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Por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Cádiz se ha dictado la Resolución administrativa y se ha emitido la carta de pago que abajo se cita en procedimiento sancionador seguido contra Relaciones Diversas, S.L.
Dada la imposibilidad de practicar la notificación personal de la misma y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de este anuncio se pone en conocimiento del interesado el siguiente acto administrativo:
- Procedimiento sancionador núm. 11/07-DG.
- Acto notificado: Resolución del procedimiento sancionador y carta de pago.
- Fecha del acto notificado: 14.7.08.
- Interesado: Relaciones Diversas, S.L. CIF: B-11690443.
-Hecho denunciado: Venta de bebidas alcohólicas el día 28.10.07, a las 2,30 horas.
- Lugar de la infracción: Discoteca Wors (calle Zaragoza, 18 de Jerez de la Frontera).
- Infracción: Venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años (art. 26.1.a) de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas, adicionado a la misma por la Ley 1/2001, de 3 de mayo).
- Tipificación: Grave (art. 37.3.a) de la Ley 4/97, en la redacción dada al mismo por la Ley 12/03, de 24 de noviembre).
- Sanciones: 3.001 euros.
- Carta de pago: Núm. 046221714602 0.
Se advierte al interesado que contra las citadas resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano administrativo en el plazo de un mes desde su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Asimismo, se le advierte que tales resoluciones son firmes en vía administrativa, y que deberá proceder al pago de las sanciones en período voluntario, dentro de los plazos siguientes:
- Si la publicación de la Resolución tuviese lugar entre los días 1 y 15 de cada mes, el importe de la sanción podrá hacerse efectivo hasta el día 20 del mes posterior o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
- Si la publicación de la Resolución tuviese lugar entre los días 16 y último de cada mes, el importe de la sanción podrá hacerse efectivo hasta el día 5 del segundo mes posterior o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Transcurridos los citados plazos sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda, para la iniciación del cobro por vía de apremio, con un recargo del 20%.
Se le indica también que en el Departamento de Régimen Jurídico de la Delegación Provincial (sito en plaza de Asdrúbal, núm. 6, de Cádiz), se encuentran a su disposición los citados expedientes.
Cádiz, 12 de noviembre de 2008.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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