Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 21/01/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para la cobertura provisional, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de posibles sustituciones en centros docentes bilingües para el curso 2008/09.

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Para la implantación del Plan de Fomento de Plurilingüismo se hace necesario contar con profesorado que tenga la competencia lingüística suficiente para impartir docencia en los idiomas que se establezcan en aquellos centros docentes autorizados por la Consejería de Educación.

En previsión de que se produzcan sustituciones en el curso 2008/09 en puestos de las características referidas, esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 121/2008, de 29 de abril (BOJA del 2 de mayo), de estructura orgánica de la Consejería de Educación, ha resuelto realizar convocatoria pública para la cobertura provisional de puestos de determinadas especialidades, en centros docentes bilingües de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con las siguientes

BASES

Base primera. Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la selección de personal para cubrir sustituciones en el curso 2008/09, en los puestos relacionados en el Anexo II de la presente Resolución, correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Base segunda. Requisitos del personal participante.

El personal participante deberá poseer los siguientes requisitos generales:

1. Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de personas trabajadoras, y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

También podrán participar los cónyuges de los anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, siempre que no exista separación de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2. Poseer la titulación y especialidad requeridas, según Anexo III de titulaciones o formar parte de la lista de interinos o aspirantes a interinidades dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en la bolsa de origen correspondiente al puesto con perfil bilingüe solicitado o tener la titulación exigida para presentarse a las pruebas de ingreso a la función pública docente en la especialidad solicitada y haber superado la prueba o al menos uno de los ejercicios, en su caso, de la última convocatoria realizada por las Administraciones con competencias en educación.

En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse homologado previamente por el Estado español y deberá adjuntarse a la solicitud dentro del plazo establecido en esta convocatoria. En la credencial expedida por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte deberá constar expresamente la titulación a la que se homologa el título extranjero.

3. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

4. No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatible con el desempeño del ejercicio de la docencia.

5. Poseer la competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte.

6. No estar en situación de separación del servicio por expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas y ni tener inhabilitación para el desempeño de funciones públicas, para lo que se utilizará el modelo de declaración del Anexo V de la presente Resolución.

7. Quienes no posean la nacionalidad española, y sean nacionales de Estados cuyo idioma oficial no sea el español, deberán acreditar el conocimiento del español mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen Diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera (BOE de 8 de noviembre).

La valoración de la prueba se realizará por una comisión designada al efecto por esta Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. El personal será calificado en la prueba como «apto» o «no apto». Quien sea declarado «no apto» no podrá figurar en los listados de personal admitido.

No habrán de realizar la prueba quienes posean el Diploma Superior de Español o el Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros de la Escuela Oficial de Idiomas o hayan realizado los estudios completos de la titulación exigida en un centro educativo en España o tengan el Título de la Licenciatura en Filología Hispánica o Románica, o certificación de haber obtenido la calificación de «apto» en prueba de acreditación del conocimiento del español en convocatorias anteriores, realizadas al amparo del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre.

Todas las condiciones y requisitos del personal participante enumerados anteriormente deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

El personal solicitante nativo de un país cuyo idioma oficial sea el correspondiente al puesto solicitado y haya cursado sus estudios superiores en dicho país estará exento de la presentación de las titulaciones o certificados a que se refiere la base tercera.

Base tercera. Requisito de idioma.

Será requisito para acceder a los puestos ofertados el dominio del idioma solicitado, en el código oral y escrito, extremo que deberá acreditarse mediante alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación:

a) Licenciatura en: Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en el idioma solicitado.

b) Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.

En el caso de que dichas titulaciones académicas no hagan referencia expresa al idioma que se pretende acreditar, deberá presentarse, además del título, certificación académica personal que contenga todas las materias cursadas para la obtención del mismo.

c) Certificado de Aptitud o Certificado de Nivel Avanzado de la Escuela Oficial de Idiomas en el idioma correspondiente al puesto solicitado.

d) Otros diplomas y certificaciones acreditativas del conocimiento de idiomas:

FRANCÉS

- Diplôme de Langue Française (DL-Alliance Française).

- Diplôme d’Études en Langue Française (DELF second degré o B2).

- Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS- Alliance Française).

- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF, DALF C1 o C2).

- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF- Alliance Française).

INGLÉS

- First Certificate in English (FCE-Universidad de Cambridge).

