Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 19/09/2008

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Edicto de 29 de agosto de 2008, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se notifica resolución sobre extinción y cantidad indebidamente percibida de prestación LISMI (Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos).

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No habiéndose podido notificar a la persona que se relaciona en el domicilio que también se indica los actos administrativos por los que se extinguía el derecho a la prestación LISMI (Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos) y en la que se le concedía un plazo de quince días para interponer reclamación. De no realizar reclamación alguna en el plazo antes indicado, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, devendrá definitiva y, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo anterior, podrá interponer recurso de alzada, de conformidad con el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAP y del PAC.

Se publica el presente edicto para que sirva de notificación, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (BOE del 27), significándole que dichos plazos se contarán a partir del siguiente al de la publicación de este edicto.

No obstante, en el supuesto de estar conforme con los términos de la citada Resolución, puede efectuar el ingreso de las cantidades percibidas indebidamente en la Entidad bancaria que a continuación se indica, remitiendo a esta Delegación Provincial copia del documento de abono o de la transferencia efectuada.

Caja de Madrid. 2038-Sucursal 9801.

C/ Paseo de Almería, 55, Almería.

Cuenta de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Cuenta de Recursos Diversos Provincial.

C/C núm. 2038-9801-71-6000148710.

Transcurrido el plazo de un mes desde que la notificación de la Resolución se convirtió en definitiva, sin haber interpuesto recurso o resuelto el recurso de alzada, siempre que esta Delegación Provincial no tenga conocimiento de que haya efectuado el ingreso de la cantidad adeudada, se remitirá, en su caso, el expediente a la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda para que inicie el procedimiento de reintegro, de acuerdo con la Orden Ministerial de 23 de julio de 1996, sobre atribución de competencias en materia de procedimiento de recaudación de ayudas y subvenciones públicas.

Doña Agustina Sánchez Gázquez.

DNI: 23.189.111.

El Cabezo

04820 Vélez Rubio -Almería.

Expte.: 04/00001927/1987.

Percibido indebidamente: 299,72 euros.

Almería, 29 de agosto de 2008.- El Delegado, Luis López Jiménez.

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