Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 3 de junio de 2009, por la que se encomienda a la Empresa Pública de Gestión Medioambiental, S.A., la realización de determinados trabajos en materia de calidad ambiental, cambio climático y medio ambiente urbano.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, modificado por Decreto 176/2009, de 19 de mayo, ésta es competente entre otras en la gestión integrada de la calidad ambiental, la planificación y desarrollo de actuaciones para la consolidación de un modelo de desarrollo urbano y ciudades sostenibles, la planificación y desarrollo de modelos de gestión de residuos que minimicen su producción en origen y fomenten su reutilización y reciclado, y la definición, desarrollo e implantación de las políticas de mitigación y adaptación en materia de cambio climático.

Según lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. (en adelante EGMASA), como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración Pública, está obligada a realizar los trabajos que, en las materias que constituyen el objeto social de la empresa, le encomienden: la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los organismos públicos dependientes de ella, así como las corporaciones locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía que suscriban a tal fin un convenio de colaboración con la Junta de Andalucía.

Entre los contenidos del objeto social de EGMASA, definidos por el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero por el que se autoriza la constitución de la empresa de la Junta de Andalucía, Empresa de Gestión Medioambiental S.A., y en la redacción dada por el Decreto 117/1998, de 9 de junio que lo modifica, se encuentra «… la Sociedad tendrá por objeto social la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente…».

La participación de EGMASA en la gestión de las tareas encomendadas relacionadas con las materias descritas de competencia de esta Consejería, y que constituyen su objeto social, venía regulada hasta la fecha por la Orden de 11 de julio de 2007 por la que se encomienda a la Empresa Pública de Gestión Medioambiental, S.A., la realización de determinados trabajos destinados a la vigilancia de la calidad ambiental de Andalucía, modificada por Orden de 2 de julio de 2008 por la que se modifica la de 11 de julio de 2007.

Los cambios producidos en el organigrama de la Consejería de Medio Ambiente, y la necesidad de actualizar los trabajos encomendados a EGMASA, hacen necesaria una nueva regulación de las funciones encargadas a la Empresa Pública, competencia de la Consejería de Medio Ambiente y objeto social de aquella.

El objeto de la presente Orden, es por tanto regular las funciones a realizar por este medio propio de la Administración, así como el marco general de actuación, y las relaciones y las formas de seguimiento y control de los trabajos encomendados.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normativa vigente de aplicación,

RESUELVO

Encomendar a EGMASA la gestión de determinadas acciones contempladas como objeto social de este medio propio de la Administración por el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero en la redacción dada por el Decreto 117/1998, de 9 de junio, y de acuerdo con las siguientes condiciones:

Primera. Trabajos a realizar.

1. En materia de vigilancia y control de la calidad del aire de acuerdo con lo establecido en el anexo y con el alcance de los protocolos anuales.

a) Realización de informes y actividades relativas a la evaluación de la calidad del aire ambiente y de las emisiones a la atmósfera:

1.º Informes periódicos de carácter obligatorio, incluso la evaluación del cumplimiento de la normativa aplicable.

2.º Informes monográficos para seguimiento o para difusión de los resultados obtenidos en las evaluaciones.

3.º Vigilancia permanente de la calidad del aire y las emisiones a la atmósfera.

4.º Seguimiento del estado de la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire.

5.º Aseguramiento de la calidad de la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire.

6.º Operación y mantenimiento de las unidades móviles de inmisión y emisión y del Laboratorio Andaluz de Referencia de la Calidad Ambiental.

7.º Realización inventarios anuales de emisiones.

8.º Colaboración en el mantenimiento actualizado de la información de la página web de la CMA.

9.º Colaboración en el desarrollo y explotación de los sistemas informáticos sobre la materia de la CMA.

b) Apoyo en los planes de mejora de la calidad del aire que elabore la CMA.

c) Realización de informes y actividades relativas a la evaluación de la contaminación acústica.

1.º Operación y mantenimiento de las unidades móviles de medida de la contaminación acústica.

2.º Apoyo técnico para la atención a denuncias por contaminación acústica.

3.º Informes monográficos para seguimiento o para difusión de los resultados obtenidos sobre contaminación acústica.

d) Apoyo a la CMA en cuestiones relativas a la contaminación lumínica.

2. En materia de vigilancia y control de vertidos y de la calidad de las aguas marinas:

a) Apoyo técnico en la vigilancia y control de aguas litorales.

b) Apoyo técnico en el desarrollo e implantación de la Directiva Marco de Aguas.

c) Elaboración de inventarios de vertidos urbanos e industriales y seguimiento de estos.

d) Apoyo en los programas de seguimiento de la calidad de las aguas.

e) Actuaciones de vigilancia ambiental: para la detección de aquellos incidentes susceptibles de provocar un impacto negativo en la calidad de las aguas y/o el medio ambiente en general.

f) Explotación de la información generada en las tareas de vigilancia y control.

g) Comprobación del estado funcionamiento en las redes de vigilancia de emisión e inmisión: Análisis de verificación de determinados parámetros.

h) Gestión del equipamiento e instalaciones necesarios para el seguimiento y control de la calidad de las aguas. (LVCC y Barcos.)

i) La planificación, desarrollo y análisis de campañas de medida y caracterización de los vertidos y de la calidad de las aguas.

j) Apoyo técnico para la atención a denuncias e incidentes medioambientales.

k) Aseguramiento y Control de Calidad de las Actividades.

l) Actuaciones de apoyo a trabajos de carácter específico sobre actividades de interés para la Consejería de Medio Ambiente.

m) Apoyo a los trámites de fiscalidad ambiental.

n) Evaluación del cumplimiento frente a la normativa vigente.

3. En materia de emisiones de gases de efecto invernadero:

a) Apoyo técnico para la preparación de las autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero (AEGEI) de las instalaciones afectadas por la legislación vigente sobre la materia.

b) Asistencia técnica en las tareas de seguimiento y actualización de las AEGEI.

c) Apoyo técnico en la validación de los informes de notificación/verificación de emisiones.

d) Asistencia técnica en la redacción de guías metodológicas.

