Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 25/06/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 15 de junio de 2009, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en la Bolsa de Empleo Temporal, correspondientes al período de valoración de méritos de 31 de octubre de 2008, de Técnico de Salud (Educación para la Salud y Participación Comunitaria y Sanidad Ambiental) y Trabajador Social, y apertura del plazo para presentar documentación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Siendo preciso aprobar las listas definitivas de Técnico de Salud (Educación para la Salud y Participación Comunitaria y Sanidad Ambiental) y Trabajador Social, con objeto de ofrecer la máxima agilidad al proceso de selección de personal temporal y, no existiendo causas de exclusión subsanables, se omite la publicación de los listados provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.

De conformidad con lo establecido en la base sexta 3 y 4 del Anexo I de la Resolución de 21 de octubre de 2005 (BOJA núm. 212, de 31 de octubre), por la que se convoca proceso de selección de personal estatutario temporal para la cobertura provisional de plazas básicas de determinadas categorías de personal de gestión y servicios dependientes del Servicio Andaluz de Salud; conforme a lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre (BOE núm. 301, de 17 de diciembre), del Estatuto Básico del personal estatutario de los servicios de salud, en cumplimiento de lo establecido en el Pacto de 20 de mayo de 2005 (BOJA núm. 211, de 28 de octubre), de Mesa Sectorial sobre sistema de selección de personal estatutario temporal, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 171/2009, de 19 de mayo (BOJA núm. 95, de 20 de mayo), de Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos en la Bolsa de Empleo Temporal, correspondientes al período de valoración de méritos de 31 de octubre de 2008, de Técnico de Salud (Educación para la Salud y Participación Comunitaria y Sanidad Ambiental) y Trabajador Social, que han superado la puntuación de corte, de conformidad con lo establecido en el punto 3 de la presente Resolución; y las de excluidos. Las citadas listas indican la puntuación consignada por los aspirantes en el autobaremo de méritos presentado, la experiencia en el Servicio Andaluz de Salud, el sistema de acceso por el que concurren y, en el caso de aspirantes excluidos, la causa de exclusión.

Segundo. Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos en la Bolsa de Empleo Temporal, correspondientes al período de valoración de méritos de 31 de octubre de 2008, de las categorías citadas, que no han superado la puntuación de corte, de conformidad con lo establecido en el punto 3 de la presente Resolución. Las citadas listas indican la puntuación consignada por los aspirantes en el autobaremo de méritos presentado, la experiencia en el Servicio Andaluz de Salud y el sistema de acceso por el que concurren.

Tercero. Publicar, para las categorías citadas, las puntuaciones de corte asignadas a cada uno de los centros sanitarios del SAS, atendiendo al tipo de vinculación (corta y larga duración), a los distintos sistemas de acceso (libre y promoción interna), así como a la reserva de discapacitados (Anexo I).

Cuarto. Publicar la relación de causas de exclusión (Anexo II).

Quinto. Anunciar que las citadas listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en la Bolsa de Empleo Temporal se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Los aspirantes que deberán aportar documentación son los que se indican en las listas definitivas de admitidos; aquellos méritos suficientemente acreditados que ya han sido validados favorablemente por cada Comisión de Valoración no deberán presentarse.

Asimismo, es preciso tener en cuenta que la aclaración que se ofrece en las listas respecto a si debe aportar documentación o no, se establece en función de que el aspirante haya realizado un nuevo registro para el período de valoración en trámite, por lo que es posible que sólo haya modificado alguna categoría, centro o tipo de vinculación que no conlleva la presentación de documentos.

Por otra parte, aunque en la lista se indique que no debe aportar documentación, aquellos aspirantes que no acreditaran alguno o ningún requisito y mérito en periodos de valoración anteriores o la presentaran fuera de plazo –entendiéndose «fuera de plazo», además, aquellos méritos que aun presentados no computaran conforme a la modificación del baremo de la convocatoria- deberán aportarla en el plazo que se fija en esta Resolución.

