Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 19/3/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, dimanante del procedimiento ordinario núm. 241/2005. (PD. 981/2008).

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NIG: 2905142C20050000753.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 241/2005.

Negociado: MT.

De: Banco Vitalicio de España, Cía. A. Seguros y Reaseguros.

Procuradora: Sra. Alonso Chicano, Inmaculada.

Contra: Prima European Arrow Logistics & Removals, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 241/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, Málaga, a instancia de Banco Vitalicio de España, Cía. A. Seguros y Reaseguros contra Prima European Arrow Logistics & Removals, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Estepona, a veintisiete de junio de dos mil seis.

El Sr. don Alejandro Cabral Rodríguez, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de los de Estepona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 241/2005, a instancia de la mercantil Banco Vitalicio de España Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, representada por la Procuradora Sra. Alonso Chicano contra la entidad Prima European Arrow Logistics & Removals, S.L., en situación de rebeldía procesal, dicta la presente resolución.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Imnaculada Alonso Chicano, en nombre y representación de la entidad Banco Vitalicio de España Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, contra la entidad Prima European Arrow Logistics & Removals, S.L., en situación de rebeldía procesal y en consecuencia condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de siete mil doscientos doce euros con trece céntimos de euros (7.212,13 euros), así como a abonar los intereses, devengados por las sumas reclamadas desde la fecha de 20 de enero de 2005 y a satisfacer las costas procesales originadas.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Prima European Arrow Logistics & Removals, S.L., extiendo y firmo la presente en Estepona, a veintiséis de febrero de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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