campo requieren de la generación de modelos animales apropiados que posibiliten el estudio fisiopatológico en profundidad y dentro de ellos, los animales modificados genéticamente constituyen una de las principales herramientas con que se cuenta hoy en día.

El objeto de este proyecto es, por tanto, la construcción y equipamiento básico de lo que será el Centro de Experimentación Animal (CEA) del Campus de Biomedicina de la Universidad de Sevilla. El edificio estará ubicado en un emplazamiento óptimo, con el IBIS, Facultad de Farmacia y algunas dependencias de Medicina al lado y cercano a las facultades de Biología, Psicología y Medicina. Igualmente estará al lado del Hospital Universitario Virgen del Rocío que, siendo el hospital más grande de Andalucía y uno de los más grandes de España, tiene un enorme potencial de desarrollo en investigación biomédica. La vinculación de este gran hospital con estos Centros de Investigación Universitaria y el centro construido a través de esta propuesta, promoverá una sinergia muy beneficiosa para la investigación biomédica de Andalucía.

Objetivo general.

El objetivo del proyecto es por tanto doble.

Por un lado, este centro va a hacer posible que este núcleo de investigación biomédica emergente pueda desarrollarse y sus integrantes puedan tener acceso al trabajo con animales de laboratorio de diferentes características, lo que hoy en día es imprescindible para una investigación biomédica de calidad. Además existirá una repercusión directa en los posibles ensayos preclínicos fruto de investigaciones de vanguardia con posibilidades terapéuticas que se deben realizar en animales superiores, lo cual es imposible realizar ahora en nuestro entorno.

Por otro lado en este centro se realizarán una serie de servicios de investigación que permitan un desarrollo integral de proyectos de investigación y hacer más competitiva la investigación que se lleve a cabo. Entre estos servicios de investigación se incluirá un servicio de modificación genética de animales de laboratorio.

En este sentido el recién concedido premio Nobel de Medicina a los tres investigadores que hicieron posible la modificación genética dirigida de ratones, es una prueba palpable de la repercusión que esta tecnología tiene para prácticamente todas las investigaciones biomédicas de calidad.

Sin embargo, la generación de modelos propios de animales modificados genéticamente dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene un retraso considerable. Muchos grupos de investigación de toda Andalucía utilizan este tipo de animales pero los tienen que adquirir a otros países o bien se tienen que encargar esa modificación a algún centro generalmente extranjero.

En estos momentos dentro de esta Comunidad Autónoma, sólo es posible realizar estas modificaciones en la Universidad de Sevilla. Aquí se han generado ya muchos modelos animales modificados genéticamente tanto para grupos de investigación de Andalucía como de otras comunidades. El procedimiento de modificación genética tiene además ramificaciones que se traduce en repercusiones directas en otras técnicas importantes dentro de la terapia celular y con células madre (aislamiento y cultivo de células madre embrionarias de ratón, manejo de embriones, congelación de embriones etc).

Para una comunidad con el potencial investigador de Andalucía, sigue siendo pobre estos logros. El Centro que se construirá mediante esta propuesta, tendrá en este sentido varios objetivos fundamentales que lo justifican:

- Por un lado será capaz de generar no sólo los animales modificados que se utilicen en la propia Universidad de Sevilla, sino de otros grupos de la comunidad que ya requieran estos modelos.

- Por otro lado, y puesto que otras universidades e instituciones de la comunidad autónoma nos han manifestado ya su interés en implementar por ellas mismas estas tecnologías, la financiación de esta propuesta será muy útil para acelerar de forma más decidida a como se viene haciendo, la difusión del conocimiento y la experiencia en la puesta en marcha de proyectos de modificación genética de animales a todo el resto de instituciones de la comunidad. Fomentando este trasvase de tecnología podemos ayudar a que la investigación biomédica general de toda la comunidad alcance al menos en este aspecto el nivel de los países desarrollados del entorno.

