Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 1 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 26 de septiembre de 2008, en relación con la corrección de error material de las Normas Subsidiarias del municipio de Aznalcóllar (Sevilla) (Expte.: SE-382/99).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 26 de septiembre de 2008, por la que se procede a la corrección de error material de las Normas Subsidiarias del municipio de Aznalcóllar (Sevilla)

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN

«Visto el expediente de corrección de error material de las Normas Subsidiarias del municipio de Aznalcóllar (Sevilla), instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable,

HECHOS

Primero. El expediente tiene por objeto la rectificación de un error material detectado en la redacción de las Normas Subsidiarias del municipio de Aznalcóllar, aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 15 de marzo de 2001.

El expediente de corrección de error material ha sido aprobado por el Pleno municipal de Aznalcóllar con fecha 25 de junio de 2008.

Segundo. La actuación objeto de la corrección está localizada, según se grafía en el plano de situación y emplazamiento, al oeste de la calle Carlos Cano, en la zona noroeste del casco urbano. Las Normas Subsidiarias plantean una dotación pública (ADP-1), consistente en una importante actuación de espacios libres, Parque Periurbano, con una superficie aproximada de 13,37 ha.

En el ámbito de este Parque, delimitado por la vigentes Normas Subsidiarias, se encuentran 14 parcelas que, tal como acredita el Ayuntamiento, fueron cedidas por este a vecinos de la localidad con anterioridad a la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias con el objeto de que se construyeran en las mismas sus viviendas, alegando por este motivo el Ayuntamiento la existencia de un error material, al considerar que no era la voluntad municipal, cuando se redactaron las Normas Subsidiarias, la de calificar estas 14 parcelas como áreas libres. De hecho, el Parque se ha ejecutado excluyendo de su ámbito estas parcelas.

El ámbito objeto de la corrección tiene una superficie de 2.800 m2.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Del contenido de la documentación aportada por el Ayuntamiento cabe concluir que la corrección que se incorpora a la redacción de las Normas Subsidiarias obedece a un error material cometido en la delimitación del ámbito territorial de la dotación pública (ADP-1) al incluir en el mismo las 14 parcelas cedidas por el Ayuntamiento de Aznalcóllar a vecinos de la localidad para que se construyeran en las mismas sus viviendas, con anterioridad a la aprobación de las Normar Subsidiarias del municipio.

En este contexto, es de aplicación lo establecido por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegada Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

Proceder a la corrección del error material existente en las Normas Subsidiarias del municipio de Aznalcóllar, según expediente aprobado por el Pleno municipal con fecha 25 de junio de 2008, tal como establece el artículo 105.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Sevilla, 1 de diciembre de 2008.- La Delegada, Rosario Ayala Valiente.

Descargar PDF