Los citados aspirantes deberán presentar en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo establecido en el párrafo anterior, los siguientes documentos acreditativos de los requisitos y/o, en su caso, méritos alegados en su autobaremo:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o Pasaporte o Número de Identidad Extranjero.

2. Fotocopia compulsada del Libro de Familia u otro documento acreditativo del parentesco entre el aspirante y el cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge, de los españoles o de los nacionales de los demás países miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

3. Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida para el acceso a la categoría solicitada.

4. Declaración jurada de no haber sido separado definitivamente de ninguna Administración Pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

5. Declaración jurada de no tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría en la que se inscribe.

Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva de discapacitados con grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberán acreditar tal condición mediante fotocopia compulsada de la certificación en vigor expedida por el órgano competente en el que se especifique la discapacidad y el grado de la misma.

6. Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de todos los méritos alegados, autobaremados y registrados para la generación del autobaremo durante el plazo de inscripción de solicitudes. Dicha acreditación debe consistir en:

a) Certificados de servicios prestados, expedidos por la dirección del centro, en los que se haga constar la categoría en la que se han prestado los servicios y tipo de vinculación.

Los servicios prestados en centros concertados con la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía se acreditarán mediante la certificación indicada en el párrafo anterior y la presentación de la vida laboral.

Los servicios prestados en Instituciones Sanitarias públicas de algún país integrante de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo se acreditarán por medio de certificación oficial expedida por el Órgano que proceda del país en cuestión, acreditando su traducción por el Organismo Oficial correspondiente, y de ser necesario se exigirá su homologación por parte de la oficina diplomática española del país de que se trate.

Los servicios prestados en el Servicio Andaluz de Salud no deberán ser acreditados.

b) Certificación académica donde consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas del correspondiente plan de estudios.

c) Fotocopias compulsadas de los títulos académicos, master y diplomas.

d) Fotocopias compulsadas de los certificados de realización de cursos donde conste el nombre del curso, la fecha de realización, el número de horas docentes, la entidad organizadora y, en su caso, la entidad acreditadora y el número de créditos concedidos.

e) Fotocopias compulsadas de los certificados o nombramientos de colaborador docente donde conste el nombre del curso, la fecha de realización, el número de horas impartidas y la entidad organizadora.

f) Fotocopias compulsadas de nombramientos de Profesor Asociado y certificación de servicios prestados.

g) Fotocopias compulsadas de nombramientos de tutor de formación postgraduada y certificación, expedida por la dirección del centro, sobre el número de meses que haya ejercido dicha tutoría.

h) Fotocopias compulsadas de certificados, expedida por la dirección del centro, sobre la participación en Comisiones de Calidad.

i) Fotocopias compulsadas de publicaciones, ponencias y comunicaciones a congresos.

j) Fotocopias compulsadas de las certificaciones o resoluciones de concesión de premios.

k) Fotocopias compulsadas de certificaciones, expedidas por el órgano convocante, sobre la superación de ejercicios correspondientes a las ofertas de empleo público de los Servicios de Salud, con indicación de la categoría a la que se optaba y del año de la convocatoria. Se exceptúa de esta regla el certificado de superación de ejercicios de ofertas de empleo público del Servicio Andaluz de Salud que no deberán aportarlo. De conformidad con lo dispuesto en el baremo de la citada Convocatoria, se exceptúan los procesos selectivos de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario.

Séptimo. En el supuesto de que solicitada al órgano competente la acreditación de méritos no se recibiera en tiempo la certificación interesada, los aspirantes adjuntarán fotocopia compulsada de dicha solicitud, sin perjuicio de que posteriormente, una vez emitida la certificación requerida, deba aportarse la misma para su unión al expediente.

Octavo. La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse acompañada de una instancia que contenga los datos personales identificativos del aspirante. Habrá de cumplimentarse una instancia acompañada de la documentación correspondiente para cada categoría a la que opta el aspirante.