4. En materia de medio ambiente urbano dentro del Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21:

a) Desarrollo de iniciativas específicas en cada una de las áreas temáticas del programa.

b) Estudios y documentos técnicos en medio ambiente urbano.

5. En materia de gestión de residuos y suelos contaminados:

a) Apoyo Técnico en materia de residuos .

b) Apoyo Técnico en materia de suelos contaminados.

c) Soporte en la tramitación de expedientes de suelos contaminados.

d) Elaboración de guías, manuales, planes, criterios, normas y procedimientos.

e) Explotación y mantenimiento del Sistema de Información de Residuos Peligrosos.

f) Apoyo en la tramitación de expedientes y documentación en materia de Residuos.

6. En materia de Zona de servidumbre de protección e Inventario de vertidos:

a) Apoyo Técnico para la caracterización de la ZSP del DPMT en todo el litoral andaluz.

b) Apoyo Técnico para la propuesta de criterios de gestión en la ZSP del DPMT.

c) Apoyo técnico para la realización de valoraciones y, en su caso, redacción y dirección técnica de proyectos de demolición.

d) Elaboración, actualización y mantenimiento del inventario de vertidos al litoral.

e) Explotación y mantenimiento de la información generada mediante el desarrollo de las herramientas informáticas necesarias.

7. En materia de Planes de Calidad Ambiental de Huelva y su entorno y del Campo de Gibraltar:

a) Apoyo técnico en la elaboración de la normativa de desarrollo de ambos planes.

b) Asistencia técnica a la organización de las convocatorias de los Comités Institucional y de Participación Ciudadana.

c) Publicidad y Difusión de los contenidos de ambos Planes relativa a:

1.º Comunicación interna.

2.º Comunicación externa.

3.º Desarrollo página web.

4.º Campañas itinerantes de divulgación.

5.º Notas y convocatorias de prensa.

Segunda. Marco general de actuación.

1. Las personas titulares de la Secretaría General de Planificación, Calidad Ambiental y Cambio Climático, de la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano y de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, desarrollarán con carácter general en el ámbito de sus competencia y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:

a) La planificación y diseño de los objetivos, finalidades y estrategias de los trabajos definidos en la condición primera, así como la dirección y el seguimiento de los mismos y los establecidos en el correspondiente protocolo de funcionamiento.

b) La coordinación con las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, así como con los distintos organismos de las administraciones implicados en los trabajos definidos en la condición primera.

c) Establecer las prioridades en la realización de las distintas actividades en función de las necesidades.

2. EGMASA desarrollará con carácter general y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:

a) El cumplimiento de los objetivos, criterios y estrategias encomendadas por el presente Orden.

b) La organización, planificación y dirección de los distintos medios de producción necesarios para el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.

c) La elaboración y presentación de propuestas de mejoras en el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.

d) La Consejería de Medio Ambiente cederá a EGMASA, por el tiempo de tiempo de duración de la presente Orden, el uso de las instalaciones y equipos necesarios exclusivamente para el desarrollo de los trabajos encomendados, salvo autorización expresa de la Comisión regulada en la Condición quinta de la presente Orden.

e) El uso, conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles cedidos a EGMASA para la prestación de los servicios encomendados.

3. Se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Planificación, Calidad Ambiental y Cambio Climático para modificar el Anexo de la presente Orden.

Tercera. Funciones a desarrollar por EGMASA.

Sin perjuicio del marco general de actuación definido por la condición segunda de la presente Orden, EGMASA desarrollará para cada uno de los trabajos encomendados las tareas descritas en el Anexo de la presente Orden.

Cuarta. Financiación de la participación de EGMASA.

El coste de las inversiones y gastos en que incurra EGMASA con motivo del desarrollo de los trabajos encomendados por esta Orden, será sufragado con cargo a las transferencias previstas en el Programa de Actuación, Inversión y Financiación aprobado, con carácter finalista para los trabajos encomendados, en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dicha inversión está cofinanciada por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un 70%. Lo que se indica a los efectos de que EGMASA deberá cumplir lo establecido en los Reglamento (CE) núm. 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, así como, lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el se fijan normas de desarrollo de los citados Reglamentos 1080/2006 y 1083/2006.

La naturaleza, cuantía y proyección temporal de las inversiones y gastos deberá responder a los trabajos encomendados en el apartado 1.

Quinta. Comisión Mixta de Seguimiento.

La coordinación entre EGMASA y la Secretaría General de Planificación, Calidad Ambiental y Cambio Climático en el desarrollo de los trabajos encomendados definidos en la condición primera se articulará a través de una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá las siguientes características:

1. Composición:

a) La persona titular de Secretaría General de Planificación, Calidad Ambiental y Cambio Climático.

b) La persona titular de la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano.

c) La persona titular de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental.

d) El personal funcionario técnico responsable de los respectivos trabajos encomendados designados por las respectivas Direcciones Generales.

e) La persona titular de la Dirección General de EGMASA.

f) La persona titular de la División de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de EGMASA.

g) El personal técnico designado por EGMASA para el correcto funcionamiento de los respectivos trabajos encomendados.

2. La Presidencia de la Comisión Mixta de Seguimiento corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Planificación, Calidad Ambiental y Cambio Climático, quien designará a una persona con la condición de funcionario, adscrito a esta Secretaría General, para el desempeño de las funciones de Secretaría.

3. La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos tres veces al año, sin perjuicio de cuantas otras reuniones de carácter ordinario o extraordinario se consideren necesarias, pudiendo asistir a las mismas, con voz pero sin voto, aquellas personas cuyo asesoramiento considere de interés el Presidente.

