Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 24/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Resolución de 10 de enero de 2008, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se regularizan ficheros automatizados de carácter personal gestionados por la Agencia Andaluza de la Energía.

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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

Por otra parte, el articulo 39.2 de la LOPD, dispone que serán objeto de inscripción, en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros automatizados que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones de las Comunidades Autónomas, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la mencionada Ley.

Asimismo, el articulo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, señala que todo fichero de datos de carácter personal, de titularidad pública, será notificado a la Agencia de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de la Energía, y al objeto de dar cumplimiento al citado artículo 20 de LOPD,

R E S U E L V O

Primero. Objeto.

De conformidad con lo previsto en el articulo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), la presente Resolución tiene por objeto la creación de los ficheros automatizados que se describen en el Anexo II de la presente Resolución y que contienen datos de carácter personal gestionados por la Agencia Andaluza de la Energía.

Segundo. Medidas de índole técnica y organizativas.

Los titulares de los órganos responsables de cada fichero automatizado adoptarán las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la LOPD y en las demás normas vigentes.

Tercero. Cesiones de datos.

1. Los datos de carácter personal contenidos en los ficheros regulados por la presente Resolución, sólo podrán ser cedidos en los términos previstos en los artículos 11 y 21 de la LOPD.

2. Igualmente se podrán ceder al Instituto de Estadística de Andalucía, para fines estadísticos y de acuerdo con la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los datos contenidos en los ficheros referidos en el Anexo I de esta Resolución, cuando éste lo demande.

Cuarto. Prestación de servicios de tratamiento automatizado de datos.

1. La Agencia Andaluza de la Energía podrá celebrar contratos de colaboración para el tratamiento de datos con estricto cumplimiento de lo señalado en la LOPD, respecto a las garantías y protección de los titulares de los datos.

2. Quienes, por cuenta de la Agencia Andaluza de la Energía, presten servicios de tratamiento automatizado de datos de carácter personal realizarán las funciones encomendadas conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento y así se hará constar en el contrato que a tal fin se realice, no pudiendo aplicarlos o utilizarlos con fin distinto, ni comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada LOPD.

Quinto. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos.

Las personas afectadas por los ficheros podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la unidad o servicio que para cada fichero automatizado se determina en el Anexo II de esta Resolución.

Disposiciones finales:

Primera. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

Los ficheros automatizados relacionados en el Anexo I de esta Resolución serán notificados a la Agencia de Protección de Datos por la Secretaría General de la Agencia Andaluza de la Energía, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto, de una copia de la presente disposición.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de enero de 2008.- El Director General, Francisco José Bas Jiménez.

ANEXO I

LISTADO DE FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL DE LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGIA

1. Prosol.

2. Renove.

3. Tres órdenes.

4. Usuarios Herramientas Gestión Energética.

5. Usuarios Portal Agencia Andaluza de la Energía.

6. Contactos Intranet.

7. Selección de personal.

8. Nóminas.

9. Gestor Corporativo y Personal.

10. Control de presencia.

ANEXO II

CREACION DE NUEVOS FICHEROS DE LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGIA

Fichero 1: Prosol:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la concesión de incentivos del programa Prosol para la promoción de instalaciones de energías renovables. El fichero será utilizado en la tramitación de dichos incentivos.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Solicitantes y beneficiarios de los incentivos y empresas instaladoras.

e) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través de los propios interesados mediante transmisión electrónica y formularios en soporte papel y electrónico.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (Antiguo Pabellón de Portugal), s/n, 1.ª planta, Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 2: Renove:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la resolución, pago y resumen de los incentivos del programa Renove de electrodomésticos de Andalucía. El fichero será utilizado en la tramitación de dichos incentivos.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Beneficiarios de los incentivos y comercios colaboradores.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través de los propios interesados mediante transmisión electrónica y formularios en soporte papel y electrónico.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía.

