Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 07/07/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 25 de junio de 2009, por la que se hacen públicos los modelos de documentos administrativos en los que se formalizarán los convenios con las Corporaciones locales, otras Administraciones públicas y entidades privadas, para financiar puestos escolares en centros educativos que impartan el primer ciclo de la educación infantil.

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La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, dispone en su artículo 41.3 que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias. Con esta finalidad se crearán escuelas infantiles y se determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.

El Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten primer ciclo de la educación infantil, establece en su artículo 51 los aspectos generales para suscribir los convenios con las Corporaciones locales, otras Administraciones públicas y entidades privadas, para financiar los puestos escolares existentes en los centros educativos que impartan exclusivamente dicho primer ciclo.

Igualmente, se recoge en el apartado 5 del mismo artículo que los modelos para suscribir los convenios se aprobarán por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros y en uso de las facultades conferidas,

DISPONGO

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto aprobar y hacer públicos los documentos administrativos, cuyos modelos figuran como Anexos I y II de la presente Orden, en los que han de formalizarse los convenios entre la Consejería competente en materia de educación y Corporaciones locales, otras Administraciones públicas o entidades privadas, destinados a financiar puestos escolares del primer ciclo de la educación infantil.

Segundo. Competencias de las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega la firma de los convenios de colaboración en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación.

Tercero. Formalización de los convenios.

Los convenios se formalizarán por triplicado. Un ejemplar será para la persona titular del centro, otro para la Consejería competente en materia de educación y el tercero para la correspondiente Delegación Provincial de dicha Consejería.

Cuarto. Modelo administrativo para convenios con otras Administraciones públicas.

El modelo administrativo incluido como Anexo I será asimismo el que se utilice para suscribir convenios con cualquier otra Administración o entidad pública.

Quinto. Eficacia.

La presente Orden surtirá efectos el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de junio de 2009

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de Educación

ANEXO I

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE .............................................................., PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PUESTOS ESCOLARES DE LA ESCUELA INFANTIL................................................................

En ..................., a ..... de .................. de .............

REUNIDOS

De una parte:

Don/Doña ..................................................., Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación en ......................, por delegación de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.

De otra parte:

Don/Doña ........................................................, Alcalde o Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de ......................, provincia de .................., en uso de las facultades que tiene atribuidas en virtud del artículo 21.1b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como titular de la escuela infantil................................................., inscrita en el Registro de Centros Docentes con el número de código ....................... y Número de Identificación Fiscal ....................., ubicada en la calle ....................................., número .........., de .......................... (..............................).

Ambas partes se reconocen mutuamente la representatividad y capacidad legal para suscribir el presente convenio de colaboración, cuya finalidad es, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 51.2 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, establecer los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a su régimen económico, duración, prórroga y extinción, así como en cuanto al número de puestos escolares y demás condiciones de impartición de la enseñanza y de organización y funcionamiento del centro.

EXPONEN

Primero. Que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia exclusiva sobre las enseñanzas de educación infantil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 del texto constitucional, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Segundo. Que los aspectos básicos de la educación infantil han sido regulados en el Capítulo I del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y desarrollados en esta Comunidad Autónoma en el Capítulo II del Título II de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. En el artículo 41.3 de esta Ley se establece el carácter voluntario de la educación infantil, así como el propósito de la Administración andaluza de incrementar progresivamente el número de puestos escolares en el primer ciclo de dicha etapa, para lo que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras Administraciones públicas y entidades privadas sin fines de lucro.

Tercero. Que el Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, y el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, han realizado el desarrollo reglamentario aplicable en la Comunidad Autónoma de Andalucía a las enseñanzas y a los centros públicos y privados que imparten el primer ciclo de dicha etapa.

Cuarto. Que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 4 el principio de cooperación en las relaciones entre las Administraciones públicas y que dicha cooperación se podrá articular mediante diversos instrumentos, entre los que se encuentra el convenio de colaboración.

Quinto. Que el Excmo. Ayuntamiento de ..................................................., titular de la escuela infantil ......................., conforme a lo establecido en el artículo 51.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, considerando la disposición transitoria sexta del mismo, manifiesta su interés en ofertar los puestos escolares disponibles en el centro para ser ocupados en las condiciones previstas en el presente convenio y en las correspondientes adendas anuales.