Dicha documentación se presentará grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citan los méritos en el baremo contenido en el Anexo III de la convocatoria, e introducida en un sobre, estos sobres serán facilitados en las Unidades de Atención al Profesional de los centros sanitarios y en los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y de los Servicios Centrales del SAS.

Noveno. La documentación deberá entregarse en los Registros de los Servicios Centrales (preferentemente en el Registro Auxiliar, sito en C/ Pedro Muñoz Torres, s/n, 41071, Sevilla), o en los Registros de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, o de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La documentación que se presente a través de las oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

La documentación procedente del extranjero podrá cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que la remitirán seguidamente al Servicio Andaluz de Salud.

Décimo. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de dicho Orden Jurisdiccional, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de junio de 2009.- El Director General, Antonio J. Valverde Asencio.

ANEXO I
PUNTUACION DE CORTE POR CENTRO SEGÚN SISTEMA DE ACCESO Y TIPO DE VINCULACIÓN
TEC. SALUD ESP. EDUCAC. SALUD Y PART. COM. Nota de Corte para Vinculación
Turno Libre Promoción
Interna
Discapacitados
CENTRO LARGA CORTA LARGA CORTA LARGA CORTA
DISPOSIT. APOYO PONIENTE DE ALMERIA 54.766 46.300 38.080 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO ALMERIA 54.766 46.300 38.080 34.116 32.175 32.175
DISPOSIT. APOYO LEVANTE-ALTO ALMANZORA 54.766 46.300 38.080 34.116 19.046 1.294
DISPOSIT. APOYO SIERRA DE CADIZ 54.814 46.867 38.080 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO JEREZ-COSTA NOROESTE 54.814 46.867 38.080 34.116 30.063 19.046
DISPOSIT. APOYO CAMPO DE GIBRALTAR 54.814 46.867 38.080 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO BAHIA DE CADIZ-LA JANDA 54.814 46.867 38.080 34.116 30.000 19.046
DISPOSIT. APOYO GUADALQUIVIR 54.814 46.867 38.080 34.116 36.556 35.200
DISPOSIT. APOYO CORDOBA SUR 54.814 46.867 38.080 34.116 36.556 35.200
DISPOSIT. APOYO CORDOBA 54.814 46.867 38.080 34.116 36.556 35.200
DISP. DE APOYO CORDOBA NORTE 54.814 46.867 38.080 34.116 35.200 23.862
DISPOSIT. APOYO GRANADA NORDESTE 53.263 46.300 37.200 34.116 36.349 19.046
DISPOSIT. APOYO GRANADA SUR 53.263 46.300 37.200 34.116 36.349 19.046
DISP. APOYO METROPOLITANO GRANADA 53.263 46.300 37.200 34.116 36.803 33.233
DISPOSIT. APOYO GRANADA 53.263 46.300 37.200 34.116 36.803 33.233
DISPOSIT.APOYO S.HUELVA-ANDEVALO CENTRAL 54.814 46.867 37.000 34.116 36.556 19.046
DISPOSIT. APOYO CONDADO-CAMPIÑA 54.814 46.867 37.000 34.116 36.556 35.350
DISPOSIT. APOYO HUELVA-COSTA 54.814 46.867 37.000 34.116 36.556 19.046
