Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 15/12/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de noviembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante del Procedimiento Verbal núm. 401/2008. (PD. 4221/2008).

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NIG: 2906742C20080007552.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 401/2008. Negociado: JA.

Sobre: Desahucio por falta de pago y reclamación de las rentas.

De: Doña Rosario Fernández Fernández.

Procuradora: Sra. María Trinidad Fernández Labajos.

Contra: Doña Francisca Florido García.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 401/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Rosario Fernández Fernández contra Francisca Florido García sobre Desahucio por falta de pago y reclamación de las rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 200

En la ciudad de Málaga, a 8 de octubre de 2008.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal número 401/08 seguidos como demandante por doña Rosario Fernández Fernández, representada por la Procuradora Sra. Fernández Labajos y asistida del Letrado/a Sr/a. Campos Acosta, y como demandada doña Francisca Florido García, declarada en legal situación de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña Rosario Fernández Fernández, representada por la Procuradora Sra. Fernández Labajos, contra doña Francisca Florido García, declarada en legal situación de rebeldía,

ACUERDO

1.º Condenar a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 4.197 euros en concepto de principal.

2.º Condenar, asimismo, a la demandada al pago a la actora de los intereses prevenidos en el FJ 1.º de esta resolución.

3.º Condenar a la demandada al pago a la actora de las costas causadas en las presentes actuaciones.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronunció mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Francisca Florido García, extiendo y firmo la presente en Málaga a diecinueve de noviembre de dos mil ocho.- El Secretario Judicial.

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