Por todo lo expuesto, las partes intervinientes

ACUERDAN

Primero. Marco regulador.

La escuela infantil .........................................................se somete a las normas establecidas en las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a lo dispuesto en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en los Decretos 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, y 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, y en el presente documento, con sus correspondientes adendas, en su caso.

Segundo. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a régimen económico, duración, prórroga y extinción, así como en cuanto al número de puestos escolares y demás condiciones de impartición de la enseñanza y de organización y funcionamiento de la escuela infantil .........................................................., de...........................(................).

Tercero. Puestos escolares.

Los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil objeto de este convenio se cuantificarán anualmente, fijándose su número y su distribución por unidades en la correspondiente adenda anual.

De conformidad con lo recogido en el artículo 51.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, el Excmo. Ayuntamiento de ........................................................., se obliga a que la totalidad de los puestos escolares de la escuela estén acogidos al presente convenio.

No obstante, en base a lo establecido en la disposición transitoria sexta del mencionado Decreto y previa petición de su titular, la escuela infantil ................................................podrá tener en funcionamiento puestos no acogidos al presente convenio en las unidades de 1 a 2 años y de 2 a 3 años durante el curso 2009/10, y en las unidades de 2 a 3 años durante el curso 2010/11.

Cuarto. Horarios y servicios.

Durante el periodo de vigencia del presente convenio la escuela infantil ....................................................................... ofrecerá una atención educativa diaria, de lunes a viernes, los días no festivos del año, excepto los del mes de agosto.

El horario de apertura será de 7,30 a 20 horas, ininterrumpidamente, ofertándose los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de juego en las condiciones recogidas en los artículos 30 al 32 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

Quinto. Precio de los servicios.

En los puestos escolares objeto del presente convenio, los precios de los servicios de atención socioeducativa y de taller de juego, así como las bonificaciones que se dispongan, serán establecidos para cada curso escolar por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía y se especificarán en la correspondiente adenda anual.

De conformidad con lo recogido en el artículo 33.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, y sin perjuicio del régimen de bonificaciones legalmente previsto, los servicios prestados a los niños y niñas incluidos en este convenio serán financiados por los padres, madres o personas que ejerzan su tutela, mediante el abono de los precios fijados a tal efecto.

El centro se compromete a comunicar a los adjudicatarios de las plazas, en el momento de efectuarse la matrícula, la cuota mensual que les corresponde abonar y la bonificación fijada en su caso. En el recibo mensual que se expida por el centro a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela se indicarán estas cuotas, debiendo quedar una copia del mismo en la documentación del alumno o alumna.

Sexto. Enseñanzas.

El Excmo. Ayuntamiento de .................................................se compromete a impartir las enseñanzas objeto de este convenio de acuerdo con los Decretos 428/2008, de 29 de julio, y 149/2009, de 12 de mayo, y con sujeción a la normativa vigente.

Séptimo. Admisión del alumnado.

El Excmo. Ayuntamiento de ............................................... se obliga al cumplimiento de las normas sobre admisión del alumnado que se establecen en los artículos 34 al 49 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, así como en la normativa que lo desarrolle. Se compromete, asimismo, a comunicar a la Administración educativa las altas y bajas que se produzcan a lo largo del curso escolar entre el alumnado objeto de este convenio.

La documentación aportada por los solicitantes en el procedimiento de admisión del alumnado quedará depositada en el centro durante un período mínimo de tres años, a disposición de la correspondiente Delegación Provincial.

Octavo. Órganos de gobierno y de coordinación educativa.

El Excmo. Ayuntamiento de ................................................se compromete a constituir y mantener los órganos de gobierno y de coordinación educativa a los que se refieren, respectivamente, los artículos 22 y 26 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo. Dichos órganos se constituirán, renovarán y ejercerán sus competencias conforme a lo dispuesto en el citado Decreto y en la normativa que lo desarrolle.

Noveno. Derechos de las familias.

El Excmo. Ayuntamiento de ..................................................se compromete a facilitar el ejercicio de los derechos de las familias, en los términos recogidos en el artículo 25 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo. A tales efectos, la escuela infantil establecerá los mecanismos que garanticen el derecho de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela a:

Estar informados del desarrollo, la evolución, la maduración y la integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal.