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), s/n, 1.ª planta, Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 3: Tres Ordenes:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la concesión de incentivos. El fichero será utilizado en la tramitación de dichos incentivos.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Solicitantes y beneficiarios de los incentivos.

e) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado mediante formularios en soporte papel.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

Datos económico-financieros y de seguros.

Datos de transacciones.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 4: Usuarios Herramientas Gestión Energética:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la relación de usuarios de las aplicaciones de gestión energética de la Agencia Andaluza de la Energía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas externas a la organización que soliciten el acceso a las herramientas de gestión energética.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado en encuestas o entrevistas por vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 5: Usuarios Portal Agencia Andaluza de la Energía:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es gestionar la relación de usuarios con acceso a la documentación publicada en el portal web de la Agencia Andaluza de la Energía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas externas a la organización que soliciten el acceso a la documentación facilitada por la Agencia Andaluza de la Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado mediante transmisión por medios informáticos y en soporte electrónico.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 6: Contactos Intranet:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es mantener una agenda de particulares e instituciones privadas con las que la Agencia Andaluza de la Energía ha establecido relación en el desarrollo de su actividad. El fichero será utilizado para gestionar la comunicación de actividades y eventos promovidos por Agencia Andaluza de la Energía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Contactos y representantes de empresas, industrias y edificios.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio interesado, en el ejercicio de sus funciones, mediante su tarjeta de presentación de la institución a la que representa o mediante la transmisión por medios informáticos de los datos en formularios, soporte papel y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

Datos de detalle de empleo.

Datos de información comercial.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía.

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 7: Selección de personal:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es la selección de personal para satisfacer las demandas de empleo que surgen en la Agencia Andaluza de la Energía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Todas las personas que tengan la iniciativa de participar en los procesos de selección de personal realizados por la Agencia Andaluza de la Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través de los propios interesados mediante formularios, transmisión electrónica de datos en soporte papel y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos especialmente protegidos.

Datos identificativos.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé la cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía.

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Alto.

Fichero 8: Nóminas:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es la gestión de los recursos humanos de la Agencia Andaluza de la Energía en la elaboración de nóminas y la obtención de los ficheros destinados a la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y entidades de crédito pagadoras.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal de la Agencia Andaluza de la Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través de los propios interesados en formularios y solicitudes en soporte papel.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos especialmente protegidos.

Datos identificativos.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros y de seguros.

e) Cesión de datos prevista: A la Agencia Tributaria a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, resumen anual de retenciones e ingresos al Instituto de la Seguridad Social y a la entidad bancaria pagadora.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Alto.

Fichero 9: Gestor Corporativo y Personal:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es la gestión integral de la administración de la Agencia Andaluza de la Energía. El fichero se utiliza en la gestión de la contabilidad, facturación, nóminas, asignación de recursos y flujo de comunicación en el desarrollo de la actividad laboral.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal de la Agencia Andaluza de la Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Datos comunicados por los propios interesados en encuestas o entrevistas, formularios y solicitudes en soporte papel, electrónico y vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalle de empleo.

Datos económico-financieros y de seguros.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé la cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía.

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

Fichero 10: Control de Presencia:

a) Finalidad y usos: La finalidad del fichero es el seguimiento y control de la asistencia al trabajo, cumplimiento del horario y la gestión de permisos y vacaciones del personal de la Agencia Andaluza de la Energía.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal de la Agencia Andaluza de la Energía.

c) Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: A través del propio personal, automatizado desde el reloj y mediante formularios por vía telemática.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos identificativos.

Datos de características personales.

e) Cesión de datos prevista: No se prevé cesión de datos.

f) Responsable: Agencia Andaluza de la Energía.

g) Servicios o Unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando proceda: Agencia Andaluza de la Energía, C/ Isaac Newton, 6 (antiguo Pabellón de Portugal), Sevilla 41092.

h) Medidas de seguridad con indicación de nivel básico, medio o alto exigible: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Básico.

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