Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 08/08/2008

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Ayuntamientos

Anuncio de 29 de julio de 2008, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de bases para la selección de plazas de Auxiliar Administrativo.

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EDICTO

Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), hace saber:

La Junta de Gobierno Local de esta Entidad Local en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2008, adoptó el acuerdo de aceptar determinadas recomendaciones del Excmo. Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con el acuerdo adoptado por este mismo Órgano el día 7 de abril, sobre aprobación de las Bases y Convocatoria para proveer en propiedad 23 plazas pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Clase Auxiliar Administrativo, Grupo de Clasificación C, Subgrupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal de esta Entidad Local (BOP números 73 y 81, respectivamente, de fecha 17 y 29 de abril, BOJA número 103, de fecha 26 de mayo, y BOE número 135, de 4 de junio).

En este sentido, se ha procedido a adoptar las siguientes modificaciones de las citadas bases, contrayéndose a las siguientes consideraciones:

a) En relación con la primera de las recomendaciones relativa a la Fase de Oposición, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, la citada Fase comprenderá las siguientes pruebas selectivas, según la naturaleza y características de las plazas convocadas, contrayéndose al siguiente ejercicio:

Único ejercicio.

Consistirá en la realización de dos pruebas obligatorias y eliminatorias, que se realizarán en una única sesión. Se calificará, cada prueba, de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, en cada una de ellas, una puntuación mínima de 5 puntos para superarlas:

Primera prueba. Contestación a un cuestionario 100 preguntas determinadas por el Tribunal sobre el conjunto del temario en un tiempo máximo de una hora. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará. Cada dos preguntas con contestación errónea se detraerá del valor asignado a la contestación de una pregunta correcta.

Segunda prueba. Podrá consistir en la realización de un supuesto práctico o en desarrollar, por escrito, durante un máximo de una hora, un/os tema/s o epígrafe/s relacionado/s con el programa del bloque II.

Entre el término de la primera prueba y el de la segunda de este primer ejercicio deberá transcurrir un tiempo mínimo de quince minutos, que será comunicado por el Tribunal de forma oral a los aspirantes asistentes a la primera prueba.

La calificación de ambas pruebas de este primer ejercicio, no obstante su carácter obligatorio y eliminatorio, se efectuará por el Tribunal a partir de la finalización de la segunda prueba. Quienes no superen la puntuación mínima exigida en la primera serán eliminados automáticamente y no será evaluada la segunda prueba realizada.

Si así se determinase, y a criterio del Tribunal, este ejercicio podrá ser expuesto o leído por los/as opositores/as en sesión pública, ante el reseñado Tribunal. Se valorará el conocimiento sobre el tema o supuesto práctico expuesto.

b) Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 y 31 de la Ley 12/2007, relativo al ámbito de aplicación y empleo en el sector público andaluz, se incluye en el bloque II del temario la «Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía».

c) Igualmente, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y dentro de cuyo marco se efectúa la convocatoria de consolidación de empleo, se incluye entre los requisitos que deben reunir los participantes, base 2.º f), que los aspirantes que deseen ser evaluados en la Fase del Concurso deberán encontrarse desempeñando interina o temporalmente puestos o plazas de carácter estructural con anterioridad a 1 de enero de 2005.

d) En cuanto al sistema de selección previsto, las citadas Bases y Convocatoria están referidas a un proceso de consolidación del empleo temporal, de conformidad con la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

e) Proceder a publicar en el BOP y BOJA las citadas modificaciones de las Bases, e instar nueva convocatoria en el BOE, teniéndose en cuenta por parte de esta Entidad Local las solicitudes ya presentadas al presente proceso selectivo, salvo que los interesados renuncien de forma expresa a su petición.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.

Roquetas de Mar, 29 de julio de 2008.- El Alcalde-Presidente, Gabriel Amat Ayllón.

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