Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 03/04/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de febrero de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 266/2007. (PD. 1150/2008).

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NIG: 2906742C20070005254.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 266/2007. Negociado: 6T.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Armando Vidales Casares.

Procuradora: Sra. Molina Pérez, Cecilia.

Letrada: Sra. González Cansino, Cristina.

Contra: Don/Doña Ingvar Bra Torben.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 266/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga a instancia de Armando Vidales Casares contra Ingvar Bra Torben sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NUM. Veintiséis

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Siete de febrero de dos mil ocho.

Parte demandante: Armando Vidales Casares.

Abogada: González Cansino, Cristina.

Procuradora: Molina Pérez, Cecilia.

Parte demandada: Ingvar Bra Torben.

Objeto del juicio: Acción de desahucio y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Molina Pérez, Cecilia en nombre y representación de don Armando Vidales Casares, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a las partes litigantes y que tiene por objeto la finca sita en C/ Hinestrosa, núm. 16, 1.º-B, Izq., de Málaga y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio condenando al/a la demandado/a Ingvar Bra Torben a que la desaloje y deje libre a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento de la parte demandada, y condenándole igualmente al pago de las rentas y cantidades asimiladas reclamadas vencidas, que ascienden a 4.012,46 euros y las que venzan hasta el efectivo lanzamiento, y todo ello con condena en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Ingvar Bra Torben, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintisiete de febrero de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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