4. Constituyen funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento las siguientes:

a) La identificación anual del Catálogo de Medios aportados por la Consejería de Medio Ambiente para la prestación de los Servicios Públicos encomendados y la aprobación de la planificación de medios humanos y materiales y actividades dispuestos para abordar su gestión, con arreglo a los documentos complementarios a esta Orden que se establezcan y siempre dentro del marco financiero que anualmente se apruebe, con carácter finalista, en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) La valoración de las propuestas de mejora presentadas.

c) El establecimiento de las prioridades de actuación en función de las necesidades.

d) La definición de las características técnicas y operativas de los medios técnicos objeto de la presente Orden.

e) El establecimientos de los recursos humanos que intervengan en los trabajos encomendados.

f) La definición de los medios humanos y materiales dispuestos por EGMASA para la prestación de los servicios encomendados.

g) La prestación de conformidad a todos los gastos producidos, sin perjuicio de las competencias de la intervención de la Junta de Andalucía.

h) La aprobación de los protocolos de funcionamiento durante el primer trimestre del año, así como las revisiones que se produzcan.

i) La aprobación de un informe de evaluación anual sobre la idoneidad del trabajo desarrollado y los gastos efectivamente realizados.

j) El conocimiento de cualquier otro aspecto que afecte al desarrollo de los trabajos encomendados definidos en la condición primera no previsto en los apartados anteriores.

Sexta. Responsable técnico de EGMASA.

EGMASA designará, para cada uno de trabajos encomendados recogidos en la condición primera, el personal técnico responsable del correcto funcionamiento del conjunto de medios humanos y materiales gestionados por dicha empresa, su adecuación a los niveles de eficacia, rendimiento y calidad que se determinen y de su coordinación con el personal técnico funcionario responsable de los respectivos trabajos encomendados por esta Orden.

Séptima. Plazo de vigencia.

La naturaleza de los trabajos que se encomiendan por la presente Orden hace que sea necesario fijar un plazo de vigencia cuatrienal, revisándose anualmente en función del presupuesto definido en el Plan de Actuación, Inversión y Financiación que se apruebe en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Octava. Derogación de normas anteriores.

Quedan derogadas cuantas disposiciones contradigan a la presente Orden y en concreto la Orden de 11 de julio de 2007 por la que se encomienda la realización de determinados trabajos destinados a la vigilancia de la calidad ambiental de Andalucía, y la Orden de 2 de julio por la que se modifica esta.

Novena. Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de junio de 2009

MARÍA CINTA CASTILLO JIMÉNEZ

Consejera de Medio Ambiente

ANEXO

Sin perjuicio de cualquier otra actuación relacionada con la prestación del servicio público cuya realización exijan las circunstancias concurrentes, las actuaciones básicas que corresponde desarrollar a EGMASA para el desarrollo de cada uno de los trabajos encomendados en el artículo 1 de la presente Orden, en función de los medios asignados, son:

1. Calidad del aire.

1.a) Realización de campañas de medida con las Unidades Móviles de Medida de Calidad del Aire.

Funciones:

1.º Medida de la contaminación en zonas no cubiertas por la red.

2.º Evaluación, frente a la legislación vigente, de niveles de calidad del aire Contraste de los datos proporcionados por la red. Apoyo técnico para la atención a denuncias.

3.º Atención a incidentes.

4.º Participar en programas de garantía de calidad. Estudios para reubicación de cabinas y verificación de los datos proporcionados por la Red de Vigilancia y Control de la Calidad del Aire en Andalucía (en adelante RVCCAA).

1.b) Realización de las operaciones de contraste y calibración de las cabinas fijas. Supervisión del funcionamiento de las mismas.

Funciones:

1.º Calibración y contraste de las redes de emisiones e inmisiones atmosféricas.

2.º Inspección y control del estado de las Redes.

3.º Auditorías del Sistema de Calidad de las Redes. Informar a la Consejería de Medio Ambiente, de manera que permita una primera validación inmediata, de las anomalías detectadas y proposiciones de mejoras. Transferencia a las cabinas de la red de los patrones preparados en el LARCA.

4.º Participar en programas de garantía de calidad.

1.c) Realización de medidas de emisiones de contaminantes al ambiente.

Funciones:

1.º Mediciones e inspección de emisión de contaminantes a la atmósfera.

2.º Determinación de partículas en suspensión, totales, PM2.5 y PM10 mediante captadores de alto y bajo volumen. Determinación de partículas sedimentables. Determinación de COV, metales y otros contaminantes orgánicos e inorgánicos.

3.º Captación y análisis de otros contaminantes, como, SOx, NOx, CO, compuestos orgánicos volátiles, cloruros, fluoruros, dioxinas y furanos y aquellos otros que sean necesarios incorporar a criterio de la Consejería de Medio Ambiente.

4.º Realización de auditorías en Autorizaciones Ambientales Integradas.

5.º Campañas de medidas para la realización de estudios por contaminantes y/o instalaciones.

6.º Campañas de medidas para la realización de estudios de sistemas de depuración de gases emitidos a la atmósfera.

1.d) Trabajos complementarios de apoyo de toma de muestras y ensayos analíticos a los «Planes de Evaluación de las Necesidades de Adaptación Ambiental de la Industria en Andalucía».

Funciones:

Apoyo en inspección y analíticas a las inspecciones de la directiva IPPC.

1.e) Realización de medidas de emisiones difusas.

Funciones:

Determinaciones de emisiones, y de inmisiones en el caso de que no sea posible el control directo en el foco.

1.f) Calibración de los equipos de las unidades móviles y de los calibradores y botellas de gases utilizados como patrones en la red de medida.

Funciones:

1.º Generación de muestras patrón primarias para la calibración de los analizadores de referencia del laboratorio. Contraste de diversos métodos de generación de patrones primarios.

2.º Generación de muestras patrón para calibración de los analizadores de las unidades móviles.

3.º Calibración/contraste de los calibradores y botellas de mezcla de gases procedentes de la RVCCAA. Calibración de equipos de las unidades móviles. Asegurar la calidad de los patrones preparados y de las medidas realizadas.

4.º Asegurar la reproducibilidad y repetibilidad de los métodos empleados tanto para las calibraciones como para la preparación de muestras patrón.

5.º Validación de métodos y equipos de medida. Generación de atmósferas de concentraciones conocidas.

6.º Participación en programas nacionales e internacionales de ínter comparaciones.

7.º Valoración de patrones secundarios a través de patrones primarios.

8.º Puesta a punto de nuevas técnicas de calibración de equipos y medición de contaminantes atmosféricos.

1.g) Apoyo analítico a las unidades móviles.

Funciones:

1.º Preparación y análisis gravimétricos de filtros para campañas tanto de emisiones como de inmisiones. Preparación de soluciones captadoras para toma de muestra de emisiones.

