Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 18 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real del Mesto", tramo desde la antigua Estación del Collado, hasta el Cerro del Mirador, en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén.

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Examinado el expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Cañada Real del Mesto", tramo desde la antigua Estación del Collado, hasta el Cerro del Mirador, en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Guarromán, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 7 de junio de 1951, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 18 de junio de 1951, con una anchura legal de 75,22 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 14 de julio de 2006, se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria "Cañada Real del Mesto", tramo desde la antigua Estación del Collado, hasta el Cerro del Mirador, en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén, vía pecuaria que forma parte de la Red de Vías Pecuarias que configuran la Red Verde Europea del Mediterráneo (REVERMED), que permitirá al mismo tiempo, tanto una oferta de itinerarios continuos de larga distancia, como de una malla local para los desplazamientos y el ocio de proximidad, que coadyuvará al incremento de la calidad de vida, y el desarrollo económico sostenible de los territorios rurales que atraviesa.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 28 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 245, de fecha de 24 de octubre de 2006.

A este acto de operaciones materiales no se presentaron alegaciones.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 125, de fecha 1 de junio de 2007.

A dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 23 de octubre de 2007.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Cañada Real del Mesto", tramo desde la antigua Estación del Collado, hasta el Cerro del Mirador, en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén, fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, "...el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...", debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, de fecha 21 de septiembre de 2007, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de octubre de 2007.

R E S U E L V O

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real del Mesto", tramo desde la antigua Estación del Collado, hasta el Cerro del Mirador, en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 3.290,68 metros lineales.

- Anchura: 75,22 metros lineales.

Descripción :

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 75,22 metros, la longitud deslindada es de 3.290,68 metros, la superficie deslindada de 247.375,64 m2, que en adelante se conocerá como "Cañada Real del Mesto", tramo que va desde la Antigua estación del Collado hasta el Cerro del Mirador, que linda :

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 18 de diciembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 18 DE DICIEMBRE DE 2007, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CAÑADA REAL DEL MESTO", TRAMO DESDE LA ANTIGUA ESTACION DEL COLLADO, HASTA EL CERRO DEL MIRADOR, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE GUARROMAN, PROVINCIA DE JAEN

Relación de coordenadas U.T.M de la vía pecuaria "Cañada Real del Mesto".

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 62)

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