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Se ha intentado la notificación del requerimiento de subsanación dictado al amparo de lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el procedimiento correspondiente a la vivienda protegida de promoción pública sita en la ciudad de Málaga con expediente MA-3, CTA-837, a don Juan López Miranda con último domicilio conocido en C/ Virgen de la Esperanza, 44-1.º Interior derecha.
Mediante el presente anuncio y de conformidad a lo establecido en el apartado 5 del art. 59 de la Ley 30/1992 según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del art. 61 se procede a requerir a la interesada para que subsane la solicitud de inicio formulada, concediéndole a tal efecto un plazo de diez días a contar desde el siguiente a esta publicación para que comparezca en el Servicio de Arquitectura y Vivienda de esta Delegación Provincial, sito en Avda. Aurora, número 47, (Edificio S. Múltiples, planta 14) para el conocimiento integro de este acto, advirtiéndole que se le tendrá por desistido de su petición si no subsana los defectos en el plazo concedido.
Málaga, 18 de mayo de 2009.- La Delegada, Josefa López Pérez.
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