Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 02/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 11 de mayo de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 1 de febrero de 2008, por la que se aprueba definitivamente el expediente correspondiente a la corrección de errores del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera, y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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Para general conocimiento, una vez se ha procedido a la inscripción y depósito en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la aprobación definitiva del expediente correspondiente a la Corrección de Errores del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se procede a la publicación de la Resolución y Normativa Urbanística correspondiente al citado instrumento urbanístico:

- Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 1 de febrero de 2008, por la que se aprueba definitivamente el expediente correspondiente a la Corrección de Errores del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

Visto el expediente administrativo y documentación técnica correspondientes a la Corrección de Errores del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 19 de diciembre de 2007; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 30 de enero de 2008, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 10, de 15 de enero), que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y modifica el Decreto 202/2004, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería, la Comisión, por unanimidad,

ACUERDA

Primero. Aprobar definitivamente el expediente correspondiente a la Corrección de Errores del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Espera, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 19 de diciembre de 2007, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Espera y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO II
FICHA ACTUAL Sector ES-SUO 1.B
1. CONDICIONES GENERALES
Superficie de ordenación: 19.098 m² (1,91 hectáreas)
S.S.G.G. incluidos: 2.452 m² S.G.COM -7 = 1.124 m²
S.G.COM -8 = 1.328 m²
S.S.G.G. adscritos: 2.308 m² (AP-16) SG. EL = 991 m²
(AP-15) SG. EL = 1.317 m²
AMBAS ACTUACIONES PUNTUALES SERÁN PARTE DEL TRAZADO ALTERNATIVO DE LA COLADA DEL HIGUERÓN Y DEL MOCHUELO
Densidad máx. de viviendas: 37 viv/ha
Edificabilidad lucrativa máxima: 0,50 m² techo/m² suelo
Núm. máximo de viviendas: 71 viviendas
Máxima superficie edificable: 9.549 m²
Uso global característico: Residencial y compatibles. Densidad media
Uso prohibido: Industrial, tipos II y III (art. 4.7.3 PGOU)
Iniciativa: Privada
Plazo de ejecución: 2 años, desde el 1.
2.
Sistemas de espacios libres
Dominio y uso público: 3.568 m²
Jardines 1.857 m² y Área de recreo 1.711 m²
Equipamientos: 1.188 m²
SIPS 1.188 m²
Reserva de aparcamientos: Una (1) plaza por cada 100 m² de edificación. El 50% de ellas serán públicas
VIARIO vinculante. Sistema local: Sistema local: 4.000 m²
OTROS SISTEMAS GENERALES: SS.GG. viario principal incluido 2.452 m²
3. CONDICIONES INDICATIVAS DE LA EDIFICACIÓN DERIVADAS DEL CÁLCULO DEL APROVECHAMIENTO TIPO
Uso característico: Residencial entre medianeras. Media densidad
Coeficiente de ponderación relativa: 1,00
Ocupación máxima por parcela: Condiciones de ocupación de ordenanza
Altura máxima: 2 plantas, en general
Superficie suelo no dotacional: 7.983 m²
Superficie neta suelo lucrativo: 7.983 m²

4. INDICACIONES SOBRE LA ORDENACIÓN

La ordenación trazada es vinculante, salvo redacción de Plan Parcial que la sustituya.

En todo caso las superficies de reservas para dotaciones y espacios libres corresponderán como mínimo con las marcadas en los artículos 10 y 11 del Anexo del Reglamento de Planeamiento.

Cádiz, 11 de mayo de 2009.- La Delegada, P.D. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, José Cuenca Morales.

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