Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 15/05/2008

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud.

Resolución de 8 de mayo de 2008, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba la resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Pediatras EBAP y Facultativos Especialistas en Psiquiatría, y se inicia el procedimiento de cierre de la fase de provisión.

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De conformidad con lo establecido en las bases 8.1, 8.2 y 8.3 del Anexo I de las Resoluciones de 16 de mayo de 2002 (BOJA núm. 74, de 25 de junio) y de 8 de julio de 2002 (BOJA núm. 87, de 25 de junio), por las que se convocan, respectivamente, procesos extraordinarios de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Facultativos Especialistas en Psiquiatría y Pediatras EBAP, vistas por los Tribunales Calificadores las alegaciones presentadas a la Resolución de 24 de marzo por la que se aprueba la resolución provisional del segundo procedimiento de provisión (BOJA núm. 69, de 8 de abril de 2008), y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y de conformidad con la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los

Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud (BOE

núm. 280, de 22 de noviembre de 2001), esta Dirección General,

HA RESUELTO

Primero. Resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión.

Aprobar, a propuesta de los respectivos Tribunales Calificadores, la resolución definitiva del segundo procedimiento de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo por la que se adjudican, definitivamente, las plazas ofertadas de Facultativos Especialistas en Psiquiatría y de Pediatras EBAP, atendiendo a los centros solicitados por los concursantes y al orden determinado por la puntuación total obtenida por cada uno de ellos -una vez sumadas las puntuaciones tanto de la entrevista como de los méritos valorados por el Tribunal Calificador-.

Segundo. Publicación de listados definitivos.

Anunciar la publicación de la lista definitiva del segundo procedimiento de provisión, ordenada alfabéticamente, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con indicación de la puntuación consignada por los concursantes en el autobaremo de méritos presentados por los mismos, de la puntuación obtenida por cada aspirante tanto en la entrevista como en la valoración de méritos, así como de la plaza definitivamente asignada, en su caso, en alguno de los centros solicitados.

Tercero. Inicio del procedimiento de cierre de la fase de Provisión.

Iniciar, de conformidad con lo establecido en la base 8.3 de la convocatoria, el procedimiento de cierre de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de las plazas de Facultativos Especialistas en Psiquiatría y de Pediatras EBAP que se citan en el Anexo.

De conformidad a lo establecido en la citada base 8.3 de la convocatoria, el cierre de la fase de provisión consistirá en la adjudicación, centralizada y automática, de las plazas vacantes o no adjudicadas en el segundo procedimiento de provisión, atendiendo a la solicitud de los concursantes y a la puntuación obtenida por estos en los apartados 2 ó 3 del baremo del segundo procedimiento de provisión, conforme a lo indicado en el punto séptimo de la presente Resolución.

Cuarto. Oferta de plazas.

Aprobar la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino que se indican en el Anexo de la presente Resolución.

En este nuevo procedimiento de provisión se ofertan las plazas no adjudicadas en la resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión, así como aquellas que han resultado vacantes -tras la obtención de nuevo destino por los participantes titulares de las mismas- como consecuencia de la resolución definitiva del citado segundo procedimiento de provisión.

Quinto. Participantes.

1. Conforme a lo establecido en la base 8.3 de la convocatoria, sólo pueden participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión aquellos concursantes que hayan participado en el segundo procedimiento y no hayan resultado adjudicatarios de plaza en el mismo.

2. Deberán participar obligatoriamente en esta fase de provisión los siguientes candidatos:

a) El personal que, como consecuencia de su participación en la fase de selección del proceso de consolidación de empleo, haya sido declarado, mediante Resolución de 19 de marzo de 2007 de esta Dirección General (BOJA núm. 73, de 13 de abril), personal estatutario en situación de expectativa de destino en la categoría a la que ahora concursa, y que habiéndose presentado a las entrevistas del primero y del segundo procedimiento de provisión no haya obtenido destino definitivo en la resolución de ninguno de ellos.

El personal que se encuentre en esta situación, y no participe en este procedimiento de cierre de la fase de provisión, se le considerará decaído en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino.

b) El personal que se encuentre en situación de reingreso provisional en Centros Sanitarios dependientes del Servicio Andaluz de Salud

concedido en fecha anterior al inicio del primer procedimiento de provisión

deberá participar obligatoriamente en este procedimiento de cierre de la fase de provisión a fin de obtener destino definitivo en la categoría en la que ostenta nombramiento en propiedad, solicitando, al menos, todas las plazas que se le oferten en el mismo nivel asistencial y Area de Salud donde le fue concedido el reingreso provisional.

El personal en situación de reingreso provisional al servicio activo que no participe en este procedimiento de cierre de la fase de provisión, o que no pueda participar por no haber concurrido al segundo procedimiento, así como aquel que aún participado en esta fase de cierre no solicite todas las plazas a que hace referencia el párrafo anterior, será declarado de oficio en una nueva situación de excedencia voluntaria, en el plazo de tres días hábiles desde la resolución del procedimiento de consolidación de empleo, incluso en el supuesto de que la plaza que viniese ocupando no hubiera sido adjudicada en dicho concurso.

Sexto. Participación en el procedimiento de cierre de la fase de provisión.

Para participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión los concursantes deberán personarse en la sede de esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, sita en Sevilla, C/ Pedro Muñoz Torres, s/n, el próximo día 20 de mayo. Los Facultativos Especialistas en Psiquiatría deberán personarse a las 16 horas, y los Pediatras EBAP a las 17 horas.

En dicho acto, los concursantes manifestarán su voluntad de participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión y procederán a elegir, en su caso, un centro de entre los que se le oferten.

Dicho acto estará presidido por el Director General de Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, y en el mismo estarán presentes todos los concursantes que participen en el mismo. Asimismo podrá asistir un representante de cada una de las organizaciones sindicales presentes en Mesa Sectorial.

De todas las actuaciones se levantará acta que será firmada por el Director General de Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, por los representantes sindicales que asistan al acto, y por uno de los participantes.

Séptimo. Elección de Centro de Destino.

El Director General de Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, procederá a llamar al participante de mayor puntuación y le instará a que elija un centro de entre los ofertados en el Anexo. Sucesivamente irá llamando al resto de participantes para ofrecerles las plazas sobrantes.

El orden de llamamiento vendrá establecido por la mayor puntuación obtenida por los concursantes en el apartado 2 del baremo, atendiendo a la puntuación que figura en dicho apartado en la resolución definitiva del segundo procedimiento de la fase de provisión.

En caso de empate, se llamará, en primer lugar, al concursante que haya obtenido mayor puntuación en el apartado 3 del baremo, atendiendo a la puntuación que figura en dicho apartado en la resolución definitiva del segundo procedimiento de la fase de provisión.

De conformidad a lo establecido en la base 7.5 de la convocatoria, de persistir el empate, se llamará al concursante que haya acreditado en la fase de provisión el mayor tiempo total de servicios prestados en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud.

Octavo. Resolución definitiva.

Finalizado dicho acto, la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional procederá a dictar la Resolución prevista en la base 8.4 y 8.5 de la convocatoria por la que se resolverá definitivamente el proceso extraordinario de consolidación de empleo de la categoría citada.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada

en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de mayo de 2008.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

ANEXO I

DISTRIBUCIóN DE PLAZAS

FACULTATIVOS ESPECIALISTAS EN PSIQUIATRíA

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