2.º Análisis de contaminantes.

3.º Control de equipos de análisis.

4.º Realización de ejercicios ínter laboratorio de análisis.

5.º Verificación de material volumétrico.

1.h) La planificación, desarrollo y los análisis que requieran las campañas de captadores difusivos que la Consejería de Medio Ambiente necesite realizar.

Funciones:

1.º Planificación de las campañas, adquisición de material necesario y preparación de los medios captadores. Toma de muestra, incluyendo colocación de los captadores cuando sea necesario y análisis en laboratorio de los parámetros muestreados.

2.º Campañas de medida orientadas a obtener datos para:

3.º Identificación de zonas de riesgo/grado de cumplimiento de la normativa.

4.º Localización de focos de emisión.

5.º Estudios de la representatividad de cabinas.

6.º Rediseño de Redes de Vigilancia.

7.º Ayuda a Gestores.

8.º Optimización de redes de vigilancia.

9.º Estudios de contaminación debida al tráfico. Puesta a punto de nuevas técnicas de muestreo y análisis.

10.º Estudios de control de calidad de los resultados.

1.i) Apoyo a los trámites de fiscalidad ambiental.

Funciones:

Planificación de las campañas, adquisición de material necesario y preparación de los medios captadores. Toma de muestra y análisis en laboratorio de los parámetros muestreados.

2. Calidad de las aguas.

2.a) Control de las normas de emisión.

Funciones:

1.º Recogida periódica de muestras puntuales en efluentes urbanos e industriales autorizados.

2.º En la mayor parte de los casos la frecuencia de muestreo será mensual, si bien ésta se establecerá para cada instalación, pudiendo ser también quincenal o bimestral. Análisis en laboratorio de parámetros incluidos en la autorización de vertido o en la autorización ambiental integrada de la empresa y otros establecidos por la DGPCA.

2.b) Control de autoanálisis.

Funciones:

1.º Análisis de una muestra duplicada, tomada por los titulares de los vertidos en su autocontrol o conjuntamente por el titular y el LVCC.

2.º La frecuencia del control de auto análisis será mensual, si bien ésta se aumentará o disminuirá en función del resultado de la comparación de los resultados obtenidos. Los parámetros a determinar en estas muestras serán los recogidos en la autorización de vertido.

2.c) Caracterización de vertidos industriales.

Funciones:

1.º Toma de muestras compuestas de 24 horas, durante uno o varios días consecutivos, para proceder a la investigación de la composición y concentración de los componentes de un vertido. Se determina caudal, parámetros in situ, los incluidos en las autorizaciones de vertido y los PRTR, HARP y RID.

2.º Se llevará a cabo una caracterización inicial, al inicio del trámite de autorización de un vertido y caracterizaciones de seguimiento periódicas o a demanda de la CMA.

2.d) Caracterización de vertidos urbanos.

Funciones:

Toma de muestras compuestas de 24 horas durante uno o varios días consecutivos, para proceder a la determinación de la concentración de determinados parámetros en el efluente de los vertidos de naturaleza urbana. Igualmente, se determina el rendimiento de depuración. La temporalidad será variable, según el número de habitantes equivalente y se determinará caudal, parámetros in situ, sólidos en suspensión, COT, DQO, DBO5, los incluidos en el programa RID, toxicidad y sustancias prioritarias. Tras la caracterización inicial se reducen los parámetros según los resultados.

2.e) Seguimiento de otros vertidos.

Funciones:

Consistirá en la toma de muestras puntuales o compuestas de 24 horas de los vertidos sin autorización o en trámite. Para vertidos urbanos se analizarán los parámetros característicos de este tipo de efluente. Para vertidos industriales, los definidos por la CMA y los parámetros PRTR del sector.

2.f) Trabajos extraordinarios.

Funciones:

En función del grado de cumplimiento de las condiciones de la autorización de vertido o autorización ambiental integrada, de su potencial carga contaminante o a consecuencia de un incidente, se realizarán controles o seguimientos especiales a vertidos.

Se incluyen dentro de este capítulo los estudios del medio receptor afectado y de las instalaciones de vertido.

2.g) Muestras de inmisión.

Funciones:

Deberán analizarse las muestras tomadas por los barcos de vigilancia ambiental adscritos a la CMA en su labor de vigilancia y control de las aguas litorales y la recogida en caso de incidentes.

2.h) Control de las redes automáticas.

Funciones:

Se contrastarán los valores emitidos por los medidores automáticos de la red de la CMA.

2.i) Asistencia en incidentes.

Funciones:

1.º Intervención inmediata en el caso de incidentes o episodios como mortandades de peces, vertidos accidentales, etc., que ocurran dentro y fuera de su ámbito territorial de actuación.

2.º Evaluación de la situación, planificación de las acciones a tomar, toma de muestras de aguas, sedimentos y organismos, análisis de las mismas y envío a organismos especializados de aquéllas que no sean posible analizar en los LVCC, así como cualquier otra acción imprescindible para el esclarecimiento del incidente.

2.j) Análisis de muestras procedentes de entidades y organismos autorizados.

Funciones:

Análisis, previa autorización de la Consejería de Medio Ambiente de aquellas muestras que provengan de personas o entidades que aparezcan en el documento entidades y organismos autorizados para entregar muestras, siempre que éstas presenten unas condiciones mínimas de almacenamiento y conservación.

2.k) Apoyo a los trámites de fiscalidad ambiental.

Funciones:

1.º Planificación de las campañas.

2.º Toma de muestra y análisis en laboratorio de los parámetros muestreados.

2.l) Seguimiento de la eutrofización en el litoral.

Funciones:

Seguimiento del estado de la eutrofización en aguas litorales y zonas de transición en aplicación del convenio OSPAR y como método de evaluación de la calidad de las masas de agua definidas según la Directiva Marco del Agua.

Se realizarán determinaciones de clorofila, parámetros «in situ», nutrientes y parámetros biológicos. Las periodicidades variarán en función de las características de cada estación y de los parámetros.

2.m) Apoyo a las Auditorías Ambientales Integradas.

