Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 17/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 12 de febrero de 2008, de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se deja sin efecto la autorización como entidad colaboradora de la Consejería en materia de protección ambiental otorgada a la sociedad: Eptisa, Servicios de Ingeniería, S.A. (Expte. REC028).

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Vista la solicitud presentada por don Antonio Fernández Garitaonandía, en nombre y representación de la sociedad Eptisa, Servicios de Ingeniería, S.A., y el expediente de referencia, resultan los siguientes

HECHOS

Primero. Mediante Resolución de la Directora General de Prevención y Calidad Ambiental de fecha 16 de septiembre de 2005, publicada en el BOJA núm. 196, de 6 de octubre de 2005, se autorizó a Eptisa, Servicios de Ingeniería, S.A., como Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental en los campos: a) Contaminación atmosférica producida por cualquier forma de materia o energía (Atmósfera y Ruidos), y b) Control de vertidos y calidad de aguas (Aguas), ordenando asimismo su inscripción en el Registro Administrativo Especial de Entidades Colaboradoras adscrito a esta Dirección General con el número REC028.

Segundo. Mediante escrito de fecha 31 de enero de 2008, presentado por don Antonio Fernández Garitaonandía en nombre y representación de Eptisa, Servicios de Ingeniería, S.A., se solicita a esta Dirección General la baja de la autorización concedida como Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental.

A la vista de estas consideraciones y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en virtud de la competencia que corresponde al Director General de Prevención y Calidad Ambiental para dictar resolución por la que se declare la baja en el Registro Administrativo Especial de Entidades Colaboradoras, por aplicación analógica del artículo 8 del Decreto 12/1999, de 26 de enero, por el que se regulan las Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 del Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,

RESUELVO

Primero. Dejar sin efecto la autorización como Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental otorgada a la sociedad Eptisa, Servicios de Ingeniería, S.A.

Segundo. Ordenar su baja en el Registro Administrativo Especial de Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de Protección Ambiental.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de febrero de 2008.- La Directora General,

Esperanza Caro Gómez.

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