Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 02/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Orden de 19 de septiembre de 2008, por la que se modifica parcialmente el Anexo I de la de 25 de septiembre de 2007, de concesión de subvenciones en materia de arquitectura y vivienda.

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Vista la solicitud presentada por doña María López de Asiain Alberich, de ampliación de plazo de ejecución del proyecto de investigación «Sistema de Indicadores de Arquitectura y Urbanismo Sostenible para Andalucía», resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECH0

Primero. Mediante Orden de fecha 25 de septiembre de 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 203, de 16 de octubre de 2007, se concedió a doña María López de Asiain Alberich una subvención, relacionada en el Anexo I de la citada Orden, por un importe de 60.100,00 euros para el concepto que se indica: «Sistema de Indicadores de Arquitectura y Urbanismo Sostenible para Andalucía», con un plazo de ejecución de 12 meses, imputándose la subvención a los ejercicios económicos 2007 y 2008.

Segundo. Con fecha 4 de junio de 2008, por doña María López de Asiain Alberich, se presenta escrito solicitando la ampliación del plazo de ejecución del trabajo de investigación de 12 meses inicialmente concedido.

Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, con fecha 22 de julio de 2008, se ha emitido el correspondiente informe en el que se analizan los motivos alegados por el beneficiario y el incremento de plazo previsto, considerando suficientemente justificado el aplazamiento solicitado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio es competente para resolver sobre la solicitud presentada, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y en el artículo 19 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 110 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Tercero. El procedimiento a seguir para la modificación de la Resolución de concesión de subvenciones es el previsto en el artículo 19 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y en la Instrucción conjunta de 26 de octubre de 2004, de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de la Administración Electrónica y Calidad de los Servicios.

A la vista de lo expuesto en el antecedente de hecho segundo, en el presente caso se dan las circunstancias y se consideran suficientes para acceder a la ampliación del plazo solicitada de conformidad con lo dispuesto en el artículo anteriormente citado.

Considerando los hechos expuestos y los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Consejería

ACUERDA

Único. Modificar el plazo de ejecución otorgado en el Anexo I de la Orden de 25 de septiembre de 2007, de concesión de subvención a doña María López de Asiain Alberich para el proyecto de investigación denominado «Sistema de Indicadores de Arquitectura y Urbanismo Sostenible para Andalucía», en el sentido de ampliar dicho plazo de ejecución hasta el 16 de diciembre de 2008.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, ante el Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, o interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, ante el órgano jurisdiccional competente, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 19 de septiembre de 2008

JUAN ESPADAS CEJAS

Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio

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