Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 21/08/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

CORRECCIÓN de errores de la Orden de 25 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la gestión forestal sostenible de los montes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el año 2008 (BOJA núm. 121, de 19 de junio de 2008).

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Advertidos errores en el texto de la citada Orden, se procede a la correspondiente rectificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los términos siguientes:

- Página 8, columna derecha, apartado b) del artículo 6. Prioridades.

 Donde dice: «... o Proyecto Técnico, sobre las intervenciones no enmarcadas en documentos de este tipo».

 Debe decir: «… o Proyecto Técnico con resolución aprobatoria sobre las intervenciones no enmarcadas en los documentos anteriores».

- Página 12, columna derecha, apartado 10.1.a) 3.º

 Donde dice: «- Para el caso de que se realice la representación de agrupaciones de varios titulares, que puedan estar constituidos jurídicamente o no, será necesario presentar un documento privado…».

 Debe decir: «- Para el caso de que se realice la representación de agrupaciones de varios titulares, no constituidos jurídicamente como tal, será necesario presentar un documento privado…».

- Página 19, columna izquierda, apartado 3 del ANEXO 1. Definiciones y conceptos.

 Donde dice: «... entre 10,20 cm...».

 Debe decir: «... entre 10 y 20 cm...».

- Página 19, columna derecha, apartado 9 del ANEXO 1. Definiciones y conceptos.

 Donde dice: «... incluidos en el punto 1.4 del artículo 8...».

 Debe decir: «... incluidos en el apartado 4 del artículo 5...».

- Página 29, columna derecha, apartado 3.3.º del ANEXO 5. Condicionado de las acciones.

 Donde dice: «N = (D - Ni) x (31 - % FCC)».

 Debe decir: «N = (D - Ni) x (1 - % FCC)».

- Página 32, columna izquierda, apartado 4.e). 16.º del ANEXO 5, condicionado de las acciones, se añade antes del último párrafo uno cuyo tenor es: «El material leñoso de riesgo (todo fragmento de fuste o rama de individuos del género Pinus) desde su generación, no podrá permanecer más de 25 días durante los meses de marzo a septiembre, y 50 días durante los meses de octubre a febrero, a menos de 1.000 metros de individuos del género Pinus, sin que se realice su descortezado, su astillado, tronzado o cualquier otra actuación dirigida a la reducción de sus dimensiones sin que superen conjuntamente 5 centímetros de diámetro y 10 centímetros de longitud, o bien su eliminación, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales».

- Página 33, columna derecha, debe suprimirse el último párrafo del apartado 4.e) 5.º10 del ANEXO 5, condicionado de las acciones, cuyo tenor es: «Todos los proyectos cuyo Presupuesto de Ejecución Material superen los 200.000 euros deberán ser visados por la Oficina de Supervisión de la Consejería de Medio Ambiente para garantizar la calidad técnica de los mismos».

- Página 33, columna derecha, debe suprimirse el paréntesis del párrafo primero del ANEXO 6, condicionantes de la dirección de los proyectos técnicos de obra, cuyo contenido es: «(Ingeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal)».

- Página 33, columna derecha, ANEXO 7, módulos para la justificación del empleo de maquinaria.

 Donde dice: «Tractor oruga 70/100 CV».

 Debe decir: «Tractor oruga 71/100 CV».

Sevilla, 5 de agosto de 2008

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