Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 04/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Resolución de 12 de diciembre de 2007, por la que se otorga una subvención excepcional al Consorcio Instituto Metropolitano del Taxi de Granada.

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Con fecha 11 de diciembre de 2006 se firmó el Convenio para la creación de un Area territorial de prestación conjunta del Taxi, entre la Junta de Andalucía, la Diputación provincial de Granada y los Ayuntamientos de Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Cijuela, Cúllar Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Las Gabías, Gójar, Güevéjar, Huétor Vega, Jun, Láchar, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente Pulianas, Santa Fé, Vegas del Genil, Víznar, y La Zubia.

La cláusula séptima de dicho Convenio establece que el Consorcio Instituto Metropolitano del Taxi de Granada se financiará mediante las aportaciones realizadas por las administraciones Consorciadas, las rentas de su patrimonio y cualesquiera otros ingresos que se les asignen en sus Estatutos.

Con fecha 23 de marzo de 2007 se han publicado en el BOJA número 59 los Estatutos del Consorcio, y de conformidad con el artículo 3 de los citados Estatutos, aprobados por Resolución de la Dirección General de la Administración Local de fecha 8 de marzo de 2007, el Consorcio se constituye con el objeto de articular la cooperación económica, técnica y administrativa de los Ayuntamientos y la Junta de Andalucía a fin de unificar la ordenación y gestión del servicio de taxi dentro del ámbito de los términos municipales de los municipios que lo componen.

Las aportaciones iniciales serán destinadas a los gastos de primer establecimiento y de funcionamiento, comprometiéndose la Junta de Andalucía a financiar el mismo, otorgando una subvención excepcional, que no excederá de 200.000 euros.

Con fecha 29 de noviembre de 2007, el Consorcio Instituto Metropolitano del Taxi de Granada presenta en esta Dirección General de Transportes solicitud de subvención en concepto de aportación de la Administración Autonómica para gastos de primer establecimiento, gastos corrientes y de funcionamiento del Consorcio. La Dirección General de Transportes eleva propuesta de concesión de subvención excepcional en base de su finalidad pública y por considerar de interés social los objetivos.

Examinada la memoria justificativa de la Dirección General de Transportes, la Viceconsejería de Obras Públicas y Transportes autoriza la iniciación del correspondiente expediente de subvención excepcional, encomendando su tramitación a la Dirección General de Transportes.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que la citada subvención puede considerarse como excepcional, dado la finalidad pública y las razones de interés social de los objetivos que persigue, así como la inexistencia de bases reguladoras específicas a las que se pueda acoger conforme al artículo 15.2 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, Tributarias, Administrativas y Financieras, lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como en los artículos 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

HE RESUELTO

Primero. Conceder una subvención de carácter excepcional con destino al Consorcio Instituto Metropolitano del Taxi de Granada, por importe de doscientos mil euros (200.000

destinados a gastos de primer establecimiento y funcionamiento, que permita el correcto funcionamiento del Consorcio.

Segundo. El importe de la subvención de acuerdo con la aportación de la Junta de Andalucía, se distribuirá con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Año Aplicación Presupuestaria Importe

2007 01.13.00.03.00.44500.51B. 4.000

2008 01.13.00.03.00.44500.51B. 196.000

Tercero. La forma de pago de la subvención será la siguiente:

Un anticipo de 150.000 euros correspondiente al 75% de la subvención que se justificará por el beneficiario en un plazo de seis meses desde la total materialización del pago y que se librará de la siguiente forma:

- Una primera aportación por importe de 4.000 euros en el ejercicio 2007, a la firma de la presente resolución.

- Una segunda aportación por importe de 146.000 euros, al comienzo del ejercicio 2008.

El 25% restante se hará efectivo mediante una tercera aportación por importe de 50.000 euros, que se hará efectiva previa justificación del anticipo anterior, con aportación de las facturas donde se especifiquen los gastos realizados.

Cuarto. Serán obligaciones del beneficiario las establecidas con carácter general en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 16/2005, de 31 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2006, así como en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en la Comunidad Autónoma y el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Quinto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Sexto. El beneficiario de la subvención estará obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad y objeto de la subvención, que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería que lo ha concedido. Asimismo deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea.

Sevilla, 12 de diciembre de 2007

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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