Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 10/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Orden de 23 de julio de 2009, por la que se procede a la avocación y a la delegación de competencias en materia de contratación.

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La disposición adicional única del Decreto 116/2008, de 29 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda todas las facultades que corresponden al órgano de contratación, de conformidad con la normativa aplicable en materia de contratos del Sector Público y demás normas que sean de aplicación, en relación a los contratos administrativos regulados en la misma derivados de la gestión de los créditos para gastos de los servicios a su cargo y cuya cuantía no exceda de 400.000 euros.

Por otro lado, el artículo 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, permite que los órganos superiores puedan avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. Asimismo, la competencia avocada puede ser, simultáneamente, delegada en otro órgano jerárquicamente dependiente.

Conforme a lo anterior, resulta conveniente, para poder convocar procedimientos de licitación conjunta, proceder a avocar la competencia para contratar suministros de energía eléctrica de alta tensión, así como las competencias para gestionar dichos gastos, desconcentradas en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla y, de forma simultánea, delegarla en las personas titulares de la Viceconsejería y de los Centros Directivos, tal y como se encuentra regulado en la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería.

En virtud de lo anterior, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Avocar las facultades para contratar suministros de energía eléctrica de alta tensión que corresponden, de conformidad con la disposición adicional única del Decreto 116/2008, de 29 de abril, a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla.

Segundo. Avocar las funciones de aprobación del gasto, su compromiso, liquidación y propuesta de pago en relación con los contratos de suministros de energía eléctrica de alta tensión desconcentradas, de acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 116/2008, de 29 de abril, en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla.

Tercero. Delegar las competencias avocadas en las personas titulares de la Viceconsejería y de los Centros directivos, en los términos de los artículos 7 y 9 de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería.

Cuarto. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Quinto. La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de julio de 2009

CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO

Consejera de Economía y Hacienda

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