Estar informados sobre la alimentación, necesidades fisiológicas, estado de salud y demás aspectos referidos a la atención recibida por los niños y niñas a los que legalmente representen.

Décimo. Cumplimiento del convenio laboral.

El Excmo. Ayuntamiento de ................................................se compromete al cumplimiento de lo recogido en el convenio colectivo laboral que resulte de aplicación al personal del centro.

Decimoprimero. Señalización del centro de convenio.

La Consejería competente en materia de educación se compromete a facilitar los medios técnicos y materiales para dar cumplimiento a lo recogido en el artículo 8 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, haciendo constar la condición de convenio de la escuela infantil, en un lugar visible de la fachada del edificio, conforme al modelo establecido.

Decimosegundo. Financiación por la Consejería competente en materia de educación.

La Consejería competente en materia de educación se compromete a aportar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, las cantidades que dejen de abonar las familias del alumnado incluido en el convenio sobre los precios de los servicios que disfrutan, como consecuencia de las bonificaciones a que hace referencia el acuerdo quinto de este convenio.

Según lo dispuesto en el artículo 51.4 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, la cuantía de la bonificación sobre los precios de los servicios, correspondiente a los cursos escolares de vigencia del presente convenio, será establecida por adenda al mismo, en función de las bonificaciones a aplicar por cada puesto escolar de convenio ocupado.

Decimotercero. Liquidaciones.

Dentro de los diez primeros días de cada mes, la escuela infantil remitirá al organismo de la Junta de Andalucía encargado de la gestión la liquidación correspondiente a la mensualidad anterior, suscrita por la dirección del centro, previa habilitación por parte de la corporación titular del mismo.

En la primera liquidación del curso escolar se deberá presentar un resumen de los datos relativos a la financiación de las plazas, así como, una relación nominativa de los usuarios de las mismas, el precio de los servicios prestados a cada uno de ellos, las bonificaciones aplicadas a los mismos, y el parte de asistencia diario de los niños y niñas.

En las sucesivas liquidaciones del curso se deberá presentar, junto al citado resumen de los datos relativos a la financiación de las plazas, la relación nominativa de los usuarios de las mismas y el parte de asistencia diario, así como una relación nominativa de las altas y bajas que, en su caso, hubieran tenido lugar en el centro.

El modelo de presentación de las liquidaciones se realizará por los medios que la Consejería competente en materia de educación determine.

La referida Consejería procederá al pago de las liquidaciones presentadas, en tiempo y forma, por la dirección del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que preste su conformidad a las mismas.

Decimocuarto. Extinción del convenio.

Son causas de extinción del presente convenio las siguientes:

a) Finalización del periodo de vigencia del mismo.

b) Mutuo acuerdo de las partes.

c) Cese voluntario, debidamente autorizado, de las actividades del centro.

d) Incumplimiento grave de las obligaciones derivadas del convenio por parte de cualquiera de las Administraciones actuantes.

Decimoquinto. Cuestiones litigiosas.

Las posibles cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la aplicación, interpretación, modificación, efectos y resolución del presente convenio serán resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimosexto. Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor el día 1 de septiembre de ......... y tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar ........../........, sin perjuicio de las especificaciones anuales que se establezcan por adenda para cada curso.

En prueba de conformidad con cuanto antecede y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, para que así conste firman el presente convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados,

El Delegado o la Delegada Provincial Por delegación de firma de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación
Fdo.: ............................................
El Alcalde o la Alcaldesa


Fdo.: ............................................

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ................................................, PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PUESTOS ESCOLARES DE LA ESCUELA INFANTIL ......................................................, CORRESPONDIENTE AL CURSO ......../.......

En .................., a ..... de ................. de ..........

REUNIDOS

De una parte:

Don/Doña ..........................................................., Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación en ......................, por delegación de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.

De otra parte:

Don/Doña ........................................................................, Alcalde o Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de ..................., provincia de .................., en uso de las facultades que tiene atribuidas en virtud del artículo 21.1b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como titular de la escuela infantil ....................................., inscrita en el Registro de Centros Docentes con el número de código .......................... y Número de Identificación Fiscal ................, ubicada en la calle ......................., número ......, de ................(..................).

