Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 17/04/2008

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Consejería de Gobernación.

Anuncio de 1 de abril de 2008, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por doña Mª Sonia Rodriguez Mora contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Huelva, recaída en el expediente S-EP-HU-000054-06.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal a la recurrente doña M.ª Sonia Rodríguez Mora de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En Sevilla, a 14 de febrero de 2008.

Visto el recurso interpuesto y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. Como consecuencia de denuncia formulada por miembros de la Guardia Civil, del Puesto de Villanueva de los Castillejos, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva incoó expediente sancionador contra doña María Sonia Rodríguez Mora, titular del establecimiento denominado Bar

El Duende

, sito en el Paseo de la Constitución núm. 2 del mismo municipio, por supuesta infracción a lo dispuesto en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (en adelante, LEEPP), al hacerse constar en ella que a las 05:00 horas del día 16 de julio de 2006, en el establecimiento

...se encontraban quince personas consumiendo bebidas, en las mesas que tenía instaladas en la calle, sin la debida autorización y con las consiguientes molestias a los vecinos, los cuales se personaron al día siguiente a mostrar su malestar, debiendo haber cerrado a las 3,00 horas

Segundo. Tramitado el correspondiente expediente, con fecha 14 de noviembre de 2006 el Sr. Delegado del Gobierno dictó resolución por la que acordaba imponerle la multa de dos mil quinientos (2.500) euros, como responsable de una infracción tipificada y calificada como grave en el art. 20.19 de la LEEPP, consistente en el incumplimiento de los horarios permitidos de apertura y cierre de establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos o a actividades recreativas, en relación con la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, al considerarse probados los hechos objeto de denuncia.

Tercero. Notificada dicha Resolución al interesado, interpone recurso de alzada en tiempo y forma, formulando las alegaciones que se dan por reproducidas en aras del principio de eficacia administrativa.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

La Consejera de Gobernación es competente para resolver los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por Orden de 30 de junio de 2004, y de acuerdo con lo previsto en el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), esta competencia de resolución de recursos administrativos ha sido delegada en la Secretaría General Técnica.

II

La recurrente reconoce la comisión de la infracción, negando en cambio la existencia de reincidencia, circunstancia que el Organo sancionador ha considerado agravante para la fijación de la cuantía de la multa. No obstante el reconocimiento y, a la vista de la declaración de finalización de la actividad y de las cuantías que vienen siendo impuestas por las demás Delegaciones del Gobierno y de la propia de Huelva, es por lo que, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación

R E S U E L V O

Estimar en parte el recurso interpuesto por doña María Sonia Rodríguez Mora, contra la Resolución del Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, de fecha 14 de noviembre de 2006, recaída en expediente H-54/06-EP, fijando el importe de la sanción en mil (1.000) euros, confirmando el resto de la Resolución a todos los efectos.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con indicación de los recursos que caben contra ella. El Secretario General Técnico. (Por Decreto 199/2004) El Director General de Espectáculos Públicos y Juego. Fdo. José Antonio Soriano Cabrera".

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de abril de 2008.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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