- Certificate in Advanced English (CAE-Universidad de Cambridge).

- Certificate of Proficiency in English (CPE- Universidad de Cambridge).

- Integrated Skills in English examinations ISE II B2, ISE III C1 (ISE Trinity College).

- Graded Examinations in Spoken English (GESE), grades 8, 9, 10, 11, 12 (GESE Trinity College).

ALEMÁN

- Goethe-Zertifikat B2.

- Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB).

- Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD).

- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).

- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).

- Goethe-Zertifikat C1.

- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).

- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).

- TestDaF Nivel 3, 4, 5 (TDN 3,4,5).

En caso de presentar más de un diploma o certificación, por cada uno de los idiomas de los recogidos en este apartado, sólo se tendrá en cuenta la puntuación más alta de entre todas a las que pueda optar la persona solicitante.

Base cuarta. Presentación de solicitudes, documentación y plazos.

1. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud, según modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución, dirigida al Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

b) Fotocopia del título alegado o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor si la persona solicitante no presta el consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.

d) Fotocopia del Título de Especialización Didáctica, Certificado de Aptitud Pedagógica o titulación equivalente para el profesorado extranjero, en las especialidades para las que sea requisito.

e) Fotocopia de la documentación justificativa del requisito de idioma y de los méritos, según el baremo que figura como Anexo IV de la presente Resolución.

f) Declaración responsable conforme al Anexo V.

Para el personal participante que no tenga la nacionalidad española, además de presentar las fotocopias de los documentos enumerados anteriormente, deberá aportar:

- El personal que resida en España deberá presentar consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad o, en su defecto, fotocopia del documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor.

- El personal que sea nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras y que no resida en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberá presentar consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad o, en su defecto, dos fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.

- El personal familiar incluido en el párrafo anterior deberá presentar consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad o, en su defecto, fotocopia del pasaporte o del visado, y en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo, de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y justificantes de los méritos alegados han de poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y las fotocopias aportadas estarán firmadas, haciendo constar en ellas la leyenda «Es copia fiel del original», con lo que se responsabilizan expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de méritos no alegados junto con la solicitud, no pudiéndose valorar mérito alguno que no tenga la correspondiente justificación.

2. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes habrán de presentarse preferentemente en el registro de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación o en los lugares y formas que determina el artículo 38.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de correos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Base quinta. Participación.

1. Personal participante que no forma parte de las listas de aspirantes a interinidades para el curso 2008/09 ni está acreditado en puestos bilingües. Este personal podrá solicitar todos los puestos bilingües que se convocan para los que se posea la titulación requerida de acuerdo con el Anexo III de la presente Resolución, presentando una solicitud por cada idioma solicitado junto con la documentación acreditativa del mismo que recoge la base tercera.

2. Personal participante con tiempo de servicio reconocido o que forma parte de las listas de aspirantes a interinidades para el curso 2008/09 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2.1. Este personal podrá solicitar el puesto con perfil bilingüe correspondiente a su bolsa de origen o para todos los puestos bilingües que se convocan para los que se posea la titulación requerida de acuerdo con el Anexo III de la presente Resolución, presentando una solicitud por cada idioma solicitado junto con la documentación acreditativa del mismo que recoge la base tercera.

Este personal figurará en la bolsa de origen o lista de aspirantes a interinidades para el curso 2008/09 y podrá optar tanto al puesto solicitado en esta convocatoria como al correspondiente a la citada lista.

2.2. Al personal interino que esté ocupando un puesto de trabajo en su bolsa de origen en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación y esté acreditado para alguno de los puestos que se convocan, no podrá acceder a ninguno de ellos mientras figure ocupando aquel.

3. Personal participante que esté acreditado para puestos bilingües en convocatorias anteriores.

3.1. Este personal podrá solicitar todos los puestos bilingües que se convocan para los que se posea la titulación requerida de acuerdo con el Anexo III de la presente Resolución, presentando una solicitud por cada idioma solicitado en el que no esté acreditado junto con la documentación acreditativa del mismo que recoge la base tercera.

4. Ordenación de las listas.

Las listas se ordenarán de acuerdo con la puntuación obtenida, en aplicación del baremo que figura en el Anexo IV de la presente convocatoria.

