Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 12/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de julio de 2009, por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro docente privado extranjero «Internacional College San Pedro», de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), autorizado conforme al sistema educativo británico, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Mariano Segovia Crespo, como representante de la entidad Colegios Laude, S.L., nuevo titular del centro docente privado extranjero «International College San Pedro», con código 29003464 y domicilio en Avda. La Coruña, 2, Urbanización Nueva Alcántara, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), solicitando el cambio de titularidad ostentada hasta ahora por la entidad Docendo, S.L.

Resultando que el citado centro tiene autorización para impartir enseñanzas del sistema educativo británico a alumnado español y extranjero, siendo plena para 650 puestos escolares de las enseñanzas de Nursery y del Year 1 al Year 11, y temporal para 100 puestos escolares, de las enseñanzas de Year 12 y Year 13, dependiendo dicha autorización de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad del referido centro, a favor de la entidad Docendo, S.L.

Resultando que la sociedad Colegios Laude, S.L., mediante acta de manifestaciones número mil ciento cincuenta y cinco, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Joaquín Corell Corell, fechada en Madrid a veintinueve de mayo de dos mil nueve, recoge que Colegios Laude, S.L. adquirió la totalidad de las participaciones sociales de la mercantil Docendo, S.L., según queda reflejado en escritura pública de fecha 30 de julio de 2007 y número de protocolo 2596/07, firmada ante el notario de Madrid don Manuel Richi Alberti, que dicha adquisición comprendía asimismo la titularidad del centro docente privado extranjero «International College San Pedro» y que Colegios Laude, S.L., como nuevo titular de dicho centro, se subroga en todos los derechos y obligaciones que correspondían a la entidad Docendo, S.L. como titular del mismo.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistos La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado extranjero «International College San Pedro» de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), que en lo sucesivo la ostentará la entidad Colegios Laude, S.L. que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al centro, cuya titularidad se le reconoce, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «International College San Pedro».

Código del centro: 29003464.

Titular: Colegios Laude, S.L.

Domicilio: Avda. La Coruña, 2, Urbanización Nueva Alcántara.

Localidad: San Pedro de Alcántara.

Municipio: Marbella.

Provincia: Málaga.

Enseñanzas que tiene autorizadas a impartir del sistema educativo británico para alumnado español y extranjero:

a) Con autorización plena para 650 puestos escolares:

Nursery y Year 1 (Educación Infantil): 6 unidades, para 150 puestos escolares.

Year 2 a Year 7 (Educación Primaria): 12 unidades, para 300 puestos escolares.

Year 8 y Year 9 (1.er y 2.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria): 4 unidades para 100 puestos escolares.

Year 10 y Year 11 (3.er y 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria): 4 unidades para 100 puestos escolares.

b) Autorización temporal para 100 puestos escolares:

Year 12 y Year 13 (Bachillerato): 4 unidades para 100 puestos escolares.

Capacidad total del centro: 750 puestos escolares.

Segundo. El centro docente privado extranjero «International College San Pedro», de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura Española.

Tercero. La enseñanza de Lengua y Literatura Española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

Asimismo, la Cultura Española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de conocimiento del entorno, de conocimiento del medio natural, social y cultural y de Ciencias Sociales, Geografía e Historia, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de julio de 2009

María del Mar Moreno Ruiz

Consejera de Educación

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