- El Centro aspira, además, a convertirse en un banco de conservación de la mayor cantidad posible de líneas de ratones modificados genéticamente de Andalucía mediante la puesta en marcha de la congelación de embriones y células germinales de ratón, aprovechando la existencia previa de experiencia derivada de la propia técnica de modificación genética. Este banco posibilitará la descongestión de muchos animalarios de nuestra comunidad que podrán ahora dedicar espacios a la investigación y no al mantenimiento de animales valiosos pero que no se están utilizando en ese momento.

En conclusión, el impulso que la creación de este Centro puede aportar al Campus de Biomedicina se traducirá en unos beneficios indudables para toda la investigación biomédica de la comunidad. Su emplazamiento idóneo cercano a los grupos de investigación básica y aplicada más pujantes de Andalucía, tanto de la Universidad, como del IBIS y del propio Hospital, repercutirá inmediatamente en la calidad de la investigación que se realiza.

Objetivo específico.

El edificio, concebido unitario, se debe organizar en Áreas de distintas funciones, con requerimientos específicos y utilización muy diferenciada. Tendrá una superficie total de 3.000 metros cuadrados separados en:

1. Área de administración, dirección y zonas comunes (150 m2).

Comprende el acceso principal y vestíbulo, oficinas, despacho dirección, aseos, habitación multiuso y vestuario de acceso a la siguiente área.

Esta zona es de acceso libre sin especial control a cualquier visitante. Las instalaciones son las normales en cualquier zona de oficina, el aire acondicionado es de frío- calor, tiene iluminación y ventilación directa al exterior y sus instalaciones no tienen que estar conectadas al grupo electrógeno excepto el alumbrado de emergencia. Se instalarán tomas de voz y datos, agua sanitaria caliente y fría.

2. Área de limpieza, almacén y cuarentena (390 m2).

El área de limpieza y esterilización del material de todo el resto del centro. Debe tener sobrepresión con respecto al exterior y estar en depresión con respecto a todo el resto de áreas de animales y laboratorios, excepto las habitaciones de cuarentena. En la sala de limpieza se deben instalar los grandes equipos del centro (lavarracks, lavabiberones y autoclaves). Su acceso está reservado exclusivamente al personal especializado.

También comprende el muelle de carga y descarga de materiales y animales y almacenes del centro. Además al lado de estas zonas y con comunicación mediante SAS y autoclave se deberían instalar las cuarentenas para los animales. Los habitáculos de cuarentena tendrán un sistema de ventilación independiente.

3. Generación de animales modificados genéticamente. Congelación de embriones y resto de servicios de investigación. Producción y mantenimiento de animales SPF (libre de patógenos) (1.330 m2).

Comprende el área donde se producen y mantienen animales en las mejores condiciones sanitarias posibles. Contiene todos los animales de producción y todos los animales donantes de embriones para las modificaciones genéticas. Alberga los laboratorios donde se realizan las modificaciones genéticas, la congelación de embriones, la obtención de anticuerpos y todo el resto de servicios del Centro. Acceso restringido al personal especializado, previo paso por el vestuario/SAS. Todo el material que accede a esta zona está esterilizado bien por autoclave o por cámara de formaldehído. Existirán algunos módulos para trabajo de los investigadores de todo el entorno que requieran mantener animales en condiciones sanitarias SPF.

Planta técnica en toda esta zona. Zona crítica con barreras absolutas. Ventilación forzada con 20 renovaciones/hora. Aire prefiltrado, tratado y filtración HEPA. Sobrepresión en sentido limpio- sucio. Sistemas de seguridad de climatización y ventilación, duplicidad de sistemas. Aislamiento térmico y acústico. Tendrá control en cada módulo de temperatura y humedad. Sin ventilación ni iluminación exterior. Conexión de todas las instalaciones al grupo electrógeno. Vestuario de entrada con duchas de aire estéril. Materiales de primera calidad, impermeables, lisos y lavables. Pasillos y puertas muy anchos.

4. Área de experimentación y mantenimiento de mamíferos convencionales limpios. Mantenimiento y experimentación con mamíferos superiores (730 m2).