En caso de empate se resolverá aplicando sucesivamente el criterio de mayor puntuación en cada uno de apartados del baremo, en el orden en que aparecen.

No resuelto el empate por el procedimiento anterior, se procederá a ordenar a las personas alfabéticamente, utilizándose como criterio la letra resultante del último sorteo realizado por la Secretaría General para la Administración Pública.

El personal que resulte seleccionado de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria figurará ordenado por la puntuación obtenida en aplicación del baremo que figura en el Anexo IV, en la correspondiente lista de aspirantes a interinidades de puestos bilingües, tras el personal seleccionado para puestos bilingües en convocatorias anteriores a la presente Resolución.

Base sexta. Valoración de méritos.

La valoración de los méritos presentados la efectuará la Administración educativa, para lo cual podrá designar comisiones de baremación.

Cada una de las organizaciones sindicales que ostente representación en el ámbito de la función pública docente de la Junta de Andalucía podrá nombrar una persona que la represente, como observadora del proceso de baremación.

La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.

Base séptima. Listas provisionales y definitivas.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos dictará Resolución en la que declarará aprobada la lista provisional del personal admitido y excluido, que se hará pública en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación y, a efectos meramente informativos, en la página web de la Consejería. En ella deberán constar los apellidos, nombre y DNI, pasaporte o documento análogo para las personas de nacionalidad extranjera, puntuación de los méritos alegados, en cada uno de los apartados del baremo, y en el supuesto de exclusión, la causa o causas de la misma.

Contra la citada lista se podrá interponer, en el plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente al de su publicación, las reclamaciones que se estimen oportunas, dirigidas al órgano convocante.

2. Transcurridos los plazos señalados y atendidas, en su caso, las reclamaciones presentadas, se elevará a definitiva la lista provisional.

Base octava. Petición de destinos y nombramiento.

Quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud una provincia y, potestativamente, hasta ocho provincias en las que deseen ocupar puesto de trabajo para posibles sustituciones durante el curso 2008/2009. De no hacerlo así, se le incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía.

Las Delegaciones Provinciales citarán al personal de las listas de seleccionados para cubrir las sustituciones que se produzcan.

Las listas del personal seleccionado tendrán vigencia para el curso escolar 2008/09, pudiendo prorrogarse para cursos posteriores por Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con el contenido de la misma.

Los puestos ofertados serán irrenunciables, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución de 31 de mayo de 2004, modificada por la de 27 de mayo de 2005 (BOJA del 6 de junio) por la que se establecen las bases aplicables al profesorado interino. La renuncia por motivos distintos a los regulados supondrá la exclusión de la bolsa de origen o, en su caso, del puesto bilingüe.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de diciembre de 2008.- El Director General, Manuel Alcaide Calderón.

