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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, y conforme al procedimiento establecido en el artículo 32 del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza, acordada la iniciación de la declaración de zona de caza controlada y puesto el expediente en conocimiento de los particulares, colectivos, asociaciones, federaciones y entidades públicas de la Administración Local, Autonómica o Estatal, que resultan directamente afectados y constan como interesados. Transcurrido el plazo de alegaciones y formulada la propuesta de resolución,
HE RESUELTO
Primero. Se declara la zona de caza controlada denominada «Sierra de Baza», con una superficie de 22.335,62 hectáreas en los términos municipales de Baza y Caniles (Granada) e incluidas en el Parque Natural de la Sierra de Baza, localizadas en los montes públicos relacionados en el Anexo adjunto.
Segundo. De conformidad con el artículo 34 del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza, el aprovechamiento de la caza se llevará a cabo conforme a un plan técnico de caza que será elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y que desarrollará las medidas necesarias para cumplir con los objetivos que originaron la declaración de zona de caza controlada, debiendo incluir como mínimo los extremos contemplados en el artículo 12.2 del citado Reglamento.
Tercero. De acuerdo con el artículo 35 del mismo, la gestión del aprovechamiento cinegético corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente, que la ejercerá mediante concesión administrativa a través de pública licitación a entidades deportivas andaluzas dedicadas a la caza.
Cuarto. La vigencia será de cuatro temporadas de caza, tal como las define el artículo 16 del Reglamento de Ordenación de la Caza, desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo prorrogarse por igual período mediante resolución expresa del titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada.
Sevilla, 7 de julio de 2009
María Cinta Castillo Jiménez
Consejera de Medio Ambiente
ANEXO |
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Nombre | Municipio | Código JA | Titular |
Barranco de la Plaza | BAZA | GR-10036-JA | Junta de Andalucía |
Barranco de Robles (II) | GR-11118-JA | ||
Bastidas y Otros | GR-10103-JA | ||
Birlaque y Otros | GR-10092-JA | ||
Calar de Casa Heredia | GR-10017-JA | ||
Canaleja Alta | GR-10034-JA | ||
Cañada del Espino | GR-10097-JA | ||
Capel y Otros | GR-10094-JA | ||
Cortijo Casimiro | GR-10044-JA | ||
Cortijo de Arredondo | GR-10063-JA | ||
Cortijo de La Tejera | GR-10038-JA | ||
Cortijo de Narváez | GR-10014-JA | ||
Cortijo del Pinarillo | GR-10082-JA | ||
Cortijo del Rincón y Otros | GR-10032-JA | ||
Cortijo Vinagre y Otros | GR-10070-JA | ||
Cruz de las Chaparras | GR-10043-JA | ||
El Cerrón y Otros | GR-10108-JA | ||
El Puntal y Otros | GR-10091-JA | ||
El Realenguillo | GR-10001-JA | ||
El Tajón | GR-10060-JA | ||
Falconete y Otros | GR-10105-JA | ||
Floranes | GR-10035-JA | ||
Fuente del Pino y Mimbreras | GR-10086-JA | ||
La Carrasca | GR-10040-JA | ||
Los Frailes (II) | GR-11057-JA | ||
Los Olmos (II) | GR-11113-JA | ||
Molinico y Otros | GR-10081-JA | ||
Orrivali y Otros | GR-10100-JA | ||
Petronila | GR-10098-JA | ||
Pinar y Hoya | GR-10042-JA | ||
Rambla de Ceuta | GR-10026-JA | ||
Retamar y otros | GR-10089-JA | ||
Santaolalla y Otros | GR-10104-JA | ||
Segura | GR-10099-JA | ||
Barranco de Robles | CANILES | GR-10118-JA | |
Las Cañaillas y Otros | GR-10107-JA | ||
Los Frailes | GR-10057-JA | ||
Los Olmos | GR-10113-JA | ||
Venta Rivero | GR-10102-JA | ||
Calar de La Rapa y Tejera | BAZA | GR-30014-CCAY | Ayuntamiento de Baza |
Calar de Santa Bárbara | GR-30013-CCAY | ||
Pinar de la Fonfría | GR-50015-CCAY | ||
Umbría de Hellín | GR-30015-CCAY |