Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 03/03/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de julio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 115/2006. (PD. 679/2008).

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NIG: 0401342M20067000120.

Procedimiento: Juicio Ordinario 115/2006. Negociado: CR.

De: Hormigones Costa de Almería, S.A., y Holcim Hormigones, S.A.

Procurador Sr.: Vizcaíno Martínez, Angel.

Letrado Sr.: Moreno Otto, Manuel.

Contra: Cimentaciones del Mediterráneo 2, S.L., y Rubén Oscar Moral Molto.

EDICTO

En autos de Juicio Ordinario núm. 115/06, seguidos en este Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, a instancias de las entidades "Hormigones Costa de Almería, S.A.", y "Holcim Hormigones, S.A.", contra la entidad "Cimentaciones del Mediterráneo 2, S.L.", y su administrador don Rubén Oscar Moral Molto y esposa, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

En Almería, a 27 de noviembre de 2006.

La Sra. doña Marcelina María Beltrán Blázquez, Juez-sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario 115/06 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad mercantil Hormigones Costa de Almería, S.A., y Holcim Hormigones, S.A., con Procurador don Angel Vizcaíno Martínez y Letrado don Manuel Moreno Otto; y de otra como demandado la entidad Cimentaciones del Mediterráneo 2, S.L., y contra su administrador don Rubén Oscar Moral Molto, sobre reclamación de cantidad en el ejercicio acumulado de la acción individual de responsabilidad de los administradores prevista en el artículo 135 LSA por remisión de lo establecido en el 69 LSRL, y la prevista en el artículo 105.5 LSRL en relación al artículo 262.5 de LSA en reclamación de la cantidad y,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Angel Vizcaíno Martínez, en nombre y representación de la entidad mercantil Hormigones Costa de Almería, S.A., y Holcim Hormigones, S.A., frente a la entidad Cimentaciones del Mediterráneo 2, S.L., y frente a su administrador único don Rubén Oscar Moral Molto, debo condenar y condeno a estos solidariamente a que abonen a la entidad actora Hormigones Costa de Almería, S.A., la cantidad de sesenta y un mil ochocientos ochenta y tres euros con setenta y ocho céntimos de euro (61.883,78

) y a la entidad mercantil Holcim Hormigones, S.A., la cantidad de ochenta y ocho mil trescientos euros con setenta y ocho céntimos de euro (88.300,78

) más los intereses legales de dichas sumas y al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a los demandados rebeldes entidad "Cimentaciones del Mediterráneo 2, S.L", y don Rubén Oscar Moral Molto, expido el presente en Almería a nueve de julio de dos mil siete.- El Secretario Judicial.

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