Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 17/12/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 18 de noviembre de 2008, por la que se aprueba el deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «El Encinarejo», código de la Junta de Andalucía CA-11022-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Benaocaz, provincia de Cádiz.

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Visto el expediente núm. MO/00007/2007 de deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «El Encinarejo», Código de la Junta de Andalucía CA-11022-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Benaocaz, provincia de Cádiz, instruido y tramitado por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en la provincia, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «El Encinarejo» surge ante la necesidad de determinar con exactitud el perímetro del monte, al objeto de proceder posteriormente a su amojonamiento.

2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de 22 de febrero de 2007 se aprobó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte. Habiéndose acordado que la operación se realizase por el procedimiento ordinario y conforme a lo dispuesto en el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, el anuncio de la Resolución de Inicio del deslinde es objeto de publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benaocaz, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 79, de 26 de abril de 2007, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 91, de 9 de mayo de 2007.

3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 16 de octubre de 2007, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado el citado extremo en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 155, de 10 de agosto de 2007, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 148, de 27 de julio de 2007, y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benaocaz. Para ello se tomó como base de trabajo:

- Inventario de fincas de la Comunidad de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente), listado según Sigma.

- Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias de Benaocaz (Cádiz).

- Información registral obtenida del Registro de la Propiedad de Ubrique.

- Datos aportados por el Catastro de rústica de la provincia de Cádiz en los términos municipales de Benaocaz, Grazalema, Ubrique y Villaluenga del Rosario.

- Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cádiz.

- Escrituras de compra-venta de los montes, obtenidas en la sección de Patrimonio de la Delegación de Medio Ambiente de Cádiz.

4. Durante los días 16, 17, 23, 24, 29, 30 y 31 del mes de octubre, día 17 del mes de diciembre, todos ellos del año 2007, y día 21 de enero del año en curso, se realizaron las operaciones materiales de deslinde parcial, colocando en todo el perímetro del monte un total de 430 piquetes de deslinde. Durante la sesión de apeo celebrada el día 30 de octubre de 2007 se formuló alegación por doña Almudena Estrada Cáliz, en nombre y representación del Alcalde del Ayuntamiento de Benaocaz.

5. Anunciado el inicio del período de exposición publica y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 81, de 30 de abril de 2008, y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 30 días, no se recibió reclamación alguna.

6. Una vez enviado el correspondiente informe sobre las alegaciones presentadas, junto con la propuesta de resolución del expediente, al Servicio Jurídico Provincial de Cádiz, este emite con fecha 2 de septiembre de 2008 el informe preceptivo, reflejándose en el mismo lo que a continuación se expone:

«… Por todo lo expuesto, se aprecia que se ha seguido el procedimiento legalmente previsto para llevar a cabo el deslinde del monte público, informándose en este favorablemente.»

7. Habida cuenta de que el emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos y registros topográficos que obran en el expediente.

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía; Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes; Ley de Montes, de 21 de noviembre de 2003; y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente de deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «El Encinarejo», código de la Junta de Andalucía CA-11022-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Benaocaz, provincia de Cádiz, de acuerdo con las Actas, Planos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y Registro Topográfico que se incorpora en el Anexo de la presente Orden.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que estando inscrita la Agrupación de Montes Públicos con los siguientes datos registrales:

Tomo Libro Folio Finca
« 357 25 21 206
« 357 25 22 332
« 114
43
10
6
97
22
132
566
« 73
52
8
5
158
222
725
466
« 100 9 4 754
« 73 8 140 722

Una vez firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se proceda a la inscripción del deslinde en el Registro de la Propiedad que corresponda, con cada uno de los piquetes del deslinde que se detallan en las diferentes actas que obran en el expediente y además, como lindes generales, las que a continuación se citan:

Denominación: «El Encinarejo».

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Superficie: 738,869 ha.

Término municipal: Benaocaz.

Límites: La agrupación de montes públicos «El Encinarejo» queda dividida geográficamente en cuatro parcelas diferentes, separadas físicamente entre ellas, cuyos linderos se describen como:

- Parcela 1: Grupo de Montes Públicos «Goargazal», «Jauletas» y «Encinarejo-Puerto Don Fernando».

Norte: Con el Monte público «Breña del Boyar», perteneciente a la Agrupación de Montes Públicos «Breña del Boyar y Apeadero del Hondón» propiedad del Ayuntamiento de Benaocaz y con la finca particular «Las Albarradas», del término municipal de Grazalema.

Sur: Arroyo Pajaruco.

Este: Fincas particulares denominadas «Dehesa de Dornajos», y «El Mitano».

Oeste: Fincas particulares denominadas «El Pajaruco», «Puerto Don Fernando» y «La Fuentezuela».

- Parcela 2: Monte Público «Mesa y Mesoncillo».

Norte: Fincas particulares denominadas «Dehesa de la Utrera» y con Monte Público «Breña del Boyar», perteneciente a la Agrupación de Montes Públicos «Breña del Boyar y Apeadero del Hondón», propiedad del Ayuntamiento de Benaocaz.

Sur: Fincas particulares «Dehesa de la Corca» y «La Herriza Aguilar».

Este: Finca particular denominada «La Fuentezuela» y Monte Público «El Crespo», perteneciente a la Agrupación de Montes Públicos «Breña del Boyar y Apeadero del Hondón», propiedad del Ayuntamiento de Benaocaz.

Oeste: Fincas particulares «La Cortina» y «La Herriza Aguilar».

- Parcela 3: Monte Público «Las Veredas».

Norte: Fincas particulares denominadas «La Herriza Aguilar» y «Dehesa de la Corca».

Sur: Arroyo Pajaruco.

Este: Finca particular denominada «Dehesa de la Corca», y Finca «El Pajaruco».

Oeste: Finca particular «Las Bodegas» y «El Acebuchal».

- Parcela 4: Monte público «Cintillo y Agua Nueva».

Norte: Finca particular «Agua Nueva», carretera Ubrique-Ronda, fincas particulares denominadas «La Prieta», «La Erilla de la Cebada», «Albinas», «La Maimona» y «Dehesa el Caos».

Sur: Cañada Real de los Pedernales a Villaluenga del Rosario y las fincas particulares denominadas «Rancho la Manga» y «El Saltillo».

Este: Monte Público «Tajos de Villaluenga», perteneciente a la Agrupación de Montes Públicos «Grupo del Caillo», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucia y ubicado en el término municipal de Villaluenga del Rosario y la finca particular denominada «Dehesa El Caos».

Oeste: Finca particular denominada «Dehesa el Herrizo».

En el siguiente cuadro se muestra un resumen de todo lo referente a superficies:

CABIDAS MONTE PÚBLICO
Parcela 1. Grupo de Montes Públicos
Parcela 2. Monte Público «Mesa y Mesoncillo»: 78,798 ha.
Parcela 3. Monte Público
Parcela 4. Monte Público «Cintillo y Agua Nueva
Superficie parcelas 1, 2, 3 y 4: 741,004 ha.
Superficie total pública parcelas 1, 2, 3 y 4 738,869 ha

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 18 de noviembre de 2008

María Cinta Castillo Jiménez

Consejera de Medio Ambiente

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