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Advertidos errores en el texto de la Orden antes citada, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
1. En la página número 117, columna derecha, en el apartado 8, donde dice: "(
) previstos en los apartados 1, 2.a) y 3.b) del presente artículo", debe decir: "(
previstos en los apartados 1, 4.a) y 5.b) del presente artículo".
2. En la página 131, columna derecha, en el segundo párrafo del artículo 67, donde dice: "Las entidades privadas solicitantes de estas subvenciones deberán estar inscritas en el Registro General de Entidades de Voluntariado, conforme a lo dispuesto en el Decreto 3/2007, de 9 de enero, que regula dicho registro", debe decir: "Las entidades privadas solicitantes de estas subvenciones deberán acreditar estar inscritas o haber solicitado su inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado, conforme a lo dispuesto en el Decreto 3/2007, de 9 de enero, que regula dicho registro. En todo caso, será necesaria dicha inscripción para dictar la resolución de concesión".
3. En la página 178, en el apartado número 5 DOCUMENTACION ADJUNTA, debe añadirse un nuevo documento en el subapartado 1, con el siguiente texto: "Presupuesto o factura".
4. En la página 178, en el apartado número 5 DOCUMENTACION ADJUNTA, deben suprimirse los subapartados 2.1 y 2.2.
5. En la página 178, en el apartado número 5 DOCUMENTACION ADJUNTA, donde dice: "2.3", debe decir: "2.1".
6. En la página 190, columna derecha, letra e), donde dice: "(0-20%)", debe decir: "(0-10%)".
7. En la página 207, columna izquierda, letra l) de la estipulación sexta, donde dice: "(
con lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de Subvenciones.)", debe decir: "(
con lo dispuesto en la Orden reguladora.)".
Sevilla, 26 de febrero de 2008
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