Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 27/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Audiencias Provinciales

Edicto de 1 de octubre de 2007, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Cuarta, dimanante de Recurso de Apelación Civil núm. 354/2007. (PD. 630/2008).

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NIG. 2906742C20020019210.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 354/2007. Negociado:

Asunto: 400365/2007.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 925/2002.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga.

Negociado:

Apelante: Inmobiliaria y Construcciones Nacar 96

Procurador: Alfredo Gross Leiva.

Abogado: Salido González, Alberto.

Apelado: CP Alameda Alta Fase VII y J. Antonio Martín Martín (Edictos).

Procuradora: María Luisa Gallur Pardini.

Abogado: Pellicer Ibaseta, Luis.

EDICTO

El Ilmo. Sr. don Manuel Torres Vela, Presidente de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga,

Hace saber: Que en esta Sala que presido se sigue rollo de apelación civil núm. 354/07, dimanante de juicio ordinario núm. 925/02 del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, en el que ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Núm. 463

Presidente Ilmo. Sr. don Manuel Torres Vela.

Magistrados, Ilmos. Sres.:

Don Joaquín Delgado Baena,

Don José Luis López Fuentes.

En la ciudad de Málaga, a siete de septiembre de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta Audiencia Provincial de Málaga de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Inmobiliaria y Construcciones Nacar 96, que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador don Alfredo Gross Leiva y defendido por el Letrado Sr. Salido González, Alberto. Es parte recurrida CP Alameda Alta Fase VII y J. Antonio Martín Martín (Edictos) que está representado por la Procuradora doña María Luisa Gallur Pardini y defendido por el Letrado Sr. Pellicer Ibaseta, Luis, que en la instancia ha litigado como parte demandante/demandada.

Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso de apelación planteado por la representación procesal de la entidad Inmobiliaria y Construcciones Nacar 96, S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, debemos revocar y revocamos parcialmente la citada resolución en el sentido de que se condena única y exclusivamente a realizar las reparaciones e instalaciones que se relacionan en las páginas 4 y 5 del informe que se acompaña a la demanda como documento núm. 6, absolviendo a los demandados respecto de las reparaciones mencionadas en la página 6.ª del informe pericial acompañado como documento núm. 7 con la demanda, todo ello sin hacer pronunciamiento expreso sobre las costas procesales originadas en ambas instancias.

Notificada que sea la presente, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su referencia.

Así por esta nuestra resolución, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma al apelado don Antonio Martín Martín, expido el presente en Málaga, a 1 de octubre de 2007.- El Presidente.

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