Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 28/05/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de mayo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 329/2009. (PD. 1502/2009).

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NIG: 2906742C20090006476.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 329/2009. Negociado: 9.

Sobre: Reclamación de cantidad por importe de 141.588,2, Desahucio F. pago y Recla. Rentas, Local.

De: Don Santiago Poggio Freuller.

Procurador: Sr. Luis Javier Olmedo Jiménez.

Contra: Golf 56, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago) 329/2009 seguido en el Juzg. de 1.ª Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de don Santiago Poggio Freuller contra Golf 56, S.L., sobre reclamación de cantidad por importe de 141.588,2, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 93/09

En la ciudad de Málaga a 3 de abril de 2009.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal número 329/09 seguidos como demandante por don Santiago Poggio Freuller, representado por el Procurador Sr. Olmedo Jiménez y asistido por el/la Letrado/a Sr/a. Peralta Fischer y como demandada la entidad Golf 56, S.L., en rebeldía procesal, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Santiago Poggio Freuller, representado por el Procurador Sr. Olmedo Jiménez contra la entidad Golf 56, S.L., en rebeldía procesal,

ACUERDO

1.º Declarar resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de marzo de 2008, suscrito entre las partes respecto a la nave 170/B que se encuentra situada en calle París, del Polígono Industrial San Luis de esta ciudad, condenando a la parte demandada a que en el plazo que se le señale deje dicha vivienda libre y a disposición de la actora, si no lo hubiera hecho con anterioridad.

2.º Condenar a la parte demandada a que abone a la actora la suma de 27.780,64 € por las mensualidades de renta y gastos adeudados y las posteriores que en su caso vayan venciendo sin ser satisfechas.

3.º Condenar a la parte demandada al pago a la actora de las costas devengadas en el pleito.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación, debiendo acreditar por escrito en su momento hallarse al corriente en el pago de las rentas vencidas y las que, con arreglo al contrato, deba pagar adelantadas.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Golf 56, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga a quince de mayo de dos mil nueve.- El Secretario.

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