ANEXO II
PUESTOS DEL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (590)
CÓDIGO PUESTO CÓDIGO PUESTO
12590001 Filosofía-Alemán 12590016 Música-Alemán
10590001 Filosofía-Francés 10590016 Música-Francés
12590005 Geografía e Historia-Alemán 11590016 Música-Inglés
10590005 Geografía e Historia-Francés 12590017 Educación Física-Alemán
11590005 Geografía e Historia-Inglés 10590017 Educación Física-Francés
12590006 Matemáticas-Alemán 11590017 Educación Física-Inglés
10590006 Matemáticas-Francés 12590019 Tecnología-Alemán
11590006 Matemáticas-Inglés 10590019 Tecnología-Francés
12590007 Física y Química-Alemán 11590019 Tecnología-Inglés
10590007 Física y Química-Francés 11590103 Asesoría y Proc. de Imagen Personal-Inglés
11590007 Física y Química-Inglés 10590106 Hostelería y Turismo-Francés
12590008 Biología y Geología-Alemán 11590107 Informática-Inglés
10590008 Biología y Geología-Francés 11590111 Organiz. y Proc. de Manten. de Vehículos-Inglés
11590008 Biología y Geología-Inglés 11590115 Procesos de Producción Agraria-Inglés
12590009 Dibujo-Alemán 11590117 Proc. Diagn. Clínicos y Prod. Ortoprotésicos-Inglés
10590009 Dibujo-Francés 11590124 Sistemas Electrónicos-Inglés
11590009 Dibujo-Inglés
PUESTOS DEL CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL (591)
CÓDIGO PUESTO CÓDIGO PUESTO
11591201 Cocina y Pastelería-Inglés 11591209 Mantenimiento de Vehículos-Inglés
11591202 Equipos Electrónicos-Inglés 11591216 Oper. y Equipos de Prod. Agraria-Inglés
11591203 Estética-Inglés 11591219 Proc. Diagn. Clínico y Ortoprotésico-Inglés
11591206 Instalaciones Electrónicas-Inglés 11591226 Servicios de Restauración-Inglés
11591208 Laboratorio-Inglés 11591227 Sist. y Apl. Informáticas-Inglés
ANEXO III
CUERPO 590 ESPECIALIDAD TITULACIONES
001 FILOSOFÍA - Licenciado en:
005 GEOGRAFÍA E HISTORIA - Licenciado en:
• Filosofía y Letras, sección Geografía e Historia
• Geografía, Geografía e Historia, Historia
• Historia del Arte
• Humanidades
• Antropología Social y Cultural
006 MATEMÁTICAS - Licenciado en:
• Ciencias, sección Matemáticas
• Ciencias Matemáticas
• Matemáticas
• Ciencias, sección Físicas
• Ciencias Físicas
• Física
• Ciencias y Técnicas Estadísticas
- Ingeniero
- Arquitecto
007 FÍSICA Y QUÍMICA - Licenciado en:
• Ciencias, sección Física o Química
• Ciencias Físicas
• Ciencias Químicas
• Física
• Química
• Bioquímica
• Biotecnología
- Ingeniero:
• Químico
• Aeronáutico
• Industrial
• De Telecomunicación
• De Caminos, Canales y Puertos
• Naval y Oceánico
008 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA - Licenciado en:
• Ciencias Naturales
• Ciencias, sección Biología o Geología
• Ciencias Biológicas
• Ciencias Geológicas
• Biología
• Ciencias Ambientales
• Geología
• Ciencias del Mar
• Bioquímica
• Biotecnología
009 DIBUJO - Licenciado en:
• Bellas Artes
- Arquitecto
- Ingeniero:
• De Caminos, Canales y Puertos
• Aeronáutico
• Naval
• Industrial
- Poseer el título de Conservación y Restauración de Bienes Culturales o el título de Diseño de alguna de las especialidades de Artes Plásticas y Diseño
016 MÚSICA - Título de Profesor Superior en cualquiera de las especialidades establecido en el Real Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre
- Todas las titulaciones declaradas equivalentes al Título Superior de Música según Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
- Cualquier titulación universitaria superior y estar en posesión del título de Profesor, según lo establece el Real Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre
- Licenciado en:
• Historia y Ciencias de la Música
• Historia, especialidad Historia del Arte (sección Musicología)
017 EDUCACIÓN FÍSICA -Licenciado en:
• Educación Física
• Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
019 TECNOLOGÍA - Ingeniero
- Arquitecto
- Licenciado en:
• Ciencias, sección Físicas
• Ciencias Físicas
• Físicas
• De la Marina Civil
• Máquinas Navales
• Náutica o Transporte Marítimo
• Radioelectrónica Naval