Ambas partes se reconocen mutuamente la representatividad y capacidad legal para suscribir la presente Adenda para el curso ......../......., a resultas del convenio de colaboración firmado con fecha ........................ entre la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de ................................................, para la financiación de los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil del mencionado centro y, a tal efecto,

ACUERDAN

Primero. Puestos escolares.

Los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil objeto de convenio y su distribución por unidades, para el curso ........../.........., son los que se especifican a continuación en una de las siguientes opciones:

a) La escuela infantil ................................................. incluye en este convenio la totalidad de sus puestos escolares autorizados, cuya cuantía global se cifra en ............., distribuidos en ........... unidades, de acuerdo con lo siguiente:

...... puestos escolares para alumnado de 0 a 1 año en ........ unidad/es;
...... puestos escolares para alumnado de 1 a 2 años en ....... unidad/es; y
...... puestos escolares para alumnado de 2 a 3 años en ........ unidad/es.

b) La escuela infantil .............................................incluye en este convenio la totalidad de los puestos escolares autorizados para alumnado de 0 a ..... años, así como los necesarios para garantizar, al menos, la reserva de plaza del alumnado procedente de años anteriores, con arreglo a la siguiente distribución:

...... puestos escolares para alumnado de 0 a 1 año en ....... unidad/es;
...... puestos escolares para alumnado de 1 a 2 años en ....... unidad/es; y
...... puestos escolares para alumnado de 2 a 3 años en ....... unidad/es.

Segundo. Coste de los servicios.

Conforme a lo establecido por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía, los precios de los servicios de atención socioeducativa y de taller de juego para el curso escolar ......../....... son los siguientes:

Servicio de atención socioeducativa con comedor: ...............
Servicio de atención socioeducativa sin comedor: .................
Servicio de taller de juego: ...................

Tercero. Financiación por la Consejería competente en materia de educación.

Durante el curso escolar ......./....... el número de niños y niñas de la escuela infantil ..................................................... que disfrutan de bonificaciones es el siguiente:

...... niños y niñas con bonificación del 100%;
...... niños y niñas con bonificación del 75%;
...... niños y niñas con bonificación del 50%;
...... niños y niñas con bonificación del 25%;
...... niños y niñas con bonificación del 30% en la segunda plaza
...... niños y niñas con bonificación del 60% en la tercera plaza.
...... niños y niñas sin bonificación.

La cuantía total a financiar, de acuerdo con dichas bonificaciones, será de .......................... euros.

De conformidad con lo recogido en el artículo 51.4 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, esta cantidad podrá ser modificada a lo largo del curso escolar en función de las altas y bajas de alumnado que se produzcan en el centro.

Cuarto. Vigencia.

Esta Adenda entrará en vigor el día 1 de septiembre de ............. y tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar ........../..........

En prueba de conformidad con cuanto antecede y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, para que así conste firman la presente Adenda por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados,

El Delegado o la Delegada Provincial Por delegación de firma de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación El Alcalde o la Alcaldesa
Fdo.: ............................................ Fdo.: ...........................................

ANEXO II

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA PERSONA TITULAR DEL CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL ................................................................., PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PUESTOS ESCOLARES DEL PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL.

En ...................., a ......... de .............. de ..............

REUNIDOS

De una parte:

Don/Doña ........................................................................, Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación en ................................, por delegación de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.

De otra parte:

Don/Doña ............................................................................, con DNI .................., en calidad de representante legal del centro de educación infantil ..................................................., inscrito en el Registro de Centros Docentes con el número de código ................. y Número de Identificación Fiscal ................., ubicado en la calle ...................................., número ..............., de ......................... (................................).

Ambas partes se reconocen mutuamente la representatividad y capacidad legal para suscribir el presente convenio de colaboración, cuya finalidad es, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 51.2 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, establecer los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a su régimen económico, duración, prórroga y extinción, así como en cuanto al número de puestos escolares y demás condiciones de impartición de la enseñanza y de organización y funcionamiento del centro.

EXPONEN

Primero. Que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia exclusiva sobre las enseñanzas de educación infantil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 del texto constitucional, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Segundo. Que los aspectos básicos de la educación infantil han sido regulados en el Capítulo I del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y desarrollados en esta Comunidad Autónoma en el Capítulo II del Título II de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. En el artículo 41.3 de esta Ley se establece el carácter voluntario de la educación infantil, así como el propósito de la Administración andaluza de incrementar progresivamente el número de puestos escolares en el primer ciclo de dicha etapa, para lo que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales, otras Administraciones públicas y entidades privadas sin fines de lucro.

