Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 12/05/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de abril de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 557/2005. (PD. 2205/2008).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 557/2005. Negociado: 2J.

De: Adidas Salomon España, S.A.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Cañas 26.

Contra: Oceanella, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 557/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de Sevilla a instancia de Adidas Salomon España, S.A., contra Oceanella, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM. 24/08

En Sevilla, a dieciocho de febrero, de dos mil ocho.

La Sra. doña María Dolores Martín Muñoz, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 557/2005 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Adidas Salomon España, S.A., con Procurador don Mauricio Gordillo Cañas y Letrado don Felipe Castejón Zueco; y de otra como demandada Oceanella, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad,

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Mauricio Gordillo Cañas, en nombre y representación de Adidas Salomon España, S.A., contra Oceaniella, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la Parte demandada a abonar a la actora la suma de 6.194,05

, más los correspondientes intereses legales y al pago de las costas del presente juicio.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Oceanella, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a catorce de abril de dos mil ocho.

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