En esta área se encuentran por un lado las habitaciones de mantenimiento y experimentación con animales mamíferos superiores para utilización por los investigadores de la universidad y entorno. Existirán también módulos para animales pequeños .Esta área será utilizada por todos los investigadores del campus y de otras facultades e instituciones que lo requieran.

Acceso a través de vestuario con equipamiento de protección adecuado. Ventilación forzada y filtración (95%) en todos los módulos de animales. Planta técnica en los módulos de animales pequeños. Los suelos serán los apropiados para recoger las deyecciones. La climatización y ventilación de esta zona deberá estar conectada a grupo electrógeno. Materiales de primera calidad, impermeables, lisos y lavables.

5. Zona de mantenimiento cría y experimentación de anfibios, reptiles y peces y mantenimiento general (400 m2).

Comprende toda la zona de mantenimiento, experimentación y eventual cría de los animales no mamíferos. Será utilizada por científicos del campus y del resto de facultades que lo precisen. Climatización del aire sin requerimientos específicos pero con filtración y ventilación adecuada. Tratamiento y climatización del agua de red que necesita estar conectado a grupo electrógeno.

Si contemplamos el área de aparcamientos, dobles plantas y áreas comunes el total de la superficie construida sería de 4.000 metros.

Objetivo científico.

Las líneas científicas afectadas son todas las líneas de investigación en biomedicina de toda la Universidad de Sevilla y de Centros de Investigación del entorno. Todos los grupos de investigación que trabajan en la Facultad de Farmacia, en el IBIS, en la Facultad de Biología y en el hospital Virgen del Rocío en cuyas investigaciones se tenga que utilizar cualquier tipo de animal de laboratorio se verán beneficiados de forma inmediata. Igualmente, la construcción del centro repercutirá favorablemente en las líneas de investigación de grupos del Campus Macarena, de la Facultad de Psicología y de otras instituciones de investigación del entorno que necesiten animales modificados genéticamente, animales superiores o que utilicen reptiles o peces en sus investigaciones.

El objetivo de esta propuesta es por tanto consolidar este biocluster o área de investigación biomédica de nuestra comunidad. Los objetivos concretos del centro que se construirá se pueden resumir en:

- Dotar de laboratorios de desarrollo tecnológico donde se ofrecerá una cartera de servicios de investigación muy útiles y demandados en todos los Centros e Institutos de Investigación como son la producción de anticuerpos policlonales y monoclonales y de forma muy especial, la generación de animales modificados genéticamente. Se pondrán en marcha también servicio de fenotipaje preliminar de animales y la congelación de embriones.

- Permitir que en nuestra universidad se puedan llevar a cabo investigaciones que conlleven la utilización de animales superiores, creando habitáculos donde se puedan alojar estos animales. Esto es esencial en un entorno biomédico donde muchos grupos tienen que testar sus hipótesis en animales superiores con los que actualmente no es posible trabajar en nuestra universidad.

- Posibilitar que los grupos de investigación que trabajen en este Campus puedan tener acceso a la investigación con animales Se dispondrá de espacios para alojar roedores de experimentación junto con módulos de laboratorio que permitan que grupos de investigación de este Campus y fuera de él utilicen estos animales de laboratorio. Los potenciales usuarios serán todos los de la Universidad y fundamentalmente los grupos de la Facultad de Farmacia, IBIS, Facultad de Biología y Hospital Virgen del Rocío. En este centro además, se producirá de forma centralizada animales de laboratorio de alta calidad sanitaria para todas las Facultades de la Universidad y otras instituciones del entorno.

- Por último posibilitar también la utilización de algunos modelos animales emergentes en investigación biomédica no mamíferos, particularmente los peces.

