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Por el Ayuntamiento de Córdoba fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de 1.000 m2 de superficie, situada actualmente en la Avenida de la Cruz de Juárez, s/n, de dicha localidad, con destino a Centro de Salud.
Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita, que permitirá mejorar el dispositivo de asistencia sanitaria, y redundará en beneficio de la población de Córdoba y áreas próximas.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 16 de septiembre de 2008,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita ofrecida por el Ayuntamiento de Córdoba de una parcela de 1.000 m2 de superficie, sita en la avenida de la Cruz de Juárez, s/n, con destino a Centro de Salud y cuya descripción registral es la siguiente:
Parcela A-2 de la Unidad de Actuación SR-10 «Santa Rosa» del PGOU de Córdoba, con superficie de 1.000 m2 y destinada a Centro de Salud. Linda: Oeste, con fachada en la Avenida de la Cruz de Juárez; Este, con parcela 63 de la Avenida de los Almogávares, con C y D y con edificación de la avenida de la Cruz de Juárez; Norte, con parcela A-1 y parcela 63 de la avenida de los Almogávares; y Sur, con finca núm. 24 de la Avenida de la Cruz de Juárez.
Consta inscrita la finca en el Registro de la Propiedad núm. 7, de Córdoba, a favor del Ayuntamiento de dicha capital, al folio 6 del tomo 1468, libro 733, finca núm. 41.117. Referencia catastral: 3563817UG4936S0001GB.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del inmueble cedido gratuitamente, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud, con destino a Centro de Salud.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 16 de septiembre de 2008
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda
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