Funciones:

Desde los laboratorios se dará soporte de muestreo y análisis al personal que realiza estos trabajos.

2.n) Soporte en las actividades relacionadas con la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.

Funciones:

1.º Apoyo Técnico para la realización de valoraciones en las construcciones a los efectos del expediente sancionador y, en los casos que se requieran, redacción y dirección técnica de las obras de demolición realizadas por técnico competente.

2.º Apoyo para la caracterización socioambiental de la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre de los municipios seleccionados en Andalucía.

3.º Propuestas para el establecimiento de los criterios de gestión de la Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre.

3. Barcos de vigilancia.

3.a) Vigilancia ambiental.

Funciones:

1.º Identificación de actividades que puedan provocar algún incidente en forma de vertido a las aguas y/o emisiones a la atmósfera.

2.º Localización, alerta y seguimiento de incidentes.

3.º Especial seguimiento al tráfico marítimo.Navegación aleatoria en cuanto a horarios y trayectorias. Especial atención a zonas susceptibles de presentar mayor número de incidentes.

4.º Apoyo gráfico de todas las actuaciones.

3.b) Seguimiento y control ambiental de vertidos industriales y urbanos.

Funciones:

1.º Recopilación de documentación técnica de EDAR’s y emisarios submarinos.

2.º Inventario de instalaciones en tierra.

3.º Plan de inspecciones de emisarios y aliviaderos. Campañas analíticas de inspección de la calidad de las aguas afectadas directamente por los vertidos. Inmersiones para la inspección de los emisarios submarinos y los fondos adyacentes.

4.º Apoyo gráfico de todas las actuaciones.

3.c) Seguimiento y control ambiental de actividades portuarias.

Funciones:

1.º Inspecciones visuales para evaluar el estado de las aguas.

2.º Inspección de operaciones de carga y descarga.

3.º Inventario de actividades potencialmente contaminantes. Inspeccionar las instalaciones MARPOL y detectar los incumplimientos de la normativa vigente sobre el tema. Apoyo gráfico de todas las actuaciones.

3.d) Seguimiento de operaciones de dragado y actividades afines.

Funciones:

Asistencia técnica especializada referente a los planes de trabajo específicos para cada una de las actuaciones a supervisar.

3.e) Seguimiento de zonas industriales.

Funciones:

1.º Vigilancia de zonas con actividad industrial.

2.º Detección de impactos al medio ambiente (humos, vertidos en operaciones de carga/descarga en refinerías, emisión de partículas en operaciones de carga/descarga de graneles…).

3.º Apoyo gráfico de todas las actuaciones.

3.f) Vigilancia de la calidad ambiental de espacios naturales protegidos.

Funciones:

1.º Presencia más exhaustiva de las embarcaciones. Intervención inmediata ante cualquier acción perjudicial para el medio.

2.º Establecimiento de índices de calidad y seguimiento de estos de acuerdo con lo indicado por la Directiva Marco de Aguas.

3.g) Actuaciones de apoyo.

Funciones:

Programar todas aquellas actividades de interés para la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Colaborar en la realización de las mismas.

3.h) Desarrollo e implantación de la Directiva Marco de Aguas en aguas litorales y de transición.

Funciones:

1.º Seguimiento de los procesos de eutrofización mediante la valoración de los distintos indicadores establecidos en los grupos de trabajo europeos.

2.º Aplicación de índices de calidad en función de la composición del fitoplancton.

3.º Detección de blooms algales.

4.º Seguimiento de las comunidades bentónicas y aplicación de índices de calidad en función de la composición y abundancia de organismos.

3.i) Seguimiento de los efluentes de refrigeración de centrales térmicas e industrias afines.

Funciones:

1.º Seguimiento de las temperaturas en las zonas de vertido de determinadas empresas en la ría de Huelva, bahía de Algeciras y Carboneras.

2.º Estudio del gradiente térmico en aguas de la ría de Huelva, en diferentes condiciones de marea.

4. Aseguramiento de la calidad.

4.a) Ampliación y mantenimiento de acreditaciones concedidas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

Funciones:

1.º Preparación y coordinación de auditorías externas realizadas por ENAC.

2.º Elaboración de informes de acciones correctoras.

3.º Definición, implantación y seguimiento de acciones correctivas propuestas.

4.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como laboratorio de calibración en el área Química y de Fluidos (Norma ISO/IEC 17025).

5.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como entidad de inspección para el área medioambiental (Norma ISO 17020). Para toma de muestra e inspección de:

6.º Aguas residuales.

7.º Aguas continentales superficiales.

8.º Aguas marinas.

9.º Emisiones.

10.º Calidad del aire (inmisiones).

11.º Ruidos y vibraciones.

12.º Aislamiento acústico.

13.º Ampliación y mantenimiento de la acreditación como laboratorio de ensayo (Norma ISO/IEC 17025). Para la toma de muestra y análisis de:

14.º Emisiones de fuentes estacionarias.

15.º Inmisiones atmosféricas.

16.º Aguas continentales, marinas y residuales.

17.º Suelos.

18.º Lodos.

19.º Sedimentos y residuos sólidos.

20.º Biota.

4.b) Actualización continua, implantación y mantenimiento del sistema de calidad definido.

Funciones:

1.º Se pretende alcanzar un alto nivel de fiabilidad para todas las medidas realizadas por los laboratorios y unidades móviles, para ello se ha implantado un sistema que asegura la calidad de los datos a través de:

2.º Elaboración y control de la documentación integrante del sistema de calidad.

3.º Calificación de técnicos.

4.º Seguimiento y evaluación de la eficacia de acciones correctoras.

5.º Coordinación de ejercicios ínter+comparaciones y evaluación de resultados.

6.º Coordinación de las revisiones anuales de los sistemas de calidad.

7.º Seguimiento y evaluación de resultados de las actividades de control de calidad.

8.º Definición e implantación del sistema de calidad en nuevas actividades.

9.º Supervisión del cumplimiento de los planes anuales de calidad.

10.º Elaboración de informes que emanen del sistema de calidad.

4.c) Realización de auditorías internas que permiten comprobar el grado de implantación y la eficacia del sistema de calidad:

Funciones:

1.º Elaboración de lista de comprobaciones y cuestionarios de auditoría.

