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La Orden de 1 de abril de 2005, de la Consejería de Medio Ambiente (BOJA núm. 80, de 26 de abril de 2005), establece las bases reguladoras de concesión de subvenciones en materia de educación ambiental y la Orden de 21 de enero de 2008 (BOJA núm. 25, de 5 de febrero de 2008) convoca la concesión de subvenciones para la realización de actividades de educación ambiental para el año 2008.
El artículo 8 de la Orden de 1 de abril de 2005 dispone en su apartado tercero un plazo para resolver y notificar la resolución de concesión de seis meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El número de solicitudes formuladas, pese a la habilitación de medios personales y materiales, imposibilita el cumplimiento del plazo máximo de resolución establecido.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a propuesta de la Dirección General de Planificación e Información Ambiental,
RESUELVO
Ampliar hasta el 30 de diciembre de 2008 el plazo previsto para resolver y notificar la concesión de las subvenciones en materia de educación ambiental reguladas en la Orden de 1 de abril de 2005.
Contra esta Orden, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no cabe recurso alguno, de acuerdo con el mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 23 de julio de 2008.
María Cinta Castillo Jiménez
Consejera de Medio Ambiente
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