Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 17/09/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de julio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 34/2001. (PD. 3347/2008).

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NIG: 2906742C20000006402.

Procedimiento: Ejecutivos 34/2001. Negociado: 4.

De: BBVA.

Procuradora: Sra. Marta García Solera.

Contra: Don Antonio Mancera Aranda, doña Carmen Martín Martín y doña Ana García Díaz.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Ejecutivos 34/2001 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia Siete de Málaga, a instancia de BBVA contra don Antonio Mancera Aranda, doña Carmen Martín Martín y doña Ana García Díaz, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Doña María Eugenia Hernández Ollero, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Málaga.

Doy fe: Que en los autos de Juicio Ejecutivo núm. 34/01, se ha dictado la siguiente resolución:

S E N T E N C I A

En Málaga, a tres de junio de dos mil tres.

La Sra. doña M.ª Teresa Sáez Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia Siete de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Ejecutivos 34/2001 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., con Procuradora doña Marta García Solera; y de otra como demandados don Antonio Mancera Aranda, doña Ana García Díaz y doña Carmen Martín Martín, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de los demandados don Antonio Mancera Aranda, doña Ana García Díaz y doña Carmen Martín Martín, hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto entero y cumplido pago al actor Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., de la cantidad de dos millones seiscientas cincuenta y siete mil cuatrocientas ochenta y cinco pesetas (2.657.485 ptas.), más los intereses de mora devengados conforme a lo pactado por las partes en la póliza suscrita y las costas causadas y que se causen hasta su total y completo pago que, preceptivamente se imponen a los demandados. Dada su rebeldía, notifíquesele esta sentencia personalmente, si así lo solicita la parte actora en término de quinto día, y en otro caso, por edicto, en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese a las partes, advirtiéndole a las mismas que contra ella puede interponer recurso de apelación en ambos efectos, ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial en el término legal de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la llma. Sra. Magistrada-Juez de Primera Instancia que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Lo anteriormente inserto concuerda exacta y fielmente con su original al que me remito y para que conste donde proceda, expido el presente que firmo en Málaga a tres de junio de dos mil tres.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Antonio Mancera Aranda, doña Carmen Martín Martín y doña Ana García Díaz, extiendo y firmo la presente en Málaga, a treinta de julio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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