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORTE 54.814 46.300 38.080 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORDESTE 54.814 46.300 38.080 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO JAEN-SUR 53.263 46.300 38.080 34.116 30.000 30.000
DISPOSIT. APOYO JAEN 54.814 46.300 38.080 33.889 30.000 30.000
DISPOSIT. APOYO MALAGA 54.814 46.300 37.328 34.116 35.000 35.000
DISPOSIT. APOYO COSTA DEL SOL 54.814 46.300 37.328 34.116 35.000 35.000
DISPOSIT. APOYO LA VEGA 54.814 46.300 37.328 34.116 35.000 35.000
DISPOSIT. APOYO AXARQUIA 54.814 46.300 37.328 34.116 35.000 35.000
DISPOSIT. APOYO VALLE DEL GUADALHORCE 54.814 46.300 37.328 34.116 35.000 35.000
DISPOSIT. APOYO SERRANIA 54.814 46.300 37.000 34.116 36.349 35.000
DISPOSIT. APOYO SEVILLA 54.814 46.867 37.000 34.040 35.350 35.350
DISPOSIT. APOYO SEVILLA SUR 54.814 45.914 37.000 34.040 36.556 32.014
DISPOSIT. APOYO ALJARAFE 54.814 46.867 37.000 34.040 35.350 32.014
DISPOSIT. APOYO SEVILLA NORTE 54.814 46.867 37.000 34.040 32.014 19.046
DISPOSIT. APOYO SEVILLA ESTE (A.S. OSUNA) 54.814 46.867 37.000 34.116 36.349 19.046
DISPOSIT. APOYO PONIENTE DE ALMERIA 58.825 44.472 36.000 34.116 32.175 19.046
DISPOSIT. APOYO ALMERIA 58.825 44.472 36.000 33.136 32.069 32.175
DISPOSIT. APOYO LEVANTE-ALTO ALMANZORA 58.825 44.472 36.000 34.116 19.046 1.294
DISPOSIT. APOYO SIERRA DE CADIZ 58.825 46.664 36.000 33.253 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO JEREZ-COSTA NOROESTE 57.765 46.290 36.000 33.253 30.063 19.046
DISPOSIT. APOYO CAMPO DE GIBRALTAR 58.825 46.290 36.000 33.253 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO BAHIA DE CADIZ-LA JANDA 58.825 46.290 36.000 33.253 30.000 19.046
DISPOSIT. APOYO GUADALQUIVIR 56.700 46.664 36.000 34.116 36.556 35.200
DISPOSIT. APOYO CORDOBA SUR 56.700 46.664 36.000 34.116 36.556 35.200
DISPOSIT. APOYO CORDOBA 56.700 46.664 36.000 33.246 36.556 35.200
DISP. DE APOYO CORDOBA NORTE 56.700 38.150 36.000 23.311 35.200 23.862
DISPOSIT. APOYO GRANADA NORDESTE 56.623 46.664 36.000 34.116 32.069 0.050
DISPOSIT. APOYO GRANADA SUR 56.623 46.664 36.000 33.032 36.803 0.050
DISP. APOYO METROPOLITANO GRANADA 56.623 46.664 36.000 34.116 36.803 32.069
DISPOSIT. APOYO GRANADA 56.623 46.664 36.000 33.136 38.896 32.069
DISPOSIT.APOYO S.HUELVA-ANDEVALO CENTRAL 58.825 46.867 36.000 34.116 36.556 19.046
DISPOSIT. APOYO CONDADO-CAMPIÑA 51.265 46.290 36.000 33.032 36.556 35.350
DISPOSIT. APOYO HUELVA-COSTA 58.825 46.290 36.000 33.032 36.556 19.046
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORTE 58.825 46.664 36.000 34.116 0.028 0.016
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORDESTE 50.712 46.664 36.000 34.116 0.028 0.016
DISPOSIT. APOYO JAEN-SUR 58.825 46.664 36.000 34.116 19.046 19.046
DISPOSIT. APOYO JAEN 58.825 46.664 36.000 33.102 32.069 30.000
DISPOSIT. APOYO MALAGA 58.825 46.664 36.000 33.103 35.000 30.000