- Ingeniero Técnico
- Arquitecto Técnico
- Diplomado en:
• Máquinas Navales
• Navegación Marítima
• Radioelectrónica Naval
103 ASESORÍA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL • -Licenciado en:
• Biología
• Bioquímica
• Farmacia
• Medicina
• Química
-Ingeniero Químico
106 HOSTELERÍA Y TURISMO - Licenciado en Ciencias y Tecnología de los Alimentos
- Diplomado en:
• Turismo
• Empresas y Actividades Turísticas
107 INFORMÁTICA - Licenciado en Informática
- Ingeniero:
• en Informática
• de Telecomunicación
• en Electrónica
-
- Diplomado en Estadística
- Ingeniero Técnico:
• en Informática de Gestión
• en Informática de Sistemas
• de Telecomunicación, especialidad en Telemática
111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS - Ingeniero:
• Aeronáutico
• Industrial
• Naval y Oceánico
• Minas
• en Materiales
• en Electrónica
• Automática y Electricidad
- Licenciado en:
• Máquina Navales
• Náutica y Transporte Marítimo
• Radioelectrónica Naval
- Diplomado en:
• Máquinas Navales
• Navegación Marítima
• Radioelectrónica Naval
- Ingeniero Técnico:
• Aeronáutico
• Agrícola
• Forestal
• de Minas
• Naval
• de Obras Públicas
• Industrial
115 PROCESOS DE
PRODUCCIÓN AGRARIA
- Licenciado en:
• Enología
• Ciencias Ambientales
- Ingeniero:
• Agrónomo
• De Montes
- Ingeniero Técnico:
• 
117 PROCESOS DIAGNÓSTICOS CLÍNICOS Y PRODUCTOS
ORTOPROTÉSICOS
- Licenciado en:
• Biología
• Bioquímica
• Biotecnología
• Farmacia
• Medicina
• Odontología
• Química
124 SISTEMAS ELECTRÓNICOS - Licenciado en:
• Física
• Radioelectrónica Naval
- Ingeniero:
• Aeronáutico
• en Automática y Electrónica Industrial
• Informática
• Industrial
• Organización Industrial
• en Automática y Electrónica Industrial
• de Minas
• Naval y Oceánico
• de Telecomunicación
• en Electrónica
- Diplomado en Radioelectrónica Naval
- Ingeniero Técnico:
• Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación
• en Informática de Sistemas
• Industrial, especialidad en Electricidad, especialidad en Electrónica Industrial
• de Telecomunicación, en todas sus especialidades
TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD EN EL CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL (Código 591)
CUERPO 591 ESPECIALIDAD TITULACIONES
201 COCINA Y PASTELERÍA - Técnico Superior en Restauración
- Técnico Especialista en Hostelería
202 EQUIPOS ELECTRÓNICOS - Diplomado en Radioelectrónica Naval
- Ingeniero Técnico:
• Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación
• en Informática de Sistemas
• 
203 ESTÉTICA - Técnico Superior en Estética
- Título de Técnico Especialista en Estética
206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS - Diplomado en Radioelectrónica Naval
- Ingeniero Técnico:
• Industrial, especialidad en Electricidad, en Electrónica Industrial
• de Telecomunicación, en todas sus especialidades
• Aeronáutico
208 LABORATORIO - Licenciado en:
• Química
• Bioquímica
• Biotecnología
• Farmacia
• Ciencias y Tecnología de los Alimentos
- Ingeniero Químico
- Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial
209 MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS - Diplomado en Máquinas Navales
- Técnico Superior en Automoción
- Técnico Especialista en:
• Mecánica y Electricidad del Automóvil
• Automoción
• Mantenimiento de Máquinas y Equipos de Construcción y Obras
216 OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA - Ingeniero:
• Agrónomo
• de Montes
- Ingeniero Técnico:
• Agrícola, en todas sus especialidades
• Forestal, en todas sus especialidades
219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO - Licenciado en:
• Medicina
• Farmacia
• Odontología
- Diplomado en:
• Enfermería
• Fisioterapia
226 SERVICIOS DE RESTAURACIÓN - Técnico Superior en Restauración
- Técnico Especialista en Hostelería
227 SISTEMAS Y APLICACIONES
INFORMÁTICAS
- Licenciado en Informática
- Ingeniero en:
• Informática
• de Telecomunicación
- Ingeniero Técnico:
• en Informática de Gestión
• en Informática de Sistemas

