Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Acuerdo de 7 de enero de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el expediente instruido por el Ayuntamiento de Nerja (Málaga) para la prestación del servicio del ciclo integral de agua en régimen de monopolio.

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El Excmo. Ayuntamiento de Nerja (Málaga), en sesión plenaria celebrada el día 18 de junio de 2008, acordó la aprobación de la Memoria Justificativa sobre la conveniencia y oportunidad de prestar el servicio de gestión del ciclo integral del agua en el citado municipio, en régimen de monopolio y mediante la modalidad de gestión indirecta a través de una sociedad de economía mixta, de conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la Constitución, así como en los artículos 25.2.l) y 86.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 97 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Ayuntamiento tiene la obligación de prestar el servicio público de abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, realizándolo actualmente de forma directa por la propia Entidad Local, sin diferenciación orgánica ni presupuestaria, y participando en la gestión distintas áreas del Ayuntamiento.

Según se indica en la Memoria, la experiencia ha demostrado que esta forma de gestión se muestra insuficiente para acometer los retos de una gestión integral del ciclo completo del agua en unos tiempos en los que el recurso es escaso y en los que el ciudadano demanda mayores niveles de calidad, lo que se traduce en la necesidad de realizar fuertes inversiones en infraestructuras y de contar con personal cualificado y capaz de gestionar con eficacia, en régimen de dedicación exclusiva, optimizando los recursos; por todo lo expuesto, se considera fundamentada la actuación municipal.

Publicada la Memoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 27 de junio de 2008 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 7 de julio de 2008, por el Pleno del Ayuntamiento de Nerja, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2008, se procedió a rechazar las alegaciones presentadas y a la aprobación del expediente, acordándose también dar traslado del mismo a la Junta de Andalucía para su aprobación definitiva.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, la efectiva ejecución en régimen de monopolio de las actividades reservadas a favor de las Entidades Locales por el artículo 86.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, entre las que se encuentra el abastecimiento y depuración de aguas, requiere la aprobación del Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de enero de 2009,

ACUERDA

Aprobar el expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de Nerja (Málaga), para la prestación del servicio del ciclo integral del agua en régimen de monopolio.

Sevilla, 7 de enero de 2009

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CLARA E. AGUILERA GARCÍA

Consejera de Gobernación

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