Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 27/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 21 de enero de 2009, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, por la que crea el fichero automatizado de datos de carácter personal denominado «Consultas y propuestas web de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía».

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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de Disposición General publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. El apartado segundo del indicado artículo establece los extremos que toda disposición de creación o modificación de ficheros debe indicar.

El artículo 39.2 de la citada Ley Orgánica dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros que sean de titularidad de las Administraciones Públicas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica citada y en el ejercicio de las atribuciones conferidas de conformidad con el artículo 10.2 de la Ley 6/2007, de 26 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente disposición tiene por objeto la creación del fichero automatizado de datos de carácter personal denominado «Consultas y propuestas web de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía», gestionado por la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía incluido en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En el Anexo de esta Resolución se describe el mismo, en los términos y con los extremos señalados en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2. Adopción de medidas.

El titular del órgano responsable del fichero automatizado adoptará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la referida Ley Orgánica y en las demás normas vigentes.

Artículo 3. Derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos.

Los afectados del fichero automatizado podrán ejercer su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante la Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Compentecia de Andalucía.

Disposición adicional única. Inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos.

El fichero automatizado creado en esta Resolución será notificado a la Agencia de Protección de Datos por la Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia de Protección de Datos, de una copia de la presente disposición.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 21 de enero de 2009.- La Directora-gerente, Rocío Marcos Ortiz.

ANEXO

Fichero automatizado de datos de carácter personal de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

Nombre: Consultas y propuestas web de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía:

a) Órgano responsable: Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

b) Finalidad y usos: Estudio de las consultas y propuestas enviadas por los visitantes de la página web, con posible respuesta a sus consultas por parte del órgano responsable del fichero.

c) Personas o colectivos origen de los datos: Ciudadanos y ciudadanas que acceden a la página web.

d) Procedimiento de recogida de datos: Cumplimentación por parte del interesado de un formulario web.

e) Estructura básica: Nombre y apellidos, DNI, sexo, domicilio, dirección de correo electrónico y profesión.

f) Sistema de tratamiento: Mixto.

g) Comunicaciones de datos: No están previstas.

h) Transferencias internacionales: No están previstas.

i) Servicio ante el que el afectado puede ejercer sus derechos: Secretaría General de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía.

j) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Nivel básico.

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