Presupuesto
PRESUPUESTO CONSTRUCCIÓN CENTRO
DE EXPERIMENTACIÓN ANIMAL
CONCEPTO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Redacción proyecto y dirección de obra 300.000
Caracterización del suelo 240.000
Excavación y movimiento de tierras 250.000
Demolición 100.000
Estructura 1.470.000
Cubierta 200.000
Cerramientos 600.000
Divisiones interiores 1.400.000
Instalaciones eléctricas 700.000
Instalaciones de saneamiento 200.000
Instalaciones de gases 300.000
Infraestructuras de equipamiento 740.000
Mobiliario 500.000
Otros 500.000
TOTAL 7.500.000

(*) Detalle de infraestructuras de equipamiento:

• UD. Zonificación de mamíferos SPF (libre de patógenos) (1.400 m2).

Albergando la producción general para todos los usuarios de roedores y lagomorfos, los servicios de mantenimiento de roedores SPF, modificación genética de ratones, producción de anticuerpos monoclonales, congelación de embriones etc. y las zonas de cuarentena, de recepción y de envío de animales.

Compuesta de:

- Zona crítica, con barreras absolutas.

- Acceso mediante tarjetas y exclusivo para el personal del centro.

- Aislamiento térmico y acústico especializado.

- Planta técnica de vigilancia y mantenimiento de equipos.

- Climatización independiente del resto del edificio. Duplicidad de sistemas de seguridad de la climatización.

- Ventilación forzada de al menos 15-20 renovaciones/hora. No recirculación de aire.

- Sobrepresión de aire en sentido limpio- sucio.

- Filtración absoluta de aire.

- Vestuarios con duchas de aire estéril.

- Materiales de primera calidad, impermeables, lisos y lavables.

- Conexiones con sala de limpieza mediante SAS.

1 x 1.400 m2 x 370 €/m2 = 518.000 euros.

• UD. Zonificación de mantenimiento y experimentación de mamíferos «convencionales limpios» (600m2).

Comprendiendo el mantenimiento de animales para usuarios. Laboratorios y quirófanos experimentales para uso de los grupos de investigación de la Universidad y resto de centros de investigación. Cubículos roedores, cubículos lagomorfos, cubículos animales grandes (perros, gatos, cerdos, monos...), laboratorios multiusos, quirófanos experimentales y sala de prácticas.

Compuesta de:

- Zona restringida, con barreras físicas específicas.

- Acceso mediante tarjeta.

- Planta técnica en cubículos de animales, para vigilancia y mantenimiento de equipos.

- Ventilación forzada con 15-20 renovaciones/hora de aireen cubículos de animales.

- Filtración y climatización de aire.

- Filtración absoluta en cubículos roedores y lagomorfos.

- Materiales de primera calidad, impermeables, lisos y lavables.

- Conexiones con sala de limpieza mediante SAS.

1 x 600 m2 x 200 €/m2 = 120.000 euros.

• UD. Zonificación de almacén y lavabo (300m2).

Para carga y descarga de mercancías, almacenes, sala de limpieza y esterilización.

Comprendiendo:

- Ventilación y climatización especial.

- Suelo especial reforzado para el tonelaje de la maquinaria específica.

1 x 300 m2 x 340 €/m2 = 102.000 euros.

Total Capítulo 1     740.000 euros.

(**) Detalle de mobiliario:

• UD. Mobiliario específico para la Zonificación de mamíferos SPF (libre de patógenos) (1.400 m2).

Compuesto de:

- Barreras absolutas.

- Acceso mediante tarjetas y exclusivo para el personal del centro.

- Planta técnica de vigilancia y mantenimiento de equipos.

- Vestuarios con duchas de aire estéril.

- Conexiones con sala de limpieza mediante SAS.

1 x 1.400 m2 x 240 €/m2 = 336.000 euros.

• UD. Mobiliario específico para la Zonificación de mantenimiento y experimentación de mamíferos «convencionales limpios» (600m2).

Compuesto de:

- Barreras físicas específicas.

- Acceso mediante tarjeta.

- Planta técnica en cubículos de animales, para vigilancia y mantenimiento de equipos.

- Conexiones con sala de limpieza mediante SAS.

1 x 600 m2 x 190 €/m2 = 114.000 euros.

• UD. Mobiliario específico para la Zonificación de mantenimiento, cría y experimentación de anfibios, reptiles y peces (400m2).