2.º Evaluación de los trabajos desarrollados.

3.º Descripción de desviaciones detectadas y definición de acciones correctoras.

4.º Elaboración y distribución de informes de auditorías. Seguimiento de la eficacia de las acciones correctoras propuestas y cierre de desviaciones.

4.d) Control de calidad de las medidas realizadas por la Red de Vigilancia y Control de la Calidad Ambiental (RVCCA) de la Junta de Andalucía.

Funciones:

1.º Revisión de la documentación que integra el sistema de calidad a implantar en la red.

2.º Asesoramiento en la implantación del sistema de calidad.

3.º Realización de auditorias de calidad a las cabinas de la red.

5. Centro de datos de calidad ambiental (CDCA).

5.a) Supervisión del adecuado funcionamiento de las redes de vigilancia y control de la calidad ambiental durante 24 horas.

Funciones:

1.º Supervisión del cumplimiento de los criterios de calidad del aire descritos en la legislación, de los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera en las industrias, de los criterios de calidad de las aguas litorales descritos en la legislación y de los límites de vertido en los puntos autorizados y sometidos a monitorización. Supervisión del estado de funcionamiento de los analizadores y estaciones que componen las redes de vigilancia.

2.º Activación de los protocolos de información a la población en caso de superación de los valores establecidos. Participación en la coordinación de las actuaciones derivadas tras la comunicación sobre incidentes, accidentes, denuncias, averías, paradas o puestas en marcha, tras consultas de los Centros de Coordinación de Emergencia sobre niveles de presencia de contaminantes en tiempo real y tras las comunicaciones de incidentes por parte de los barcos y laboratorios.

5.b) Homogeneización de los soportes y de la metodología de tratamiento y análisis de la información.

Funciones:

1.º Mantenimiento y mejora del sistema operativo, software de adquisición de datos y software de comunicaciones de estaciones remotas y centros de control, así como del sistema de Paneles de Información Ambiental. Depuración de los procesos automáticos de adquisición y carga de datos en el sistema de la Consejería de Medio Ambiente. Intervención en el caso de incidencias, como parada del sistema por existencia de archivos de datos corruptos o fallos en los protocolos de comunicaciones. Coordinación con la empresa encargada del mantenimiento de estaciones y analizadores, facilitándole información diaria detallada sobre el estado de las redes y los analizadores.

2.º Desarrollo y programación de sistemas de adquisición de datos y de protocolos para la exportación de datos en tiempo real específicos para los Centros de Control de determinadas industrias.

3.º Mantenimiento de equipos y software del CDCA.

5.c) Elaboración de informes y procesado de la información.

Funciones:

1.º Validación de los datos de las redes de vigilancia. Realización de informes específicos sobre materias relacionadas con la encomienda, a solicitud de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Redacción de informes periódicos de calidad ambiental en Andalucía, colaborando en la elaboración del Informe de Medio Ambiente de Andalucía.

2.º Estudios de modelización de la contaminación atmosférica. Integración de la información generada con Sistemas de Información Geográfica.

3.º Apoyo técnico en la aplicación de la Ley 37/2003 del ruido, del Decreto 326/2003, así como en la gestión en materia de prevención e inspección acústica. Realización de informes para su remisión a otros Organismos Públicos.

4.º Coordinación, participación y realización de informes para los distintos planes de mejora de la calidad ambiental que formule la CMA, así como la Planificación de campañas de evaluación de la calidad ambiental, en general.

5.º Redacción de informes anuales sobre la red de vigilancia de vertidos al litoral: evolución y comportamiento de los vertidos controlados, contraste con las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertido e información de las declaraciones anuales presentadas por las respectivas empresas.

6.º Revisión, mantenimiento y actualización de la web de la Consejería de Medio Ambiente y de la web del CDCA.

7.º Informe sobre las conducciones de vertido, estado de los puertos y estado de las depuradoras de aguas residuales urbanas del litoral andaluz.

8.º Recolección de los datos necesarios para poder realizar el cálculo de la carga contaminante vertida al medio receptor y elaboración de informes sobre cargas contaminantes vertidas al litoral andaluz.

9.º Estudio e interpretación de la nueva Directiva Marco de Aguas (2000/60/CE). Recopilación de información relacionada con la misma y análisis de las implicaciones derivadas en relación con los programas de control y seguimiento de las aguas litorales andaluzas.

10.º Adaptación de recomendaciones emitidas por OSPAR para el control de parámetros contaminantes en los vertidos del sector de la acuicultura en el litoral andaluz.

5.d) Seguimiento y actualización del inventario de emisiones y focos contaminantes.

Funciones:

1.º Elaboración de inventarios anuales de emisiones a la atmósfera.

2.º Seguimiento y mejora de los procedimientos para la actualización y mejora de los Inventarios de Emisiones a la atmósfera en Andalucía.

3.º Adecuación en continuo de la metodología, frecuencia e información de salida de los inventarios a las necesidades de suministro de información que tiene la Consejería. Actualización de procedimientos de control de calidad de los inventarios.

4.º Mantenimiento y actualización del inventario de vertidos líquidos.

5.e) Facilitar el acceso a los usuarios potenciales de información ambiental.

Funciones:

1.º Preparación de información para responder a las solicitudes de datos realizadas por otras administraciones, empresas y particulares.

2.º Gestión de la información a presentar en los Paneles de Información Ambiental.

3.º Atención a visitas al Centro de Datos de Calidad Ambiental.

5.f). Elaboración de informes para las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente.

Funciones:

Elaboración de informes con objeto de que Delegaciones Provinciales puedan atender la cada vez mayor demanda de información medioambiental por parte de la población en general.

6. Emisiones a la atmósfera de gases de efecto invernadero (EGEI).

Funciones:

1.º Apoyo a las empresas en la tramitación de la AEGEI. Atención de consultas y Resolución de dudas de carácter general.

2.º Análisis y evaluación de las solicitudes de autorización en base a las directrices recogidas en la Decisión 2007/589/CE, de 18 de julio.

3.º Asesoramiento en materia de la metodología de seguimiento más conveniente para cada titular de instalación afectada por la normativa sobre EGEI.