Las titulaciones indicadas corresponden al Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, siendo igualmente válidas las titulaciones homólogas a las especificadas según el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre (BOE, de 17 de noviembre). El título de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas y el de Diplomado en Empresas y Actividades Turísticas son equivalentes al de Diplomado en Turismo según el Real Decreto 604/1996, de 15 de abril (BOE, del 26 de abril).

Anexo IV
1. Expediente académico - Expediente académico en los estudios para la obtención del título alegado o títulos para participar en la convocatoria:
- Nota media de notable
- Nota media de sobresaliente
1 punto
2 puntos
Fotocopia de la certificación en la que conste expresamente la nota media del expediente académico para el título alegado.
2. Titulaciones Universitarias correspondientes al idioma acreditado - Licenciatura en Filología
- Licenciatura en Traducción e Interpretación
1,5 puntos Fotocopia del título o tasas de expedición
- Diplomatura en Traducción e Interpretación
- Diplomatura en Magisterio especialidad Lengua Extranjera
1 punto
3. Escuelas Oficiales de Idiomas - Certificado de Aptitud (cinco cursos) o Certificado de Nivel Avanzado correspondiente al idioma acreditado 1 punto Fotocopia del Certificado o tasas de expedición
4. Otros Certificados
Se tendrá en cuenta la puntuación más alta de entre todas a las que pueda optar el candidato
INGLÉS FRANCÉS ALEMÁN 1,5 puntos Fotocopia del certificado oficial expedido por la institución académica correspondiente
- Certificate of Proficiency
in English
- GESE 12
- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF- Alliance Française).
- Diplôme Appronfondi de Langue Française
DALF C2
- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).
- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).
- TestDaF Nivel 5 (TDN 5).
- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).
- Certificate in Advanced
English
- ISE III C1
- GESE 10 ó 11
- Diplôme Supérieur d’Etudes Françaises Modernes (DS)
- Diplôme Appronfondi de Langue Française
DALF C1
- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).
- Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD).
- TestDaF Nivel 4 (TDN 4)
- Goethe-Zertifikat C1
1 punto Fotocopia del certificado oficial expedido por la institución académica correspondiente
-First Certificate in English
-ISE II B2 (Trinity College)
-GESE 8 ó 9
- Diplôme de Langue Française (DL)
- Diplôme d’Études en Langue Française (DELF second degré o B2).
- Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB).
- TestDaF Nivel 3 (TDN 3)
- Goethe-Zertifikat B2
0,5 puntos Fotocopia del certificado oficial expedido por la institución académica correspondiente
5. Titulaciones en el
extranjero
- Por haber obtenido una titulación universitaria en alguna universidad extranjera dependiente de un país cuyo idioma oficial sea el acreditado 3 puntos Fotocopia del título o tasas para expedición
6. Estancias en el
extranjero
- Por cada 3 meses en una universidad disfrutando de beca Erasmus/ Sócrates/ Leonardo da Vinci, cursando las materias en el idioma acreditado.
- Por cada 3 meses como profesor visitante, asesor técnico, funcionario docente en el exterior, profesor en secciones bilingües en el exterior o auxiliar de conversación en algún país cuyo idioma oficial sea el acreditado mediante convocatoria de programas de cooperación internacional.
0,3 puntos Fotocopia de certificado expedido por la institución correspondiente
7. Cursos - Por cada 90 horas de cursos en el idioma acreditado de los estudios establecidos en los programas de los Institutos de Idiomas o los Centros de Lenguas Modernas, ambas instituciones dependientes de cualquier Universidad española.
- Por cada 120 horas de cursos en el idioma acreditado de los estudios establecidos en las Escuelas Oficiales de Idiomas, siempre que el Certificado de aptitud o Certificado de Nivel Avanzado expedido por dichas escuelas no sea aportado como requisito de acceso.
0,2 puntos Fotocopia de certificado acreditativo en el que conste el número de horas

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA AL BAREMO

Fotocopia de la certificación en la que conste expresamente la nota media del expediente académico para el título alegado.

En caso de no constar, la nota media se calculará sumando las puntuaciones obtenidas en todas las asignaturas una vez aprobadas y dividiéndolas por el total de asignaturas. No se computarán los exámenes de fin de carrera o de tesina.

Cuando las calificaciones no sean numéricas se aplicará la siguiente tabla de equivalencias:

- Aprobado  5

- Notable  7

- Sobresaliente  9

- Matrícula de Honor 10

La puntuación obtenida se considerará notable cuando la nota media sea igual o superior a 7 e inferior a 9 y sobresaliente cuando sea igual o superior a 9.

Con objeto de calcular la nota media del expediente académico de un título extranjero se deberá aportar certificación expedida por la Administración Educativa del país en que se obtuvo el título que indique la nota media deducida de las calificaciones obtenidas en toda la carrera y exprese además la calificación máxima y mínima de acuerdo con el sistema educativo correspondiente, a efectos de determinar su equivalencia con las calificaciones españolas.

ANEXO V

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/Doña ....................................................................................., con domicilio en ..........................................................................y con Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Número ..............................................................., declara bajo juramento o promete no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas, y en el caso de no poseer la nacionalidad española, que no sufre sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

En ............................. a .......... de .................. de 200....

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