Tercero. Que el Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, y el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, han realizado el desarrollo reglamentario aplicable en la Comunidad Autónoma de Andalucía a las enseñanzas y a los centros públicos y privados que imparten el primer ciclo de dicha etapa.

Cuarto. Que el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, establece en su artículo 3.e) la cooperación de la Administración educativa con las Corporaciones locales y otras entidades como uno de los principios que inspiran el primer ciclo de la educación infantil y en su artículo 51.1 la posibilidad de suscribir convenios para financiar los puestos escolares de dicho ciclo en centros cuya titularidad corresponda a entidades privadas.

Quinto. Que la persona titular del centro de educación infantil ..........................................................................., conforme a lo establecido en el artículo 51.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, considerando la disposición transitoria sexta del mismo, manifiesta su interés en ofertar los puestos escolares disponibles en el centro para ser ocupados en las condiciones previstas en el presente convenio y en las correspondientes adendas anuales.

Por todo lo expuesto, las partes intervinientes

ACUERDAN

Primero. Marco regulador.

El centro de educación infantil........................................ se somete a las normas establecidas en las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a lo dispuesto en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en los Decretos 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, y 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, y en el presente documento, con sus correspondientes adendas, en su caso.

Segundo. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a régimen económico, duración, prórroga y extinción, así como en cuanto al número de puestos escolares y demás condiciones de impartición de la enseñanza y de organización y funcionamiento del centro de educación infantil .............................................................., de .......................... (...................).

Tercero. Puestos escolares.

Los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil objeto de este convenio se cuantificarán anualmente, fijándose su número y su distribución en unidades en la correspondiente adenda anual.

De conformidad con lo recogido en el artículo 51.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, la persona titular del centro de educación infantil ..............................................................., se obliga a que la totalidad de los puestos escolares del mismo estén acogidos al presente convenio.

No obstante, en base a lo establecido en la disposición transitoria sexta del mencionado Decreto y previa petición de su titular, el centro de educación infantil .................................. podrá tener en funcionamiento puestos no acogidos al presente convenio en las unidades de 1 a 2 años y de 2 a 3 años durante el curso 2009/10, y en las unidades de 2 a 3 años durante el curso 2010/11.

Cuarto. Horarios y servicios.

Durante el periodo de vigencia del presente convenio el centro de educación infantil .................................................. ofrecerá una atención educativa diaria, de lunes a viernes, todos los días no festivos del año, excepto los del mes de agosto.

El horario de apertura será de 7,30 a 20 horas, ininterrumpidamente, ofertándose los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de juego en las condiciones recogidas en los artículos 30 al 32 del Decreto 149 /2009, de 12 de mayo.

Quinto. Precio de los servicios.

En los puestos escolares objeto del presente convenio, los precios de los servicios de atención socioeducativa y de taller de juego, así como las bonificaciones que se dispongan, serán establecidos para cada curso escolar por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía y se especificarán en la correspondiente adenda anual.

De conformidad con lo recogido en el artículo 33.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, y sin perjuicio del régimen de bonificaciones legalmente previsto, los servicios prestados a los niños y niñas incluidos en este convenio serán financiados por los padres, madres o personas que ejerzan su tutela, mediante el abono de los precios fijados a tal efecto.

El centro se compromete a comunicar a los adjudicatarios de las plazas, en el momento de efectuarse la matrícula, la cuota mensual que les corresponde abonar y la bonificación fijada en su caso. En el recibo mensual que se expida por el centro a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela se indicarán estas cuotas, debiendo quedar una copia del mismo en la documentación del alumno o alumna.

Sexto. Enseñanzas.

La persona titular del centro de educación infantil .......................................................... se compromete a impartir las enseñanzas objeto de este convenio de acuerdo con los Decretos 428/2008, de 29 de julio, y 149/2009, de 12 de mayo, y con sujeción a la normativa vigente.

Séptimo. Admisión del alumnado.

