Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 03/12/2008

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 25 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Función Pública, por la que se abre plazo para que los aspirantes que han superado la fase de oposición para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores Generales, especialidad Administradores de Gestión Financiera, presenten el autobaremo de sus méritos y aporten la documentación acreditada de los mismos.

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Publicados el listado de opositores que han superado el ejercicio de la fase de oposición por la Comisión de Selección de las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Administradores Generales, especialidad Administradores de Gestión Financiera, convocadas por Orden de esta Consejería de 3 de junio de 2008, procede dar cumplimiento a la base séptima de dicha Orden.

En su virtud esta Dirección General de la Función Pública ha resuelto:

Primero. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición disponen de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar el autobaremo de sus méritos y el/los separador/es de documentos en los modelos que figuran como Anexo de la presente, así como la documentación acreditativa de los méritos conforme al baremo establecido en el apartado 3 de la base tercera de la Orden de 3 de junio de 2008.

Segundo. Los méritos habrán de ir referidos al día de publicación en el BOJA de las Orden referida en el punto anterior, debiendo consistir la documentación acreditativa de los mismos en fotocopias debidamente compulsadas. Aquellos participantes que aleguen méritos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía quedarán exentos de la justificación documental de estos, pero tendrán que presentar, debidamente cumplimentado, tanto el Anexo de autobaremo como el/los separador/es de documentos que se publican como Anexos de la presente Resolución.

Aquellos participantes que aleguen méritos cuya acreditación documental haya sido aportada en algún proceso selectivo para ingreso en Cuerpos de la Administración General de la Junta de Andalucía, a partir de la Oferta de Empleo Público de 2006, quedarán exentos de la justificación documental de los mismos pero tendrán que presentar, debidamente cumplimentado, tanto el Anexo de Autobaremo como el/los separador/es de documento/s incluyendo en el apartado RDT del/los separador/es la Referencia del Documento Telemático obtenido a través de la web del Empleado Público.

La documentación acreditativa de los méritos deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citen en el/los separador/es de documento/s.

Tercero. A los efectos de la presentación de los méritos, los aspirantes habrán de cumplimentar los siguientes documentos:

Anexo de autobaremo: Se indicará la puntuación que se otorga cada aspirante en cada uno de los apartados del baremo de méritos.

Anexo separador de documentos: Donde se relacionarán los documentos acreditativos de los méritos. Un mismo documento se relacionará una sola vez y se asociará a uno o más méritos según corresponda. Solo se presentará una única copia de cada documento. Existe un modelo separador para relacionar los documentos del 1 al 50 y, en caso de ser necesario relacionar más documentos, existe otro modelo para relacionar documentos del número 51 al 100.

Cuarto. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los aspirantes durante el plazo establecido en la presente Resolución.

A tales efectos:

Se entenderán autobaremados aquellos méritos debidamente puntuados en el Anexo de autobaremo.

Solo se entenderán alegados aquellos méritos asociados al correspondiente apartado del baremo en el separador de documentos.

Se entenderán acreditados aquellos méritos justificados con un documento aportado que aparezca debidamente numerado y relacionado en el/los separador/es de documento/s, salvo en los casos reseñados en el apartado segundo de la presente Resolución.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de noviembre de 2008.- El Director General, Manuel de la Plata Rodríguez.

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