Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 25/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura.

Resolución de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve incoar procedimiento de modificación de la de 7 de enero de 2004, por la que se inscriben colectivamente, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, cuarenta y cuatro inmuebles del patrimonio industrial relacionado con la minería de los siglos XIX y XX en la provincia de Almería.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artícu-

lo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre Protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el ar-

tículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.2 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar, tramitar y resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Entre los bienes inmuebles del siglo XIX y XX del patrimonio industrial relacionados con la minería en Almería, objeto de la inscripción genérica colectiva de 7 de enero de 2004 en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, se incluyó, como inmueble número 33, el bien denominado Estación de descarga y embarcadero del ferrocarril minero Bédar-Garrucha, situado en el término municipal de Mójacar

El inmueble, construido en 1894, constaba de un edificio donde se cargaba y descargaba la mercancía mediante una gigantesca tolva y de varios muelles auxiliares, instalaciones necesarias para el transporte del mineral extraído, y todas ellas representativas de importantes valores de carácter histórico, etnológico, social, paisajístico, científico y técnico.

Con posterioridad a la inscripción en el Catálogo General el conjunto del Cargadero de Garrucha ha sido parcialmente demolido en desarrollo de un Plan Parcial de urbanización, actuación sometida al oportuno procedimiento penal, no obstante, dadas las nuevas circunstancias que concurren en dicho Bien, procede modificar la resolución de referencia para concretar, ajustar y describir los límites y características del mismo.

Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero

RESUELVO

Primero. Incoar procedimiento de modificación de la resolución de 7 de enero de 2004 por la que se inscriben colectivamente, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, cuarenta y cuatro inmuebles del patrimonio industrial relacionado con la minería de los siglos XIX y XX en la provincia de Almería, en lo referente al inmueble número 33 que corresponde al bien denominado Estación de descarga y embarcadero del ferrocarril minero Bédar-Garrucha, situado en el término municipal de Mojácar, tal como figura en el Anexo de la presente resolución.

Segundo. Proceder a la anotación preventiva de la modificación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tercero. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2007.- El Director General,

Jesús Romero Benítez.

ANEXO

Inmueble núm. 33.

Denominación: Tolva del cargadero de mineral del ferrocarril minero Bédar-Garrucha.

Término municipal: Mojácar. Municipio: Garrucha. Paraje: Playa de Marina de la Torre.

Partes de que consta el Bien.

La delimitación se ciñe al cargadero o tolva , dado que los muelles y elementos auxiliares han sido destruidos.

Uso actual: Abandonado. En estos momentos está incluido en un Plan Parcial de urbanización residencial, hotelero y comercial del municipio. El inmueble se ubica en la zona libre de este complejo, en el que se está llevando a cabo un acerado en torno al mismo.

Delimitación: Referencia Catastral 04064A00509009.

Período histórico: Edad Contemporánea.

Descripción del Bien:

Se trata de los restos de una antigua estación de descarga y embarcadero del ferrocarril minero Bédar-Garrucha. Fue construido en 1894 para el servicio de las minas de hierro de Bédar. Dicha edificación consistía en un terraplén de obra sobre el cual se hallaba un largo puente metálico colocado sobre pilotes. Tras la descarga de los vagones, el mineral caía a ambos lados y allí era depositado. Para el embarque se utilizaban unas vías Decaville sobre las que circulaban unas vagonetas que conducían el mineral hasta unos pequeños muelles desde los cuales era embarcado finalmente en gabarras.

En la actualidad, sólo se conserva la obra de mampostería que compone la tolva del cargadero de mineral y la rampa de acceso al mismo.

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