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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 8 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas y para la financiación de gastos corrientes a organizaciones sindicales, recuperación de la memoria histórica y mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz (BOJA de 13 de abril de 2007), esta Dirección General hace público lo siguiente:
Primero. Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, se ha acordado la propuesta de resolución provisional de las solicitudes formuladas por los Ayuntamientos, Universidades públicas de Andalucía y entidades sin ánimo de lucro de subvenciones para desarrollar las medidas previstas en el Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra en la que se relacionan las solicitudes presentadas que reúnen los requisitos exigidos, con las cuantías de las subvenciones a conceder, aquellas que no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria y las solicitudes que pudieran ser susceptibles de reformulación.
Segundo. Los interesados que pueden ser beneficiarios y no lo hayan efectuado, deberán aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Orden reguladora en el plazo de 10 días hábiles y, además, su aceptación a los compromisos y condiciones de la subvención, en el plazo de 15 días naturales, cumplimentando para este último trámite el documento de Aceptación de Subvención que figura en el Anexo 5 de la propuesta de resolución provisional.
Tercero. El contenido íntegro de dicha propuesta estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sita en la Plaza de la Gavidia, 10, de Sevilla, en los tablones de cada una de sus Delegaciones Provinciales y en la página web de la Consejería (http://www.cjap.junta-andalucia.es), a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Los plazos establecidos en dicha Resolución se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de noviembre de 2008.- La Directora General, Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro.
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