4.º Preparación del condicionado de la AEGEI y apoyo a su cumplimentación tramitación y envío.

5.º Redacción de las guías metodológicas de seguimiento y notificación de las emisiones para los sectores afectados. Definición de las condiciones y criterios aplicables a los organismos de verificación regulados por el R.D. 1315/2006, de 24 de noviembre.

6.º Mantenimiento y Actualización del Registro de Instalaciones Titulares de AEGEI.

7.º Mantenimiento y Actualización de los Archivos de Documentación sobre todo lo referente a las EGEI.

8.º Servicio de Consulta mediante Línea 900 de Atención Telefónica y Correo Electrónico kioto.cma@juntadeandalucia.es.

9.º Apoyo técnico a la CMA en todo lo relacionado con el Comercio de Derechos de Emisión. Asistencia técnica en todas las tareas correspondientes a la comprobación de datos en la documentación aportada por titulares de instalaciones (en especial para otorgamiento de AEGEI y verificación de las alegaciones sobre la no afección por la legislación vigente).

10.º Diseño y apoyo a la aplicación de los procedimientos operativos e instrucciones técnicas para la validación de informes de Entidades de Verificación.

11.º Redacción y apoyo técnico en la ejecución de los Planes de Seguimiento y de Verificaciones de las AEGEI.

12.º Apoyo a la validación de los informes de notificación de emisiones verificados, que establece la Ley 1/2005, de 9 de marzo.

13.º Mantenimiento de la base de datos en lo referente a Andalucía del RENADE, regulado en el R.D. 1264/2005, de 21 de octubre.

7. Protección contra la contaminación acústica.

7.a) Realización de medidas e inspecciones de ruidos y vibraciones.

Funciones:

1.º Mediciones e inspección para dar cumplimiento a lo recogido en el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección Contra la Contaminación Acústica referente a:

2.º Emisiones de ruidos.

3.º Inmisiones de ruidos.

4.º Inmisión de vibraciones sonoras.

5.º Ruido ambiente.

7.b) Realización de medidas e inspecciones de aislamientos acústicos.

Funciones:

1.º Mediciones e inspección para dar cumplimiento a lo para esta materia en la Ley 7/2007 de 9 de julio de 2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y en el reglamento de desarrollo.

2.º Aislamiento acústico a ruido aéreo.

3.º Aislamiento acústico a ruido de fachadas y cubiertas de edificaciones.

4.º Aislamiento acústico a ruido de impactos.

7.c) Realización de mapas de ruidos.

Funciones:

1.º Apoyo técnico para la realización de mapas de ruidos, mapas estratégicos de ruidos, y otros estudios de interés.

2.º Realización de las medidas necesarias para su ejecución.

7.d) Realización de auditorías en Autorizaciones Ambientales Integradas.

Funciones:

1.º Participación en las inspecciones derivadas del plan de vigilancia y control de las Autorizaciones Ambientales Integradas.

2.º Realización de las medidas necesarias para su ejecución.

8. Planes de calidad ambiental.

8.a) Plan de Calidad Ambiental de Huelva y su entorno.

Actividades de Secretaria Técnica.

Funciones:

Línea 1.

1.º Establecer contacto con todos los grupos de investigación que intervienen de forma que éstos entreguen la documentación correspondiente a sus trabajos con el alcance y extensión que la Consejería de Medio Ambiente les ha contratado.

2.º Archivar y clasificar toda la información y documentación que se ha generado como consecuencia de la ejecución del Plan.

3.º Establecer contacto con todas las empresas y entidades públicas o privadas que puedan establecer acuerdos y/o convenios con la CMA para llevar a cabo actuaciones voluntarias que puedan mejorar la calidad ambiental en la zona.

Línea 2.

Organizar las actividades necesarias para divulgar a todos los niveles y con los formatos idóneos en cada caso, las actividades desarrolladas hasta ahora en el marco del Plan, los resultados que se han logrado y muy especialmente, planificar las acciones que en esta línea se van a emprender en el futuro.

Línea 3.

1.º Intervenir en la redacción y en la coordinación de todas las partes que han de aportar ideas y desarrollar trabajos relacionados con el Plan de Acción que se deba emprender en los próximos años y tomando como referente las conclusiones de Diagnóstico de Situación recientemente finalizado.

2.º Definir los indicadores que permitan reflejar de la manera más adecuada los resultados del Plan de Acción.

3.º Actividades de Asistencia Técnica.

En este caso el papel de EGMASA se centrará en llevar a cabo las tareas de recopilación, análisis y valoración de aspectos relacionados con los diferentes vectores ambientales en los que la CMA desea actuar de una manera directa. A tal fin, se procurará la coordinación con los responsables de otros medios de la misma (LVCC, barcos, CDCA, etc.).

8.b) Plan de Calidad Ambiental del Campo de Gibraltar.

Funciones:

Teniendo en cuenta que la estructura por líneas de acción se ha planteado bajo los mismos criterios y de la misma forma para los dos Planes de Calidad, cabe afirmar que todo lo expresado en el punto anterior es trasladable a éste.

9. Programa de Sostenibilidad Ambiental Urbana Ciudad 21.

9.a) Desarrollo de iniciativas específicas en cada una de las áreas temáticas del programa.

Funciones:

1.ª Apoyo a la implantación de políticas municipales de sostenibilidad.

2.ª Desarrollo de iniciativas específicas en municipios concretos relacionadas con las áreas temáticas del Programa Ciudad 21.

3.ª Selección de municipios objetivo en función de la influencia que sus características intrínsecas puedan tener sobre los resultados de la iniciativa.

4.ª Obtención de conclusiones exportables que permitan, por ejemplo, plantear futuras líneas de incentivos.

9.b) Estudios y documentos técnicos en Medio Ambiente Urbano.

Funciones:

1.º Actividades destinadas a impulsar el proceso de Agenda Local 21.

2.º Análisis, diagnóstico y elaboración de los planes de acción local de aquellos municipios adheridos en 2002, que aún no tengan cumplimentada esta fase de su Agenda 21 Local.

10. Gestión de Residuos.

10.a) Gestión de Residuos.