La persona titular del centro de educación infantil ............................................................. se obliga al cumplimiento de las normas sobre admisión del alumnado que se establecen en los artículos 34 al 49 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, así como en la normativa que lo desarrolle. Se compromete, asimismo, a comunicar a la Administración educativa las altas y bajas que se produzcan a lo largo del curso escolar entre el alumnado objeto de este convenio.

La documentación aportada por los solicitantes en el procedimiento de admisión del alumnado quedará depositada en el centro durante un período mínimo de tres años, a disposición de la correspondiente Delegación Provincial.

Octavo. Órganos de gobierno y de coordinación educativa.

La persona titular del centro de educación infantil ......................................................... se compromete a constituir y mantener los órganos de gobierno y de coordinación educativa a los que se refieren, respectivamente, los artículos 22 y 26 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo. Dichos órganos se constituirán, renovarán y ejercerán sus competencias conforme a lo dispuesto en el citado Decreto y en la normativa que lo desarrolle.

Noveno. Derechos de las familias.

La persona titular del centro de educación infantil .......................................................... se compromete a facilitar el ejercicio de los derechos de las familias, en los términos recogidos en el artículo 25 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo. A tales efectos, el centro de educación infantil establecerá los mecanismos que garanticen el derecho de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela a:

Estar informados del desarrollo, la evolución, la maduración y la integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal.

Estar informados sobre la alimentación, necesidades fisiológicas, estado de salud y demás aspectos referidos a la atención recibida por los niños y niñas a los que legalmente representen.

Décimo. Cumplimiento del convenio laboral.

La persona titular del centro de educación infantil .............................................................. se compromete al cumplimiento de lo recogido en el convenio laboral que resulte de aplicación al personal del centro.

Decimoprimero. Señalización del centro de convenio.

La Consejería competente en materia de educación se compromete a facilitar los medios técnicos y materiales para dar cumplimiento a lo recogido en el artículo 8 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, haciendo constar la condición de convenio del centro de educación infantil, en un lugar visible de la fachada del edificio, conforme al modelo establecido.

Duodécimo. Financiación por la Consejería competente en materia de educación.

La Consejería competente en materia de educación se compromete a aportar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, las cantidades que dejen de abonar las familias del alumnado incluido en el convenio sobre los precios de los servicios que disfrutan, como consecuencia de las bonificaciones a que hace referencia el acuerdo quinto de este convenio.

Según lo dispuesto en el artículo 51.4 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, la cuantía de la bonificación sobre los precios de los servicios, correspondiente a los cursos escolares de vigencia del presente convenio, será establecida por adenda al mismo, en función de las bonificaciones a aplicar por cada puesto escolar de convenio ocupado.

Decimotercero. Liquidaciones.

Dentro de los diez primeros días de cada mes, el centro de educación infantil remitirá al organismo de la Junta de Andalucía encargado de la gestión la liquidación correspondiente a la mensualidad anterior, suscrita por la dirección del centro, previa habilitación por parte de la entidad titular del mismo.

En la primera liquidación del curso escolar se deberá presentar un resumen de los datos relativos a la financiación de las plazas, así como, una relación nominativa de los usuarios de las mismas, el precio de los servicios prestados a cada uno de ellos, las bonificaciones aplicadas a los mismos, y el parte de asistencia diario de los niños y niñas.

En las sucesivas liquidaciones del curso se deberá presentar, junto al citado resumen de los datos relativos a la financiación de las plazas, la relación nominativa de los usuarios de las mismas y el parte de asistencia diario, así como una relación nominativa de las altas y bajas que, en su caso, hubieran tenido lugar en el centro.

El modelo de presentación de las liquidaciones se realizará por los medios que la Consejería competente en materia de educación determine.

La referida Consejería procederá al pago de las liquidaciones presentadas, en tiempo y forma, por la persona titular del centro, en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que preste su conformidad a las mismas.

Decimocuarto. Extinción del convenio.

Son causas de extinción del presente convenio las siguientes:

a) Finalización del periodo de vigencia del mismo.

b) Mutuo acuerdo de las partes.

c) Cese voluntario, debidamente autorizado, de las actividades del centro.

d) Incumplimiento grave de las obligaciones derivadas del convenio por parte de cualquiera de las partes actuantes.

Decimoquinto. Cuestiones litigiosas.

