Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 07/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 23 de octubre de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se hace pública la relación del mes de junio de 2008, de beneficiarios de la Ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente al personal destinado en los servicios periféricos de la provincia de Huelva.

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Concluido el proceso de comprobación de requisitos de las solicitudes de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», presentadas por el personal destinado en los Servicios periféricos de la provincia de Huelva, procede exponer, para conocimiento de los mismos, la relación de beneficiarios del mes de junio de 2008 (solicitudes y reclamaciones presentadas durante el mes de junio de 2008), con indicación de las cantidades concedidas.

Conforme al D. 200/2004, de 11 de mayo, en la redacción vigente introducida por el número 8 del artículo único del D. 132/2005, resulta inicialmente competente la Dirección General de Inspección y Evaluación -art. 14 de la norma citada-, por haber asumido cuantas en materia de acción social se atribuían al del Director General de la Función Pública en materia de acción social con anterioridad a la reforma organizativa operada por el D. 200/04 que derogó el Decreto 139/2000, el D.121/2002, y la Orden de 27 de mayo de 2002, que publicaba el texto íntegro de ambos Decretos y, en lo que afecta al caso, las expresadas en la Orden de 18 de abril de 2001, por la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. El ejercicio delegado de las competencias, por así disponerlo tanto el art. 6 del referido Reglamento como la Disposición Adicional Segunda de la Orden que lo soporta, corresponde a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia, la Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), en relación con el Decreto 132/2005, de 24 de mayo (BOJA núm. 102, de 27 de mayo), que establece la estructura orgánica de esta Consejería.

Visto lo anterior,

D I S P O N G O

Primero. Publicar las relaciones de beneficiarios y excluidos provisionalmente del mes de junio de 2008 (solicitudes y reclamaciones presentadas durante el mes de junio de 2008), con indicación de las cantidades concedidas y en su caso de los motivos de exclusión de la ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente al personal destinado en los servicios periféricos de la provincia de Huelva.

A tales efectos, los listados podrán ser examinados por los interesados, en la parte que les concierne, en las dependencias de la Sección de Acción Social, Servicio de Administración Pública, de la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Huelva, C/ Vázquez López, 4, 4.ª planta, de Huelva.

Segundo. Conceder un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen oportunas contra el listado provisional de excluidos y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en la solicitud y/o en la documentación preceptiva.

Por el contrario, si Vd. no estuviese de acuerdo, puede hacer lo siguiente: Como el presente acto no pone fin a la vía administrativa, en caso de que sea personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía laboral conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 69 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral. En el supuesto de que Vd. fuese personal funcionario o no laboral podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública o ante la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública en Huelva. Tanto en un caso como en el otro puede hacer uso de su derecho a presentar la documentación en cualesquiera de los registros administrativos a que se refiere el art. 38.4 de la citada Ley 30/1992.

Huelva, 23 de octubre de 2008.- El Delegado, P.D. (D. Gral. Inspección y Evaluación, art. único, parr. 8, del D. 132/2005 en relación con D.A. 2.ª, Orden de 18 de abril de 2001), Darío Canterla Muñoz.

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