Funciones:

1.º Explotación y mantenimiento del Sistema de Información de Residuos Peligrosos (SIRTP).

2.º Archivo, revisión, validación y grabación de la documentación oficial en materia de residuos peligrosos: declaraciones anuales de productores (unas 13.500 anuales), memorias anuales de gestores (unas 500) y documentos de traslados transfronterizos (unos 2.500), según procedimiento.

3.º Control de calidad de los datos grabados en SIRTP, según procedimiento.

4.º Escaneo y archivo de documentos de control y seguimiento, documentos A y B de aceites usados y de pequeñas recogidas y de otra documentación del Servicio de Residuos, según procedimiento.

5.º Cruce de datos de la documentación oficial presentada por las empresas en materia de RPs. En particular, balances entrada-salida de gestores.

6.º Traslado de no conformidades detectadas en la documentación en materia de residuos peligrosos a las DDPP y a la DGPCA, y en concreto a los Servicios de Residuos y Calidad del Suelo y de Inspecciones. Diseño y mantenimiento de base de datos de incidencias. Preparación de comunicaciones para productores y gestores en caso de incidencias.

7.º Seguimiento de las importaciones y exportaciones de residuos peligrosos en Andalucía.

8.º Asistencia técnica e impulso para la entrega de documentación oficial de residuos peligrosos por vías telemáticas/informáticas.

9.º Elaboración de informes, consultas, estadísticas (Informe de Medio Ambiente, Medio Ambiente Datos Básicos, entre otras), respuesta a peticiones de datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medios Rural y Marino, particulares, universidades, etc.

10.º Asistencia técnica para la evaluación del cumplimiento de objetivos del Plan de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos 2004-2010, y a la Secretaría de su Comisión de Seguimiento: definición y evolución del Sistema de Indicadores, propuesta de actuaciones, informes para la Comisión, etc.

11.º Puesta en marcha de Comités Sectoriales de Minimización: asistencia técnica a la CMA para su creación, selección de sectores, asociaciones y federaciones, etc. interlocutoras, asistencia técnica para la implicación de los sectores, elaboración de propuesta de Orden para regular la adhesión de empresas y la concesión del certificado de minimización.

12.º Puesta en marcha y actualización continua del Catálogo de Residuos de Andalucía.

13.º Asistencia técnica para la actualización de los contenidos de residuos de la web de la CMA.

14.º Asistencia técnica en la redacción de normas, guías, criterios, procedimientos, manuales, etc.

15.º Validación, grabación y evaluación de estudios de minimización de residuos peligrosos. Elaboración de informe de situación.

16.º Actualización del inventario de PCBs y equipos que contienen PCBs a partir de las declaraciones de posesión presentadas. Elaboración de informe de situación para el Ministerio de Medio Ambiente y Medios Rural y Marino.

17.º Asistencia técnica al control de los Sistemas Integrados de Gestión de residuos.

18.º Actualización continua en materia de normativa y sistemas de gestión de residuos. Prospectiva tecnológica continua.

19.º Asistencia técnica técnico y de gestión al Servicio de Residuos y Calidad del Suelos mediante Servicio de atención telefónica.

20.º Asistencia técnica para el diseño de la nueva base de datos SIRTP (AUGIAS).

21.º Asistencia técnica en relación con la propuesta estatal para la integración de la información en materia de residuos (Proyecto ÉTER).

22.º Propuesta de panel para el seguimiento continuo de los residuos peligrosos en Andalucía. Definición de un sistema de datos claves y noticias destacables.

23.º Mantenimiento del área de trabajo CMA-EGMASA sobre residuos.

24.º Participación en experiencias de transferencia de conocimientos con otras administraciones, empresas, etc.

25.º Propuesta y actualización continua de Informes de seguimiento: indicadores y cuadro de mandos.

26.º Otros trabajos de consultoría relacionados, cuya ejecución se considere necesaria, que serán encargados por escrito por el TRS y que quedarán registrados en el área de trabajo de la encomienda.

10.b) Suelos Contaminados.

Funciones:

1.º Asistencia técnica técnico en materia de suelos: realización de consultas, estadísticas, informes, etc. de diversa índole.

2.º Asistencia técnica de gestión para la tramitación de expedientes de suelos.

3.º Valoración de informes de situación de suelos: vías individual (tratamiento específico), sectorial (para ocho sectores previamente definidos) o general (con motor de valoración estándar).

4.º Valoración de informes de caracterización de suelos: informes, muestreos, análisis cuantitativos de riesgos, etc., incluyendo visita a emplazamientos en caso de ser necesario.

5.º Realización de Análisis Cuantitativos de Riesgos.

6.º Explotación aplicación informática de suelos (SUCO).

7.º Creación y actualización de los catálogos de suelos contaminados y potencialmente contaminados.

8.º Gestiones con Registro de la Propiedad para indagación de titulares de suelos.

9.º Elaboración de guías, manuales, criterios, normas, procedimientos, etc. de suelos.

10.º Asistencia técnica para la firma de acuerdos de colaboración y su seguimiento y evaluación de resultados (gasolineras, talleres, grandes empresas, organismos públicos, etc.).

11.º Seguimiento de actuaciones de Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia de suelos contaminados.

12.º Participación en el Grupo de trabajo del CONAMA de suelos contaminados.

13.º Sesiones de formación y coordinación en materia de suelos.

14.º Asistencia técnica técnico y de gestión al Servicio de Residuos y Calidad del Suelos mediante Servicio de atención telefónica.

15.º Asistencia técnica para la actualización de los contenidos de suelos contaminados de la web de la CMA.

16.º Actualización continua en materia de normativa y sistemas de gestión de suelos contaminados.

17.º Mantenimiento del área de trabajo CMA-EGMASA sobre suelos.

18.º Participación en experiencias de transferencia de conocimientos con otras administraciones, empresas, etc.

19.º Propuesta y actualización continua de Informes de seguimiento: indicadores y cuadro de mandos.

20.º Otros trabajos de consultoría relacionados, cuya ejecución se considere necesaria, que serán encargados por escrito por el TRS y que quedarán registrados en el área de trabajo de la encomienda.

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