Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 5 de junio de 2009, por la que se concede una prórroga al Ayuntamiento de Laroya (Almería) en relación con la subvención concedida para financiar las obras que se citan.

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Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 13 de junio de 2008, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 126, del día 26 de junio de 2008, se concedió una subvención al Excelentísimo Ayuntamiento de Laroya, por importe de quinientos catorce mil ochocientos treinta y ocho euros con noventa y tres céntimos (514.838,93 €) para la financiación de las obras de «Mejora de acceso a la zona Norte de Laroya», siendo el plazo de ejecución de doce meses a partir de la publicación de la citada Orden.

Con fecha 25 de mayo de 2009 y dentro del plazo legalmente previsto, se recibe escrito en la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el cual el beneficiario de la subvención solicita que el plazo de ejecución de doce meses que finaliza el 26 junio de 2009 sea prorrogado conforme a la legislación vigente, debido a las especiales características del terreno sobre el que se actuaba, así como a las inclemencias meteorológicas del pasado invierno, que han provocado interrupciones en los trabajos.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y régimen jurídico, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, el beneficiario de la subvención podrá solicitar del órgano concedente de la misma, la modificación de la resolución de concesión, incluidos la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o la finalidad de la subvención.

De acuerdo con el artículo 19.3 de la normativa citada en el párrafo anterior, el acto por el que se acuerda la modificación de la resolución de concesión de la subvención será adoptado por el órgano concedente de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudica el derecho de terceros. Por tanto el plazo de ejecución podrá prorrogarse como máximo hasta el 26 de diciembre de 2009.

Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse en todo caso, antes del vencimiento del plazo que se trate.

En virtud de lo expuesto y de la normativa citada, se resuelve conceder al Excelentísimo Ayuntamiento de Laroya una prórroga para la ejecución de la actuación subvencionada de seis meses.

La presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.3 de la citada Ley 30/1992, no es susceptible de recurso.

Sevilla, 5 de junio de 2009

ROSA AGUILAR RIVERO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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