Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 27/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Orden de 28 de enero de 2008, por la que se declara zona de caza controlada la finca Ranchiles-Boyal en Torrecera, término municipal de Jerez de la Frontera.

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De acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la fauna silvestres, y conforme al procedimiento establecido en el artículo 32 del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza, el Director General de Gestión del Medio Natural, acordada la iniciación de la declaración de zona de caza controlada, puso el expediente en conocimiento de los particulares, colectivos, asociaciones, federaciones y entidades públicas de la Administración Local, Autonómica o Estatal, que resultan directamente afectados y constan como interesados. Transcurrido el plazo de alegaciones y formulada la propuesta de Resolución,

HE RESUELTO

Declarar como zona de caza controlada la finca Ranchiles-Boyal, con una superficie de 175,4 ha, incluida en el polígono 71 y parcela catastral 72 dentro del término municipal de Jerez de la Frontera. Limita al Norte con el Arroyo de la Sauceda y con Dehesa Boyal, que constituye igualmente su límite Este, Sur y Oeste. La situación de los límites de la zona de caza controlada se determina con las coordenadas UTM de los puntos cardinales extremos, que son:

De conformidad con el artículo 34 del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza, el aprovechamiento de la caza se llevará a cabo conforme a un plan técnico de caza que será elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y que desarrollará las medidas necesarias para cumplir con los objetivos que originaron la declaración de zona de caza controlada, debiendo incluir como mínimo los extremos contemplados en el artículo 12.2 del citado Reglamento.

De acuerdo con el artículo 35 del mismo, la gestión del aprovechamiento cinegético corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente, que la ejercerá mediante concesión administrativa a través de pública licitación a entidades deportivas andaluzas dedicadas a la caza.

La vigencia será de cuatro años a contar desde el 1 de junio de 2008, pudiendo prorrogarse por igual período mediante resolución expresa del titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz.

Sevilla, 28 de enero de 2008

Fuensanta Coves Botella

Consejera de Medio Ambiente

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