Comprendiendo:

- Soportes para las instalaciones específicas para cría y mantenimiento de peces.

- Cubículos multiusos de estabulación de peces/anfibios/reptiles.

1 x 400 m2 x 125 €/m2 = 500.000 euros.

Total Capítulo     500.000 euros.

(***) Detalles de otros:

• UD. Repercusión de plazas de aparcamiento.

40 plazas x 12.500 €/m2 = 500.000 euros.

Total Capítulo     500.000 euros.

PRESUPUESTO EQUIPAMIENTO CENTRO DE EXPERIMENTACIÓN ANIMAL
CONCEPTO DESCRIPCIÓN IMPORTE
Equipo principal (*) Sala de lavado y esterilización y equipamiento básico de mantenimiento de animales 2.419.600
Accesorios o
complementos
Quirófano experimental 100.000
Otros
TOTAL 2.519.600

(*) Detalle equipo principal:

El equipamiento principal lo componen todos los sistemas que permiten mantener los animales de este centro de experimentación en condiciones adecuadas para las investigaciones que se llevarán a cabo. Por un lado están los equipos esenciales que se tienen que instalar en la sala de limpieza y esterilización que se deben colocar antes de finalizada la construcción del edificio y por otra parte un equipamiento mínimo y básico para la estabulación de animales que no cubren el centro completo pero que permite que comience a funcionar.

Equipamiento de sala de lavado y esterilización y equipamiento básico de mantenimiento de animales:

SALA DE LAVADO Y ESTERILIZACIÓN
2 Autoclaves mod. 23100 dos puertas con generador de vapor. 488.100
1 Autoclave mod. 1006 dos puertas con generador de vapor (área cuarentena). 88.700
1 Cabina Lavaracks/jaula mod. 50 74 1S, 1 puerta. 180.100
1 Lavabiberones Mod. SD 500. 59.100
3 Cabina SAS Mod. 1395L, con formol. 178.800
7 Ventana SAS Mod 216 L, con U.V. 97.100
1 Central de aspiración de virutas con descarga automática. 21.700
1 Planta de tratamiento de ósmosis inversa Mod. AP- 3000 (375 L/hora). 28.800
1 Compresor silencioso. 5.500
1 Mesa lavabo 2 senos más escurridor. 4.700
Subtotal 1.152.600
EQUIPAMIENTO BÁSICO DE MANTENIMIENTO DE ANIMALES
Nota: Todos los equipamientos serán ajustados a la nueva formativa sobre superficies mínimas para los animales de laboratorio.
20 Racks ventilados ratón de laboratorio: (18.000 euros/rack; más 1 motor y filtro de ventilación (11.000 euros) cada 4 racks. 415.000
Jaulas, biberones y rejillas para estos racks. 42.000
12 Racks ventilados rata de laboratorio: 249.000
Jaulas, biberones y rejillas para estos racks. 22.000
12 Racks de tres conejos cada uno, con separadores extraíbles. 60.000
Jaulas, bandejas de deposición y biberones. 25.000
8 Racks para estabulación de peces, con motor y sistemas de filtración incorporado. 240.000
Equipamiento inicial para estabulación de mamíferos superiores (perros, cerdos y primates, con jaulas de acero inoxidable a medida). 214.000
Subtotal 1.267.000
Total equipamiento sala limpieza, esterilización y mantenimiento. 2.419.600
(**) Detalle Accesorios o complementos:
QUIRÓFANO EXPERIMENTAL
Mesa quirófano, lámpara y equipo de anestesia inhaladora y monitorización anestésica
100.000
ANEXO II
Fecha de
vencimiento
Cuota de
amortización
(euros)
2.02.2009 300.588,00
2.02.2010 300.588,00
2.02.2011 300.588,00
2.02.2012 300.588,00
2.02.2013 300.588,00
2.02.2014 300.588,00
2.02.2015 300.588,00
2.02.2016 300.588,00
2.02.2017 300.588,00
2.02.2018 300.588,00
TOTAL 3.005.880,00
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