DISPOSIT. APOYO COSTA DEL SOL 58.825 46.664 36.000 33.103 30.000 30.000
DISPOSIT. APOYO LA VEGA 58.825 46.664 36.000 33.103 21.875 19.046
DISPOSIT. APOYO AXARQUIA 58.825 46.664 36.000 33.103 35.000 29.200
DISPOSIT. APOYO VALLE DEL GUADALHORCE 58.825 46.664 36.000 33.103 35.000 19.046
DISPOSIT. APOYO SERRANIA 58.825 46.664 36.000 33.103 21.875 19.046
DISPOSIT. APOYO SEVILLA 57.765 46.290 36.000 33.056 36.556 35.350
DISPOSIT. APOYO SEVILLA SUR 57.765 46.290 36.000 33.056 36.316 30.063
DISPOSIT. APOYO ALJARAFE 57.765 46.290 36.000 33.056 36.316 24.807
DISPOSIT. APOYO SEVILLA NORTE 58.825 46.290 36.000 33.056 36.316 24.807
DISPOSIT. APOYO SEVILLA ESTE (A.S. OSUNA) 58.825 46.290 36.000 33.056 36.316 19.046
TRABAJADOR SOCIAL Nota de Corte para Vinculación
Turno Libre Promoción
Interna
Discapacitados
CENTRO LARGA CORTA LARGA CORTA LARGA CORTA
DISPOSIT. APOYO PONIENTE DE ALMERIA 55.700 40.483 18.136 0 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO ALMERIA 55.700 40.483 18.136 18.136 39.689 30.868
DISPOSIT. APOYO LEVANTE-ALTO ALMANZORA 56.100 40.483 23.047 0 39.689 33.275
HOSPITAL TORRECARDENAS 55.700 40.483 18.136 0 39.689 30.868
HOSPITAL HUERCAL-OVERA 56.100 40.483 23.047 0 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO SIERRA DE CADIZ 56.100 40.483 17.500 17.500 39.689 30.735
DISPOSIT. APOYO JEREZ-COSTA NOROESTE 55.794 40.483 24.900 24.900 39.689 30.735
DISPOSIT. APOYO CAMPO DE GIBRALTAR 56.100 40.483 33.442 0 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO BAHIA DE CADIZ-LA JANDA 56.100 40.483 24.900 0 39.689 33.275
HOSPITAL PUERTA DEL MAR 55.789 40.483 24.900 24.900 39.689 33.275
HOSPITAL UNIV. PUERTO REAL 56.100 40.483 24.900 24.900 39.689 33.275
H. LA LINEA DE LA CONCEPCION (A.S. CAMPO DE GIBRALTAR) 56.100 40.483 33.442 40.843 39.689 33.275
HOSPITAL ALGECIRAS (A.S. CAMPO DE GIBRALTAR) 56.100 40.483 33.442 40.843 39.689 33.275
HOSPITAL DE JEREZ 55.794 40.483 17.500 17.500 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO GUADALQUIVIR 56.100 40.483 0 0 39.689 26.250
DISPOSIT. APOYO CORDOBA SUR 55.789 40.483 0 0 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO CORDOBA 55.789 40.483 18.136 18.136 39.689 33.275
DISP. DE APOYO CORDOBA NORTE 56.100 40.483 0 0 39.689 33.275
HOSP.UNIV.REINA SOFIA 55.789 40.483 18.136 18.136 39.689 26.250
HOSPITAL INFANTA MARGARITA 55.789 40.483 18.136 18.136 39.689 26.250
HOSPITAL VALLE DE LOS PEDROCHES 56.100 40.483 33.442 0 39.689 26.250
DISPOSIT. APOYO GRANADA NORDESTE 55.789 40.483 5.156 18.136 39.689 31.200
DISPOSIT. APOYO GRANADA SUR 56.100 40.483 5.156 18.136 39.689 33.275
DISP. APOYO METROPOLITANO GRANADA 55.789 40.483 5.156 18.136 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO GRANADA 55.789 40.483 5.156 5.636 39.689 30.993
HOSPITAL VIRGEN DE LAS NIEVES 55.789 40.483 5.156 5.636 39.689 30.993
