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Expte. núm. D/01/07.
Visto el expediente núm. D/01/07 de amojonamiento del monte «Coto Alarcón», código de la Junta de Andalucía MA-10029-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y ubicado en el término municipal de Alhaurín de la Torre, provincia de Málaga, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, resultan los siguientes
HECHOS
1. El expediente de amojonamiento del monte «Coto Alarcón» surge ante la necesidad de colocar hitos con valor administrativo en todo el tramo de perímetro exterior, comprendido entre los piquetes del 1 al 64, ambos inclusive, cuyo deslinde fue aprobado por Orden de 19 de julio de 2004.
2. Se autoriza el inicio de amojonamiento administrativo de dicho monte mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 17 de diciembre de 2007 y habiéndose acordado que las operaciones de amojonamiento se realizasen por el procedimiento recogido en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y el Título IV, sobre amojonamiento, del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, en virtud de lo establecido en su artículo 145.
3. Los trabajos materiales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 15 de enero de 2008, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 28, de 8 de febrero de 2008, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 28, de 28 de febrero de 2008, y tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Alhaurín de la Torre y Torremolinos.
4. Durante el día 11 de marzo de 2008 se realizaron las operaciones de amojonamiento colocando un total de sesenta y cuatro hitos, con las iniciales MP y junto a estas el número de hito correspondiente.
5. En la correspondiente acta se recogieron las manifestaciones efectuadas por los asistentes al acto. Mostraron la conformidad con la ubicación y colocación de los hitos:
- Don Arturo Aguilar Carrasco, en representación de don Francisco Luque y otros.
- Don Juan Donaire Donaire, en representación propia y de don Rafael Donaire Donaire.
- Doña María Belén García Capilla, en representación de don Juan Victoriano García Fernández.
- Don Juan de Dios Donaire Ordóñez, en representación de don Francisco Donaire Ordóñez.
- Don Miguel Sánchez Moreno, en representación de doña María Josefa Carrasco Rocha.
Y mostraron su disconformidad:
- Doña Josefa Solero Becerra manifiesta disconformidad con el deslinde practicado en su día y se reitera declarando que el carril que transcurre entre los hitos 10 al 12 queda dentro de la titularidad de su finca. Don Lázaro Solero Becerra, manifiesta disconformidad al igual que su hermano.
- Don Juan Pérez Garrido, en representación de doña Cristina y don José Pérez Díaz, sigue manifestando la disconformidad con los hitos 22 y 23. Manifestando que tiene interpuesto un recurso contencioso-administrativo sobre el deslinde aprobado y firme.
No procedía la admisión de este tipo de reclamación al versar sobre el deslinde anterior, solamente pudiendo admitirse las reclamaciones contra la práctica del amojonamiento o colocación de los mojones. Una vez aprobado y firme el deslinde se declara el Estado Posesorio del monte, con carácter definitivo, a reserva de los que resulte del juicio ordinario declarativo de propiedad.
Es por esta razón por lo que en el expediente de amojonamiento no se pueden discutir los linderos que han quedado definidos en el deslinde previo, quedando expedita la vía judicial pertinente.
6. El emplazamiento de cada uno de los hitos que determinan el perímetro del monte se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos, registros topográficos e Informe del Ingeniero Operador que obran en el expediente.
A los anteriores hechos les resulta de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía; Reglamento de Montes, de 22 de febrero de 1962; y Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los informes favorables a la realización del presente amojonamiento evacuados por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, siendo que el procedimiento se ha ajustado a lo prescrito legalmente por la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, la Ley de Montes de 22 de noviembre de 2003, Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y disposiciones concordantes; y a la vista de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica en parte la anterior, esta Consejería
RESUELVE
Primero. Aprobar el expediente de amojonamiento del monte público «Coto Alarcón», código de la Junta de Andalucía MA-10029-JA, en el tramo del perímetro exterior comprendido entre los hitos 1 al 64, ambos inclusive, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía y ubicado en el término municipal de Alhaurín de la Torre en la forma en que ha sido realizado por el Ingeniero Operador y según se detalla en las Actas, Planos e Informes técnicos que obran en el expediente y en el Registro topográfico que se incorpora en el Anexo de la presente Orden.
Segundo. Que sea inscrita dicha Aprobación en el Registro de la Propiedad, en virtud de lo establecido en el artículo 148.2 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de agosto de 2008
maría cinta castillo jiménez
Consejera de Medio Ambiente
ANEXO
REGISTRO TOPOGRÁFICO
COORDENADAS UTM
COORDENADAS DEL TRAMO DE AMOJONAMIENTO | ||
HITO | COORD. X | COORD. Y |
1 | 360382,273 | 4057128,741 |
2 | 360437,343 | 4057154,847 |
3 | 360431,910 | 4057192,476 |
4 | 360432,048 | 4057216,696 |
5 | 360459,388 | 4057217,980 |
6 | 360479,105 | 4057214,761 |
7 | 360494,530 | 4057211,444 |
8 | 360544,194 | 4057220,589 |
9 | 360598,387 | 4057246,691 |
10 | 360651,959 | 4057234,296 |
11 | 360670,655 | 4057163,985 |
12 | 360770,265 | 4057157,098 |
13 | 360771,798 | 4057148,992 |
14 | 360811,276 | 4057143,894 |
15 | 360836,073 | 4057124,250 |
16 | 361004,247 | 4057060,558 |
17 | 361014,493 | 4057068,625 |
18 | 360962,691 | 4057110,534 |
19 | 360919,202 | 4057160,241 |
20 | 360882,417 | 4057175,240 |
21 | 360876,823 | 4057258,527 |
22 | 360958,896 | 4057342,422 |
23 | 361035,767 | 4057378,507 |
24 | 361112,506 | 4057373,621 |
25 | 361161,078 | 4057339,968 |
26 | 361151,654 | 4057307,668 |
27 | 361221,973 | 4057250,018 |
28 | 361251,245 | 4057285,107 |
29 | 361246,930 | 4057335,899 |
30 | 361261,887 | 4057351,249 |
31 | 361297,117 | 4057356,045 |
32 | 361339,330 | 4057330,630 |
33 | 361391,155 | 4057398,203 |
34 | 361415,431 | 4057397,221 |
35 | 361451,252 | 4057396,043 |
36 | 361520,582 | 4057386,163 |
37 | 361597,315 | 4057335,938 |
38 | 361638,320 | 4057330,890 |
39 | 361704,593 | 4057282,233 |
40 | 361775,722 | 4057341,096 |
41 | 361823,784 | 4057331,061 |
42 | 362667,840 | 4056245,774 |
43 | 362678,038 | 4056240,180 |
44 | 362595,340 | 4056206,210 |
45 | 362516,890 | 4056236,534 |
46 | 362406,165 | 4056240,912 |
47 | 362394,553 | 4056212,729 |
48 | 362261,155 | 4056104,331 |
49 | 362247,182 | 4056015,105 |
50 | 362219,163 | 4055944,319 |
51 | 362215,101 | 4055897,982 |
52 | 362158,848 | 4055887,673 |
53 | 362111,853 | 4055870,797 |
54 | 362072,751 | 4055801,919 |
55 | 362150,914 | 4055677,198 |
56 | 362134,842 | 4055615,754 |
57 | 362063,635 | 4055585,628 |
58 | 362037,661 | 4055576,496 |
59 | 362011,964 | 4055515,313 |
60 | 361979,659 | 4055476,873 |
61 | 361217,488 | 4055893,267 |
62 | 360555,200 | 4056645,906 |
63 | 360551,520 | 4056765,310 |
64 | 360361,964 | 4057013,322 |