Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 01/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 25 de septiembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos en el proceso de selección para la concesión de becas de formación e investigación, y se concede un plazo para la subasanción y presentación de documentación.

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Mediante Orden de 31 de julio de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 168, de 25.8.08), se regula la concesión de becas de formación e investigación y se convocan becas para el ejercicio 2008.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 6.3 y 8.5, así como en la disposición adicional primera.6 de la referida Orden, esta Secretaría General Técnica

RESUELVE

1.º Aprobar y hacer pública la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, en el procedimiento de selección de las becas de formación e investigación de la Consejería de Economía y Hacienda, convocadas mediante Orden de 31 de julio de 2008.

2.º Conceder un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para la subsanación de las solicitudes y para presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia del título académico exigido en la convocatoria o, en el supuesto de no disponer del mismo, fotocopia de la certificación acreditativa de haberlo solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades y de Investigación.

b) Fotocopia de la certificación del expediente académico de la persona solicitante con las calificaciones obtenidas, así como con la fecha de finalización de los estudios, referidos a la titulación requerida por la convocatoria.

c) Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos alegados, relativos a la formación recibida y experiencia que pudiera tener en la materia objeto de la beca.

En las fotocopias indicadas en las letras anteriores la persona solicitante deberá hacer constar que: «es copia fiel del original».

Si la persona interesada no realizase la subsanación o no presentase la documentación en dicho plazo, y ello afecta a requisitos imprescindibles para la adjudicación de la beca, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No serán valorados los méritos alegados que no se acrediten documentalmente en el plazo indicado.

3.º La documentación mencionada podrá presentarse, preferentemente en el Registro General de la Consejería de Economía y Hacienda y en los registros de sus Delegaciones Provinciales, o en cualquiera de los registros y oficinas referidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4.º El contenido íntegro del acto estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en la calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n, edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, en el de sus Delegaciones Provinciales, así como en la página principal de acceso al portal web de la Consejería de Economía y Hacienda: http://www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de septiembre de 2008.- El Consejero de Economía y Hacienda, P.D. (Orden 31.7.2008), el Secretario General Técnico, Luis Nieto Ballesteros.

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