Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de noviembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Marbella (antiguo Mixto núm. Siete), dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 575/2005. (PD. 356/2008).

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NIG: 2906942C20050003169.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 575/2005. Negociado: E.

De: Pulimentos y Acabados Marín, S.L.

Procuradora: Sra. Salomé Lizana de la Casa.

Contra: Don Julián Huemero Martínez y Mutua Madrileña Automovilista.

Procurador: Sr. Luis Roldán Pérez.

edicto

cédula de notificación

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 575/2005 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia y núm. 5 de Marbella (Antiguo Mixto núm. 7), a instancia de Pulimentos y Acabados Marín, S.L., contra don Julián Huemero Martínez y Mutua Madrileña Automovilista, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

sentencia núm. 60/06

En Marbella, a 9 de marzo de 2006.

Mónica Carvia Ponsalillé, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Marbella he visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado con el núm. 575/05 promovidos a instancia de Pulimentos y Acabados Marín, S.L., representada por la Procuradora doña Salomé Lizana de la Casa y defendida por el Letrado don Ricardo Fernández-Palacios Martínez; contra Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija, representada por el Procurador don Luis Roldán Pérez y defendida por el Letrado don José Ramón Clemente Molero, y contra don Julián Huemero Martínez, declarado en rebeldía.

fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora doña Salomé Lizana de la Casa, en nombre y representación de Pulimentos y Acabados Marín, S.L., contra don Julián Huemero Martínez y Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija.

Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte actora.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme pues contra ella cabe recurso de apelación. Este recurso se preparará ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución. El órgano juirisdiccional competente para conocer, en su caso, del recurso interpuesto es la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mis sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Marbella.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Julián Huemero Martínez y Mutua Madrileña Automovilista, extiendo y firmo la presente en Marbella a veintiocho de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario Judicial.

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