HOSPITAL UNIV. SAN CECILIO 55.789 40.483 5.156 5.636 39.689 30.993
HOSPITAL DE MOTRIL 55.789 40.483 5.156 14.650 39.689 33.275
HOSPITAL DE BAZA 55.789 40.483 5.156 14.650 39.689 31.200
DISPOSIT.APOYO S.HUELVA-ANDEVALO CENTRAL 56.100 40.483 33.000 0 35.460 31.925
DISPOSIT. APOYO CONDADO-CAMPIÑA 56.100 40.483 33.020 37.950 38.041 31.925
DISPOSIT. APOYO HUELVA-COSTA 55.789 40.483 3.000 0 38.041 33.275
HOSPITAL JUAN RAMON JIMENEZ 55.789 40.483 3.000 3.000 38.041 31.925
HOSPITAL INFANTA ELENA 55.789 40.483 3.000 3.000 38.041 31.925
HOSPITAL RIOTINTO 56.100 40.483 33.000 46.020 35.460 31.925
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORTE 55.789 40.483 6.250 0 39.689 33.040
DISPOSIT. APOYO JAEN-NORDESTE 55.789 40.483 6.250 0 39.689 33.040
DISPOSIT. APOYO JAEN-SUR 55.789 40.483 6.250 23.047 39.689 33.040
DISPOSIT. APOYO JAEN 55.789 40.483 6.250 18.136 39.689 33.040
COMPLEJO HOSPITALARIO DE JAEN 55.789 40.483 6.250 6.250 39.689 33.040
HOSPITAL DE UBEDA 55.789 40.483 6.250 18.136 39.689 33.275
HOSPITAL DE LINARES 55.789 40.483 6.250 18.136 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO MALAGA 55.789 40.483 14.775 14.775 39.689 33.040
DISPOSIT. APOYO COSTA DEL SOL 55.789 40.483 18.136 18.136 39.689 33.040
DISPOSIT. APOYO LA VEGA 55.789 40.483 24.725 0 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO AXARQUIA 55.789 40.483 23.047 23.047 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO VALLE DEL GUADALHORCE 56.100 40.483 20.640 30.000 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO SERRANIA 56.100 40.483 33.442 33.000 39.689 33.275
HOSPITAL CARLOS HAYA 55.789 40.483 3.000 3.000 39.689 33.040
HOSP.UNIV. VIRGEN DE LA VICTORIA 55.789 40.483 3.000 3.000 39.689 33.275
HOSPITAL DE LA SERRANIA DE RONDA 56.100 40.483 33.000 23.047 39.689 33.275
HOSPITAL DE LA AXARQUIA 55.789 40.483 22.900 22.900 39.689 33.275
HOSPITAL DE ANTEQUERA 55.789 40.483 18.136 18.136 39.689 33.275
DISPOSIT. APOYO SEVILLA 55.789 40.483 15.575 18.136 38.100 33.275
DISPOSIT. APOYO SEVILLA SUR 55.830 40.483 15.575 33.000 38.100 33.275
DISPOSIT. APOYO ALJARAFE 55.830 40.483 13.875 19.005 38.100 33.275
DISPOSIT. APOYO SEVILLA NORTE 55.830 40.483 18.136 18.136 38.100 33.275
DISPOSIT. APOYO SEVILLA ESTE (A.S. OSUNA) 55.830 40.483 33.040 33.683 38.100 33.275
HOSP.UNIV.VIRGEN DEL ROCIO 55.789 40.483 15.575 15.575 38.100 33.275
HOSPITAL VIRGEN MACARENA 55.789 40.483 15.575 15.575 38.100 33.275
HOSPITAL DE VALME 55.830 40.483 15.575 15.575 38.100 33.275
HOSPITAL NTRA. SRA. DE LA MERCED OSUNA (A.S. OSUNA) 55.830 40.483 18.136 18.136 38.100 33.275

ANEXO II

CAUSAS DE EXCLUSIÓN

01. No haber elegido esta categoría en la última solicitud registrada del período de valoración de méritos vigente.

02. Tener la condición de personal estatutario fijo en esta categoría.

03. No haber solicitado ningún centro para esta categoría.

Descargar PDF