Las posibles cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la aplicación, interpretación, modificación, efectos y resolución del presente convenio serán resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Decimosexto. Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor el día 1 de septiembre de ........... y tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar .........../..........., sin perjuicio de las especificaciones anuales que se establezcan por adenda para cada curso.

En prueba de conformidad con cuanto antecede y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, para que así conste firman el presente convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados,

El Delegado o la Delegada Provincial Por delegación de firma de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación El representante legal del centro de educación infantil
Fdo.: ............................................ Fdo.: ......................................

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL ........................, PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PUESTOS ESCOLARES DEL PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL, CORRESPONDIENTE AL CURSO ........../...........

En .................., a ...... de ................ de ..........

REUNIDOS

De una parte:

Don/Doña ............................................................, Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación en ....................., por delegación de dicha Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.

De otra parte:

Don/Doña ........................................................................., con DNI ......................., en calidad de representante legal del centro de educación infantil ..................................................., inscrito en el Registro de Centros Docentes con el número de código ............... y Número de Identificación Fiscal .................., ubicado en la calle ........................................., número .........., de .............................. (....................).

Ambas partes se reconocen mutuamente la representatividad y capacidad legal para suscribir la presente Adenda para el curso ........./............, a resultas del convenio de colaboración firmado con fecha ................ entre la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía y la persona titular del centro de educación infantil ......................................., para la financiación de los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil del mencionado centro y, a tal efecto,

ACUERDAN

Primero. Puestos escolares.

Los puestos escolares de primer ciclo de la educación infantil objeto de convenio y su distribución por unidades, para el curso .........../.........., son los que se especifican a continuación en una de las siguientes opciones:

a) El centro de educación infantil ......................................... incluye en este convenio la totalidad de sus puestos escolares autorizados, cuya cuantía global se cifra en .........., distribuidos en ........ unidades, de acuerdo con lo siguiente:

...... puestos escolares para alumnado de 0 a 1 año en ........ unidad/es;
...... puestos escolares para alumnado de 1 a 2 años en ........ unidad/es; y
...... puestos escolares para alumnado de 2 a 3 años en ........ unidad/es.

b) El centro de educación infantil ........................................ incluye en este convenio la totalidad de los puestos escolares autorizados para alumnado de 0 a ........... años, así como los necesarios para garantizar, al menos, la reserva de plaza del alumnado procedente de años anteriores, con arreglo a la siguiente distribución:

...... puestos escolares para alumnado de 0 a 1 año en ........ unidad/es;
...... puestos escolares para alumnado de 1 a 2 años en ........ unidad/es; y
...... puestos escolares para alumnado de 2 a 3 años en ........ unidad/es.

Segundo. Coste de los servicios.

Conforme a lo establecido por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía, los precios de los servicios de atención socioeducativa y de taller de juego para el curso escolar ......../......... son los siguientes:

Servicio de atención socioeducativa con comedor: .................
Servicio de atención socioeducativa sin comedor: ..................
Servicio de taller de juego: ...................

Tercero. Financiación por la Consejería competente en materia de educación.

Durante el curso escolar ......./....... el número de niños y niñas del centro de educación infantil ......................................... que disfrutan de bonificaciones es el siguiente:

....... niños y niñas con bonificación del 100%;
....... niños y niñas con bonificación del 75%;
....... niños y niñas con bonificación del 50%;
....... niños y niñas con bonificación del 25%;
....... niños y niñas con bonificación del 30% en la segunda plaza.
....... niños y niñas con bonificación del 60% en la tercera plaza.
....... niños y niñas sin bonificación.

La cuantía total a financiar, de acuerdo con dichas bonificaciones, será de ........................... euros.

De conformidad con lo recogido en el artículo 51.4 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, esta cantidad podrá ser modificada a lo largo del curso escolar en función de las altas y bajas de alumnado que se produzcan en el centro.

Cuarto. Vigencia.

Esta Adenda entrará en vigor el día 1 de septiembre de ............... y tendrá vigencia hasta la finalización del curso escolar ......../........

En prueba de conformidad con cuanto antecede y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, para que así conste firman la presente Adenda por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados,

El Delegado o la Delegada Provincial Por delegación de firma de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación El representante legal del centro de educación infantil
Fdo.: ............................................ Fdo.: ...................................
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