Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 14/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 20 de octubre de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos», tramo II, 800 metros comprendidos entre el Camino de San Silvestre en el Paraje «Hoyo de los Hornos» hacia la «Pasada de los Serranos», en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva. VP@1493/06.

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos», tramo II, 800 metros comprendidos entre el Camino de San Silvestre en el Paraje «Hoyo de los Hornos» hacia la «Pasada de los Serranos», en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, fue clasificada por Orden de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 20 de noviembre de 1981, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 297, de fecha 12 de diciembre de 1981, con una anchura legal de 37,61 metros.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 26 de julio de 2006, se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos», tramo II, 800 metros comprendidos entre el Camino de San Silvestre en el Paraje «Hoyo de los Hornos» hacia la «Pasada de los Serranos», en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, con motivo de la afección de las obras contempladas en el Plan de Mejora de Accesibilidad, Seguridad Vial y Conservación en la Red de Carreteras de Andalucía (Mascerca), Fase I, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la vía pecuaria de referencia.

Mediante la Resolución de fecha 17 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, se acuerda la ampliación del plazo fijado para dictar la resolución del presente expediente de deslinde durante nueve meses más, notificándose a todos los interesados tal como establece el artículo 49 de la Ley 30/1992.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 16 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 177, de fecha 18 de septiembre de 2006.

A esta fase de operaciones materiales no se presentaron alegaciones.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 121, de fecha 22 de junio de 2007.

A dicha Proposición de Deslinde no se presentaron alegaciones.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 9 de junio de 2008.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en la Resolución del Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2008 y en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Cordel de Portugal o del Camino Castillejos» ubicada en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, de fecha 31 de marzo de 2008, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 9 de junio de 2008,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos», tramo II, 800 metros comprendidos entre el Camino de San Silvestre en el Paraje «Hoyo de los Hornos» hacia la «Pasada de los Serranos», en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

- Longitud deslindada: 800,98 metros lineales.

- Anchura: 37,61 metros lineales.

Descripción registral: Finca rústica, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, de forma rectangular alargada, con una anchura de 37,61 m y 800,98 m de longitud, con una superficie total deslindada de 30.125,01 m2, que en adelante se conocerá como «Cordel de Portugal» o «del Camino de Castillejos», lindando:

- Al Norte con:

El Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre (14/9004); María Luisa, S.A., Explotaciones Agropecuarias (14/45); Agencia Andaluza del Agua (14/9008) y María Luisa, S.A., Explotaciones Agropecuarias (14/47).

- Al Sur con:

El Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre (14/9002); María Luisa, S.A., Explotaciones Agropecuarias (14/45); Agencia Andaluza del Agua (14/9008) y María Luisa, S.A., Explotaciones Agropecuarias (14/47).

- Al Este con:

Vázquez Limón, Ana Cinta (14/44) y María Luisa, S.A., Explotaciones Agropecuarias (11/1) y con la continuación de la presente vía pecuaria: «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos».

- Al Oeste con:

Torreagro, S.A. (14/33); Maya Díaz, Gregoria (14/15) y con la continuación de la presente vía pecuaria: «Cordel de Portugal o del Camino de Castillejos».

R
VÉRTICE COORDENADA X COORDENADA Y
1 D 136035.1198 4152010.7012
2 D 135991.3113 4152000.7807
3 D 135845.7882 4152088.5818
4 D 135802.6112 4152110.7962
5 D 135734.6026 4152125.7315
6 D 135676.7589 4152133.6960
7 D 135631.9380 4152123.9696
8 D 135582.9215 4152107.5642
9 D 135534.7344 4152118.6647
10 D 135488.4647 4152140.1324
11 D 135453.1970 4152154.4531
12 D 135436.6489 4152157.8055
13 D 135401.3217 4152158.8738
14 D 135370.5551 4152173.4218
15 D 135326.5349 4152186.6045
16 D 135290.5934 4152199.0236
17 D 135282.8476 4152198.7770
1 I 136026.8133 4152047.3825
2 I 135997.7744 4152040.8066
3 I 135864.1271 4152121.4424
4 I 135815.4624 4152146.4802
5 I 135741.2117 4152162.7863
6 I 135675.2914 4152171.8629
7 I 135621.9518 4152160.2879
8 I 135581.0357 4152146.5936
9 I 135547.0026 4152154.4336
10 I 135503.4630 4152174.6346
11 I 135464.0996 4152190.6184
12 I 135440.9821 4152195.3017
13 I 135410.3035 4152196.2294
14 I 135384.0650 4152208.6362
15 I 135338.0763 4152222.4085
16 I 135296.3247 4152236.8352
17 I 135281.6507 4152236.3680

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos.

Sevilla, 20 de octubre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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